Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama.

MP CALAMA C/ ANDRES FELIPE LONDOÑO MARIN

Rol

O-64-2024

Fecha

28 de junio de 2024

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y OÍDO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral de Calama, integrada por los jueces don Cristóbal Lamas Undurraga, a cargo de la Presidencia de la audiencia; doña Marilyn Neira Mendoza, en calidad de Integrante y; don Sergio Villa Romero, como Redactor, con fecha 25 de junio de 2024, se llevó a efecto juicio oral en causa RIT N° 64-2024, seguida en contra de los acusados, ANDRES FELIPE LONDOÑO MARIN, cédula de identidad N°25.830.051-3, colombiano, nacido el 22 de noviembre de 1995 en Pereira, Colombia, 28 años, casado, conductor, con domicilio en Calle Diego de Zurita N° 8064, Antofagasta y, para efecto del artículo 26 del Código Procesal Penal, en Calle Abaroa 1497, Calama; representado por el Defensor Penal Público, Hernán Díaz Verdugo, domiciliado en calle Abaroa N°1497, Calama; NAHIM JORDAS ZEPEDA GONZÁLEZ, cédula de identidad N°17.655.647-1, chileno, nacido el 19 de septiembre de 1989 en Calama, 34 años, soltero, técnico en mecánica automotriz, con domicilio en calle Cuatro N° 619, Chiu Chiu y, para efecto del artículo 26 del Código Procesal Penal, en calle Canadá N°2569, Calama; y VICENTE ANDRÉS LÓPEZ FLORES, cédula de identidad N°21.579.576-4, chileno, nacido el 23 de mayo de 2004 en Calama, 20 años, soltero, técnico en mécanica nivel medio, con domicilio en calle Cuatro N°619, Chiu-Chiu y, para efecto del artículo 26 del Código Procesal Penal, calle Canadá 2569, Código: SXHPXXNXMXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Calama, actualmente detenidos en Centro de Detención Preventiva de Calama; ambos representados por los Defensores Penales Privados Gónzalo Flores Calfullan y José Mella Cáceres respectivamente, ambos con domicilio en calle Agustinas 715, Oficina N°503, Santiago. El Ministerio Público estuvo representado por el Fiscal Cristian Aliaga Ayarza, domiciliado en Avenida Granaderos N°2426, Calama. SEGUNDO: Acusación fiscal. Que, el Ministerio Público al deducir acusación en contra del imputado, la fundó en lo siguiente: Hechos: “El 22 de septiembre de 2023, personal del equipo de control de la Sección O.S.7 el Loa, a cargo del sargento 1ro. Claudio Hidalgo Salas, se encontraba prestando servicios de control carretero “antidrogas” en la ruta Ch-25, específicamente en el kilómetro 109, sector “garita ENAEX”, apoyados por el ejemplar canino detector de drogas “EINAR”, alrededor de las 22:25 horas, efectuaron un control vehicular a una station Wagon color negro, marca Dodge, modelo Durango, año 2014, placa patente única GGBW-36, el que circulaba por la Ruta CH-25 en dirección al sur, entrevistándose en primera instancia con el conductor del vehículo el cual fue identificado como el acusado ZEPEDA GONZALEZ, solicitando documentación del vehículo, procediendo de forma paralela el Sargento 2do. Adrián Pérez Ñanco y Cabo 1ro. Luis Valenzuela Garrido a prestar cobertura a la acción del control carretero

Fallo

se acuerda la marca del vehículo, tenían dos vehículos a su disposición. No sabe lo que es ser punta de lanza, nunca pensaron en utilizar los dos vehículos para trasladar la droga. Al Tribunal le aclaró que prestó declaración en Fiscalía seis meses después de quedar detenido. Código: SXHPXXNXMXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 10 Repreguntado por su Defensa le indicó que solicitaron cuatro veces prestar declaración en Fiscalía. NAHIM JORDAS ZEPEDA GONZÁLEZ: conoce a Andrés Londoño hace 5 años, fue trabajador de él en la empresa DISAL, luego de eso los desvincularon a todos y después mantuvieron contacto frecuentemente. Luego de eso, una semana antes de que esto pasara, Andrés Logroño vino a Calama a mostrarle un camión que le habían dado a cargo, le comentó a Andrés que estaba mal económicamente, le estaba yendo mal en el taller, que tenía a su madre, que luego falleció, enferma, éste le dijo que tenía una movida con un amigo, la movida era llevar unas maletas a Santiago y que pagaban un millón por maletas, le dijo que le avisara cualquier cosa. Luego de eso él se fue, llegó Vicente López a trabajar al taller y le comentó que había una movida, que había que llevar unas maletas a Santiago y que pagaban un millón de peso por cada maleta, a lo que Vicente le dice que cualquier cosa le avise. El 22 de septiembre de 2023, Andrés Londoño lo llamó, le dijo que venía viajando a Calama que llegaría como a las dos

Texto Completo (Preview)

1 MINISTERIO PÚBLICO C/ ANDRES FELIPE LONDOÑO MARIN, NAHIM JORDAS ZEPEDA GONZÁLEZ y VICENTE ANDRÉS LÓPEZ FLORES. DELITO: TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES. RIT: 64-2024 RUC: 2301029884-9 Calama, veintiocho de junio de dos mil veinticuatro. VISTO Y OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral de Calama, integrada po

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