M. PUBLICO C/ DANIEL ANTONIO CASTILLO PEREIRA
Rol
O-2426-2023
Fecha
28 de junio de 2024
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 21 de agosto de 2023, alrededor de las 11:00 horas, el acusado DANIEL ANTONIO CASTILLO PEREIRA ingresó al domicilio de la víctima MARIO PIZARRO AHUMADA ubicado en Parcela N° 115, Sector La Chimba de la comuna de Ovalle, escalando su cierre perimetral (forzó, levantando de su base la reja del cierre perimetral) y luego sustrajo desde el sector de bodega del referido domicilio: seis (6) perfiles metálicos, instante en que es sorprendido por una testigo, por lo cual el acusado CASTILLO PEREIRA huye del lugar sin las referidas especies, siendo, finalmente, detenido por personal de Carabineros en las inmediaciones del sector. Parte resolutiva Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 números 6 y 9, 14, 15, 18, 29, 30, 67, 440 N°1, 432, 450 del Código Penal; artículos 1, 4, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se condena a don DANIEL ANTONIO CASTILLO PEREIRA, cédula nacional de identidad N° 17.362.598-7, ya individualizado, a sufrir la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, a las accesorias generales del artículo 29 del Código Penal, esto es la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su participación como autor del delito frustrado de robo lugar habitado o destinado a la habitación previsto sancionado en el artículo 440 N°1 en relación al artículo 432, ambos del Código Penal, ocurrido el día 21 de agosto de 2023 en territorio jurisdiccional de este tribunal. II.- Que reuniéndose por el encartado los requisitos del artículo 15 bis en relación al artículo 15, ambos de la Ley de 18.216, la suficiencia de pena excede los 3 años y no supera los 5 años de privación de libertad y asimismo, de acuerdo al extracto de filiación y antecedentes del acusado, este no tiene anotaciones prontuariales pretéritas, por lo tanto, también cumple con el numeral uno del del artículo 15 de la Ley
Fundamentos
considerando que aquello implica una colaboración sustancial y evitando el desgaste innecesario de la actividad jurisdiccional. Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, agréguese y archívese en su oportunidad. Dictada por don RODRIGO ANDRÉS BARRERA YÁÑEZ, Juez de Garantía(s). Código: XEXYXXCSKZL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-28T16:21:14-0400
Fallo
se declara: I.- Que se condena a don DANIEL ANTONIO CASTILLO PEREIRA, cédula nacional de identidad N° 17.362.598-7, ya individualizado, a sufrir la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, a las accesorias generales del artículo 29 del Código Penal, esto es la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su participación como autor del delito frustrado de robo lugar habitado o destinado a la habitación previsto sancionado en el artículo 440 N°1 en relación al artículo 432, ambos del Código Penal, ocurrido el día 21 de agosto de 2023 en territorio jurisdiccional de este tribunal. II.- Que reuniéndose por el encartado los requisitos del artículo 15 bis en relación al artículo 15, ambos de la Ley de 18.216, la suficiencia de pena excede los 3 años y no supera los 5 años de privación de libertad y asimismo, de acuerdo al extracto de filiación y antecedentes del acusado, este no tiene anotaciones prontuariales pretéritas, por lo tanto, también cumple con el numeral uno del del artículo 15 de la Ley de 18.216 y a través del informe psicosocial que fue referido por el señor defensor es posible establecer que también cumple con el requisito subjetivo el numeral dos del artículo 15 en cuanto a que sus antecedentes sociales y características de personalidad y la conducta anterior y posterior al hecho punible en la naturaleza, modalidades y móviles determ
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha Ovalle., veintiocho de junio de dos mil veinticuatro Tribunal Juzgado de Garantía de Ovalle Magistrado RODRIGO ANDRÉS BARRERA YÁÑEZ RUC 2300905532-2 RIT 2426-2023 Delito Robo con fuerza en las cosas en lugar habitado o destinado a la habitación Grado de ejecución frustrado Participación autor Atenuante(s) Art. 11 Nro. 6 y 9 del Código P
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