Juzgado de Garantía de Colina

JORGE ANTONIO MEDINA SEPULVEDA C/ LUIS IGNACIO ANDRADES DONOSO

Rol

O-352-2024

Fecha

27 de junio de 2024

Materia

TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 18 de diciembre de 2023, a las 08:30 horas aproximadamente, en Centro Penitenciario Colina I, ubicado en carretera General San Martín N° 665, comuna de Colina, el interno LUIS IGNACIO ANDRADES DONOSO, fue sorprendido por funcionario de Gendarmería de Chile teniendo en su poder 1 teléfono celular marca Samsung de color tornasol, pantalla trizada, con cámara y batería incorporada, con un chip de la compañía Movistar más un chip de la compañía Wom, sin estar legal o reglamentariamente autorizado al efecto. SE DECLARA: I. Que se Absuelve a LUIS IGNACIO ANDRADES DONOSO, cédula de identidad N° 0019741395-6, ya individualizado, del requerimiento que fue presentado en su contra, que lo estimó autor de un delito consumado de TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P., supuestamente perpetrado en el territorio jurisdiccional de este Tribunal, el día 18 DE DICIEMBRE DE 2023. II. Que no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para litigar. Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Téngase presente renuncia a recursos y plazos legales realizada por los Código: ELNXXXKGEDM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl intervinientes. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por CARLOS ARTURO POBLETE GONZÁLEZ, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Colina. “La“La sentenciasentencia dictadadictada oralmenteoralmente enen audiencia,audiencia, sese encuentraencuentra íntegramenteíntegramente consignadaconsignada enen elel registroregistro dede audioaudio dede esteeste Tribunal,Tribunal, dede conformidadconformidad aa lolo dispuestodispuesto enen loslos artículosartículos 3939 yy siguientessiguientes deldel CódigoCódigo ProcesalProcesal Penal”.Penal”. Código: ELNXXXKGEDM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-28T23:11:4

Fallo

SE DECLARA: I. Que se Absuelve a LUIS IGNACIO ANDRADES DONOSO, cédula de identidad N° 0019741395-6, ya individualizado, del requerimiento que fue presentado en su contra, que lo estimó autor de un delito consumado de TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P., supuestamente perpetrado en el territorio jurisdiccional de este Tribunal, el día 18 DE DICIEMBRE DE 2023. II. Que no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para litigar. Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Téngase presente renuncia a recursos y plazos legales realizada por los Código: ELNXXXKGEDM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl intervinientes. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por CARLOS ARTURO POBLETE GONZÁLEZ, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Colina. “La“La sentenciasentencia dictadadictada oralmenteoralmente enen audiencia,audiencia, sese encuentraencuentra íntegramenteíntegramente consignadaconsignada enen elel registroregistro dede audioaudio dede esteeste Tribunal,Tribunal, dede conformidadconformidad aa lolo dispuestodispuesto enen loslos artículosartículos 3939 yy siguientessiguientes deldel CódigoCódigo ProcesalProcesal Penal”.Penal”. Código: ELNXXXKGEDM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-28T23:11:43-0400

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DICTADA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO FECHA: Colina, veintisiete de junio de dos mil veinticuatro. TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Colina MAGISTRADO: CARLOS ARTURO POBLETE GONZÁLEZ RUC: 2400007646-1 RIT: 352 - 2024 IMPUTADO: LUIS IGNACIO ANDRADES DONOSO C.I. 0019741395-6 FECHA DE NACIMIENTO 07-06-1997 NACIONALIDAD: CHILENO DIRECCIÓN Calle ATAHUALPA Nº 1753 COMUNA: Estación Central. DELI

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