C/ MIGUEL ANGEL RUBIO ARCE
Rol
O-8182-2020
Fecha
26 de junio de 2024
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que ante este Juzgado de Garantía se llevó a efecto juicio en contra de DANIEL ESTEBAN RÍOS ZAMORANO, 36 años de edad, C.I. N° 16788449-0, domiciliado en Pasaje APOLO Nº 7094, comuna de Renca. El Ministerio Público estuvo representado por el fiscal don Augusto Sobarzo- Legido. La defensa del requerido estuvo a cargos de la defensora doña Gloria Gallardo, de la Defensoría Penal Pública.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Requerimiento: Que el Ministerio Público fundó su requerimiento en los siguientes términos: Hechos: “El día 16 de octubre de 2020, a las 03:20 horas de la madrugada aproximadamente, en la vía pública, específicamente en calle Manuel Montt con Eduardo de La Barra, comuna de Providencia, los requeridos MIGUEL ANGEL RUBIO ARCE y DANIEL ESTAEBAN RIOS ZAMORANO, fueron sorprendidos por Carabineros teniendo en su poder el primero; diversos espejos retrovisores laterales de vehículos, dos de los cuales mantenían grabada la placa patente HFTV.61-, los que momentos antes habían sido desprendidos y sustraídos mediante fuerza del vehículo marca Toyota modelo Yaris, año 2015, misma placa patente, propiedad de Alejandra Cares Brevis, cuya mera tenencia la mantenía su ex pareja Manuel Palma López, el que lo había dejado estacionado en la vía pública, calle Emilio del Porte altura del 1200 -distante aproximadamente doscientos metros del lugar de detención- , especie avaluadas en 60 mil pesos. En tanto al segundo requerido, también mantenía en su poder diversos espejos retrovisores laterales de vehículos, uno de los cuales mantenía grabada la placa patente JCTH.80, el que momentos antes había sido desprendido y sustraído mediante fuerza del vehículo marca Renault modelo Symbol, año 2016, misma placa patente, propiedad de Marian Uzcategui Ruíz, el que mantenía estacionado en la vía pública, calle Los Capitanes altura del 1400 -distante aproximadamente 100 doscientos metros del lugar de detención-, siendo avaluado en 80 mil pesos. Conociendo o no pudiendo menos que conocer los requeridos el origen ilícito de las especies”. Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público, los hechos descritos son constitutivos del delito de receptación de especies, previsto y sancionados en el artículo 456 bis A, del Código Penal. Circunstancias Modificatorias de Responsabilidad Penal: De acuerdo al Ministerio Público respecto del requerido no concurren circunstancias modificatorias. Pena Solicitada: El Ministerio Público solicitó para el imputado la pena de 540 días de presidio, accesorias y multa de 5 unidades tributarias mensuales. Alegaciones: Sin embargo, en la audiencia del juicio la Fiscalía solicitó que, en definitiva, se resuelva conforme a derecho ante la falta de prueba para sustentar su pretensión punitiva. SEGUNDO: Alegaciones de la Defensa. Que, en la audiencia de rigor la defensa del requerido solicitó la absolución de su representado sosteniendo que no se probaron los hechos del requerimiento ni la participación del imputado, toda vez que no se rindió prueba por parte del Ministerio Público. TERCERO: Prueba y valoración. Que, atendido el principio de inocencia establecido en la ley, ha correspondido al Ministerio Público la carga procesal de aportar medios probatorios para justificar su hipótesis acusatoria, y al tribunal analizarla y valorarla, conforme a los principios de la lógica, a las máximas de la experiencia y a los conocim
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1 del Código Penal; 45, 48, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 388, 389, 390, 391 y 396 del Código Procesal Penal, se declara que: I.- Se absuelve a DANIEL ESTEBAN RÍOS ZAMORANO, ya individualizado, del cargo que se le formuló en el requerimiento, de ser autor de un delito de receptación. II.- Se exime al Ministerio Público del pago de las costas de la causa, al estimarse que litigó con motivo plausible. Los intervinientes renuncian al plazo para interponer recursos, quedando ejecutoriada la sentencia. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y notifíquese. RUC N° 2001055886-8. RIT N° 8182 - 2020. Resolvió don DANIEL EDUARDO ARAVENA PÉREZ, Juez de Garantía de Santiago. Código: XTYTXXKXXHL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-27T15:20:31-0400
Texto Completo (Preview)
8° Juzgado de Garantía de Santiago Causa Rit N°8182 - 2020. Santiago, veintiséis de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que ante este Juzgado de Garantía se llevó a efecto juicio en contra de DANIEL ESTEBAN RÍOS ZAMORANO, 36 años de edad, C.I. N° 16788449-0, domiciliado en Pasaje APOLO Nº 7094, comuna de Renca. El Ministerio Público estuvo representado por el fiscal don Augusto Sobarzo- Legid
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica