ANONIMIZADO
Rol
C-573-2023
Fecha
29 de septiembre de 2023
Materia
DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Conforme lo dispuesto en el artículo 11 y artículo 23 de la Ley N° 19.968, habiéndose apercibido al demandante a cumplir con la notificación de la contraria dentro de plazo legal, y no habiéndose cumplido, no ha lugar a lo solicitado, se hace efectivo el apercibimiento contendido en resolución de fecha 28 de julio de 2023, en consecuencia se resuelve; I.- Archívense los antecedentes por resultar inoficiosa su continuación, sin perjuicio de la facultad que le asiste a la parte demandante de interponer nuevas acciones sobre la...
Fallo
se resuelve; I.- Archívense los antecedentes por resultar inoficiosa su continuación, sin perjuicio de la facultad que le asiste a la parte demandante de interponer nuevas acciones sobre la...
Texto Completo (Preview)
//Curicó, veintiocho de septiembre de dos mil veintitrés.- Por entrado a despacho con esta fecha.- Proveyendo ingreso Sitfa de fecha 25 de septiembre de 2023: Vistos: Conforme lo dispuesto en el artículo 11 y artículo 23 de la Ley N° 19.968, habiéndose apercibido al demandante a cumplir con la notificación de la contraria dentro de plazo legal, y no habiéndose cumplido, no ha lugar a lo solicitado
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