MMPP C/ CONSTANZA CATALINA HERRERA CARVAJAL
Rol
O-2435-2023
Fecha
27 de junio de 2024
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 2 de Septiembre de 2022, aproximadamente a las 21:10 horas, la víctima BLANCA FIORELLA ALLENDES VILLARROEL se encontraba en la vía pública, en la intersección de Calle Huici con Calle Josefina de la comuna de La Calera, lugar en que fue interceptada por la acusada CONSTANZA CATALIA HERRERA CARVAJAL, junto a otra persona no individualizada, quienes a efectos de sustraer las especies portadas por la víctima, la intimidan señalándole “Eres una cochina culiada, soy una bastarda, te vamos a pegar, entrega las huevadas que andai trayendo”, para luego comenzar a agredir a la víctima con golpes de puños y pies, registrando a la víctima y sustrayendo a ésta desde su cuello una cadena de fantasía, 02 aros de fantasía y además desde el bolsillo posterior de su pantalón su teléfono celular marca “Xiaomi” color negro, especies avaluadas en la suma de $125.000, para luego huir del lugar con las especies sustraídas en su poder, siendo la víctima auxiliada por un testigo de los hechos. La víctima BLANCA FIORELLA ALLENDES VILLARROEL a consecuencia de la agresión resultó con lesiones de mediana gravedad, consistentes en “hematoma frontal, aumento de volumen cigomático bilateral y pequeña herida frontotemporal izquierda”. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 7, 11 nº 9, 15 N° 1, 18, 21, 22, 24, 25, 26, 30, 31, 32, 47, 49, 50, 56, 57, 62, 68, 432, 436 inciso I, 439, 449 bis del Código Código: JWVXXXWQYHM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Penal; y artículos 47, 297, 340, 348, y 406 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 19.970, se declara: I.- Se condena a CONSTANZA CATALINA HERRERA CARVAJAL, Cédula Identidad 20.321.268-2, ya individualizada, a sufrir la pena
Fallo
se declara: I.- Se condena a CONSTANZA CATALINA HERRERA CARVAJAL, Cédula Identidad 20.321.268-2, ya individualizada, a sufrir la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo; accesoria legal suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, accesoria legal de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, toma de huella genética, todo ello por su responsabilidad como autora del delito consumado de robo con violencia e intimidación, previsto y sancionado en los artículos 432, 436 inciso I, 439, todos del Código Penal, cometido con fecha 02 de septiembre de 2022, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que la pena impuesta deberá ser cumplida de manera efectiva, sirviendo de abono el periodo que ha estado con la medida cautelar de prisión preventiva de forma ininterrumpida decretada desde el 30 de octubre de 2023 hasta esta fecha. III.- No encontrándose determinada la huella genética de la sentenciada durante el período de investigación y habiéndose sancionado a éste por un delito de aquellos contemplados en el catálogo del artículo 17 de la ley N° 19.970, una vez firme el fallo tómense muestras biológicas del sentenciado, determínese la huella genética de éste e inclúyase la misma en el Registro de Condenados. Firme el fallo ofíciese al Servicio Médico Legal más cercano al domicilio del imputado para el cumplimiento de lo r
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO La Calera, veintisiete de junio de dos mil veinticuatro Hechos: El día 2 de Septiembre de 2022, aproximadamente a las 21:10 horas, la víctima BLANCA FIORELLA ALLENDES VILLARROEL se encontraba en la vía pública, en la intersección de Calle Huici con Calle Josefina de la comuna de La Calera, lugar en que fue interceptada por la acusada CONSTANZA CATALIA HERRERA C
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