C/ JHON FREDDY RIASCOS SINISTERRA
Rol
O-12254-2023
Fecha
26 de junio de 2024
Materia
POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS El 20 de octubre de 2023 a la 1:30 de la madrugada en Andes con Martínez de Rosa Santiago el imputado portaba y transportaba una pistola color negro con munición en su interior, el imputado mantenía 11 municiones sin percutar cuando el imputado fue detenido por Carabinero sacó la pistola desde su cinto y apuntó al personal policial, el imputado mantenía 12 municiones en el cargador y una munición en la recámara. El arma Incautada es marca Taurus modelo de 24 /7 hecho en Brasil 9 mm serieTBV70501 DE FFAA Bolivia con dos cargadores apta para el disparo. Se incautaron dos municiones CBC , 15 municiones Luger, cinco municiones marca águila, una munición marca FLB SP ; un total de 24 municiones. SE DECLARA: I.- Que se condena a JHON FREDDY RIASCOS SINISTERRA, ya individualizado, a sufrir la PENA UNICA de 5 AÑOS DE PRESIDO MENOR EN SU GRADO MAXIMO y accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos Código: FXRXXWRYXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR de un delito de PORTE ILEGAL DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 9 en relación al artículo 2 letra b de la ley de armas y como AUTOR de un delito de PORTE ILEGAL DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 9 en relación al artículo 2 letra C de la ley de armas, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el día 20 de octubre del 2023, que se encuentran en grado de ejecución de CONSUMADOS. II.- Que, respecto de la pena corporal impuesta, atendido a que el imputado reúne los requisitos del artículo 34 de la ley 18.216 y en atención a la dañosidad del ilícito, se decreta la expulsión del imputado del territorio nacional, no pudiendo retornar en un plazo de diez años. Se deberá materializar su expulsión en un plazo de 120 días. III.- Que, se decreta el comiso de las especies incauta
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a JHON FREDDY RIASCOS SINISTERRA, ya individualizado, a sufrir la PENA UNICA de 5 AÑOS DE PRESIDO MENOR EN SU GRADO MAXIMO y accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos Código: FXRXXWRYXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR de un delito de PORTE ILEGAL DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 9 en relación al artículo 2 letra b de la ley de armas y como AUTOR de un delito de PORTE ILEGAL DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 9 en relación al artículo 2 letra C de la ley de armas, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el día 20 de octubre del 2023, que se encuentran en grado de ejecución de CONSUMADOS. II.- Que, respecto de la pena corporal impuesta, atendido a que el imputado reúne los requisitos del artículo 34 de la ley 18.216 y en atención a la dañosidad del ilícito, se decreta la expulsión del imputado del territorio nacional, no pudiendo retornar en un plazo de diez años. Se deberá materializar su expulsión en un plazo de 120 días. III.- Que, se decreta el comiso de las especies incautadas. IV.- Que, se ordena la determinación de la huella genética del imputado. V.-Que se exime al sentenciado del pago de las costas por haber aceptado responsabilidad y haber evitado un juicio oral. VI.-Un
Texto Completo (Preview)
PROCEDIMIENTO Abreviado. FECHA: Santiago., veintiséis de junio del dos mil veinticuatro TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: DANIEL DAVID URRUTIA LAUBREAUX RUC: 2301139266-0 RIT: 12254 - 2023 IMPUTADO: JHON FREDDY RIASCOS SINISTERRA C.I. 0026554589-0 DELITO PORTE ILEGAL DE ARMA DE FUEGO ARTICULO 9 en relación al art 2 letra b de la ley de armas. DELITO PORTE ILEGAL DE MU
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