HERNANDEZ/
Rol
V-83-2021
Fecha
20 de abril de 2021
Materia
DEFUNCIÓN,AUTORIZACIÓN INSCRIPCIÓN FUERA PLAZO LEGAL
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a 19 de abril de 2021 (folio 1) comparece doña MILENA DEL ROSARIO HERNANDEZ HENRIQUEZ, solicitando de este Tribunal la autorización para inscribir la defunción de doña ROSALÍA DELGADILLO ZURITA, acaecida el 08 de abril de 2021 en el Hospital de Iquique, por haber transcurrido el plazo previsto por el artículo 26 de la Ley Nº 4.808. SEGUNDO: Que, la solicitante acompañó a los autos: 1) copia de certificado médico de defunción y estadística de mortalidad fetal Nº 2856437; 2) copia de cédula de identidad de doña Rosalía Delgadillo Zurita. TERCERO: Que, el artículo 26 de la Ley N° 4.808, sobre Registro Civil establece que “pasados tres días después de la defunción, no se podrá proceder a la inscripción sin decreto judicial” y agrega, en su inciso segundo, que “el juez calificará los motivos que hayan impedido la inscripción, y si esta omisión se hubiere hecho con dolo o malicia, aplicará las sanciones establecidas en el Código Penal”. De la norma citada forzoso es concluir que para concederse la autorización para practicar la inscripción de defunción requerida fuera de plazo ante el Registro Civil es menester satisfacer los siguientes requisitos: 1.- Que se acredite la defunción cuya inscripción fuera de plazo se solicita. 2.- Que haya transcurrido el término de tres días desde la defunción sin haberse solicitado la inscripción respectiva ante el Servicio de Registro Civil. VJK 3.- Que se indiquen y acrediten los motivos por los cuales se omitió el requerimiento de inscripción dentro del término que franquea el artículo 26 de la Ley N° 4.808. CUARTO: Que, con los antecedentes referidos en el motivo segundo de este fallo; y, siendo un hecho público y notorio que, por la emergencia sanitaria por la que atraviesa nuestro país a causa del brote mundial del virus denominado coronavirus-2 del síndrome respiratorio agudo grave (SARS-CoV-2), ha provocado que los centros de salud hayan tenido un aumento inesperado en la carga de trabajo, el cierre preventivo de diversas oficinas públicas y centro de atención al público y la imposición de medidas sanitarias –por parte de la autoridad– que han restringido la movilización de las personas, todos los cuales son factores que naturalmente dificultan o demoran la inscripción de una defunción; por lo que corresponde tener por satisfechas las exigencias del artículo 26 citado, particularmente en lo que dice relación con los motivos de la tardanza en requerir el registro de la defunción, acogiéndose la solicitud y se ordenará, al Servicio de Registro Civil e Identificación, la inscripción respectiva, con copia de la presente sentencia y el certificado médico de defunción.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto por los artículos 26 de la Ley N° 4.808 y 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA: Que, SE ACOGE la solicitud y en consecuencia se ordena la inscripción de la defunción de doña ROSALÍA DELGADILLO ZURITA, RUN 24.078.843-8, acaecida el 8 de abril de 2021 en el Hospital de Iquique; la que practicará el Servicio de Registro Civil e Identificación, con copia del presente fallo y los originales del certificado médico de defunción. Otórguese copia del presente fallo, a costa del solicitante. Regístrese y archívese con sus antecedentes, en su oportunidad. Rol N° 83-2021 VJK Dictada por doña PATRICIA ALEJANDRA SHAND SCHOLZ, Juez Subrogante de este Primer Juzgado de Letras de Iquique. En Iquique, veinte de abril de dos mil veintiuno, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-04-20T11:53:04-0400
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PRIMER JUZGADO DE LETRAS IQUIQUE Iquique, veinte de abril de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a 19 de abril de 2021 (folio 1) comparece doña MILENA DEL ROSARIO HERNANDEZ HENRIQUEZ, solicitando de este Tribunal la autorización para inscribir la defunción de doña ROSALÍA DELGADILLO ZURITA, acaecida el 08 de abril de 2021 en el Hospital de Iquique, por haber transcurrido el pl
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