C/ JOSÉ LUIS VERGARA PAVEZ
Rol
O-5947-2023
Fecha
24 de junio de 2024
Materia
ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: EL día 30 de octubre del año 2023, siendo aproximadamente las 16:30 horas, la víctima GONZALO ANDRÉS CISTERNAS ARANEDA se encontraba a bordo de su vehículo marca Peugeot, modelo Parner, blanco, año 2015, HCZY.36, detenido en la intersección de Av. Vicuña Mackenna oriente con Departamental, comuna de La Florida, momentos en que llega el imputado JOSÉ LUIS VERGARA PAVÉZ, sorpresivamente introduce su cuerpo y le sustrae su teléfono marca Oppo, modelo Reno 8, color negro, que mantenía en el tablero del vehículo, para luego salir corriendo con la especie en su poder, apropiándose de esta con ánimo de lucro y en contra de la voluntad de su dueño, siendo detenido con posterioridad con la especie en su poder. SEGUNDO: Que el requerido, conforme al procedimiento establecido en el artículo 395 del Código Procesal Penal, ha admitido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento. TERCERO: Que favorece al enjuiciado la atenuante de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos y no le perjudican agravantes de responsabilidad. Y, teniendo presente lo dispuesto en los artículos 6, 36, 45, 47 inciso 3º, 97, 340, 341, 342, 346 388, 389, 393 y 395 inciso 2º, del Código Procesal Penal y artículos 1, 7, 11 Nº 9, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 30, 51, 68 inciso 3º, 69, 432, 436 y 450 del Código Penal; y artículo 8 de la ley 18.216, SE DECLARA: I. Que, se CONDENA a don JOSÉ LUIS VERGARA PAVEZ, ya individualizado, a la pena de OCHOCIENTOS DOS DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, y a la accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor de un delito de ROBO POR SORPRESA, en grado de consumado, perpetrado en esta jurisdicción el día 30 de octubre de 2023. II. Reuniendo el sentenciado los requisitos legales, se sustituye la pena por la reclusión domiciliaria parcial nocturna, esto es, desde las 22:00 y las 6:00 hrs., por el tiempo de la condena, debiendo computarse una noche por cada día de privación de libertad, debiendo
Fallo
SE DECLARA: I. Que, se CONDENA a don JOSÉ LUIS VERGARA PAVEZ, ya individualizado, a la pena de OCHOCIENTOS DOS DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, y a la accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor de un delito de ROBO POR SORPRESA, en grado de consumado, perpetrado en esta jurisdicción el día 30 de octubre de 2023. II. Reuniendo el sentenciado los requisitos legales, se sustituye la pena por la reclusión domiciliaria parcial nocturna, esto es, desde las 22:00 y las 6:00 hrs., por el tiempo de la condena, debiendo computarse una noche por cada día de privación de libertad, debiendo abonarse el tiempo que permaneció privado de libertad por esta causa desde el 30 de octubre de 2023 hasta 23 de mayo de 2024. La pena privativa de libertad queda suspendida hasta que recupere su libertad. Dentro de 5 días de obtenida la libertad debe comparece al tribunal para dar inicio de pena sustitutiva impuesta. III. Que se le exime de las costas del procedimiento atendida su admisión de responsabilidad. Ejecutoriada que sea esta resolución, dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, debiendo remitirse los oficios respectivos. RUC : 2301176860-1 RIT : 5947-2023 Código: SJPBXXXJXGL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por PATRICIO SOUZA BEJARES. Juez del 14° Juzgado de Garantía de Santiago. Código: SJPBXXXJXGL Este documen
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Santiago, a veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro. PRIMERO: Que el Ministerio Público dedujo requerimiento en procedimiento simplificado en contra de JOSÉ LUIS VERGARA PAVEZ, cédula nacional de identidad N°. 15.446.707-6, domiciliado en Calle Puqueldon 01182, Depto. Nº 32, Puente Alto, por los siguientes hechos: EL día 30 de octubre del año 2023, siendo aproximadamente las 16:30 horas, l
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