SEPÚLVEDA/I. MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA
Rol
C-157-2021
Fecha
20 de abril de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que, con fecha 05 de febrero de 2021, comparece doña María Cecilia Sepúlveda Sepúlveda, egresada de trabajo social, domiciliada en Pasaje Milán N°1626, Villa Nápoli, Quillota y deduce demanda en juicio ordinario de declaración de prescripción extintiva de cuotas insolutas de aseo que afectan al inmueble que constituye su domicilio civil, ubicado en Quillota, Pasaje Milán N°1626, Villa Nápoli, en contra de la I. Municipalidad de Quillota, representada por su Alcalde don Luis Mella Gajardo, médico cirujano, domiciliados en calle Maipú N°330, de Quillota, solicitando se declare la prescripción de la acción de cobro de las cuotas devengadas desde el año 2014 a la cuota N°9 del año 2015. Funda su demanda, señalando que en los registros municipales, en las nóminas de cuotas de aseo, se registra deuda por tal concepto, que afecta al inmueble referido, desde el año 2014 a la fecha. Que, los artículos 2514 y 2515 del Código Civil, permiten la extinción de los derechos y acciones, siendo, para el caso de las acciones ordinarias, el plazo de 5 años desde que la obligación se haya hecho exigible. Que, con fecha 05 de abril de 2021, contesta la demandada. Que, con fecha 19 de abril de 2021 replica la demandante. Que, con fecha 21 de abril de 2021 se citó a las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO. PRIMERO. Que, con fecha 05 de febrero de 2021, comparece doña María Cecilia Sepúlveda Sepúlveda, egresada de trabajo social, domiciliada en Pasaje Milán N°1626, Villa Nápoli, Quillota y deduce demanda en juicio ordinario de declaración de prescripción extintiva de cuotas insolutas de aseo que afectan al inmueble que constituye su domicilio civil, ubicado en Quillota, Pasaje Milán N°1626, Villa Nápoli, en contra de la I. Municipalidad de Quillota, representada por su Alcalde don Luis Mella Gajardo, médico cirujano, domiciliados en calle Maipú N°330, de Quillota, solicitando se declare la prescripción de la acción de cobro de las cuotas devengadas desde el año 2014 a la
Fallo
se declarará en definitiva. SEXTO. Que la prueba que no se analiza en lo particular, en nada influye en lo dispositivo de esta sentencia. Por las consideraciones anotadas y visto, además lo dispuesto en los artículos 1698, 2492, 2493,2513 y 2515 del Código Civil, 144, 160, 170, 342, 346 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I.-Que, se acoge la demanda deducida con fecha 05 de febrero de 2021, por doña María Cecilia Sepúlveda Sepúlveda, en contra de la Ilustre Municipalidad de Quillota, ambos ya individualizados, y se declara que se encuentra prescrita la acción de la demandada para el cobro de derechos municipales por concepto de extracción de basura que afectan inmueble ubicado en Pasaje Milán, N°1626, Villa Nápoli, Quillota, devengados desde el año 2014, a la cuota N°9 del año 2015. II.-Que no se condena en costas a la parte demandada, por haberse allanado a la demanda. Foja: 1 Dictada por Patricia Zavala Astudillo, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Quillota, veinte de Abril de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e
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Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Quillotaº CAUSA ROL : C-157-2021 CARATULADO : SEP LVEDA/I. MUNICIPALIDAD DEÚ QUILLOTA Quillota, veinte de Abril de dos mil veintiuno. Vistos: Que, con fecha 05 de febrero de 2021, comparece doña María Cecilia Sepúlveda Sepúlveda, egresada de trabajo social, domiciliada en Pasaje Milán N°1626, Villa Nápoli, Quil
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