Juzgado de Garantía de Victoria.

CARABINEROS DE VICTORIA C/ JAIRO ABEL MELIÑÁN COLICHEO

Rol

O-1617-2023

Fecha

25 de junio de 2024

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el Ministerio Público, ha formulado requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don JAIRO ABEL MELIÑAN COLICHEO, Cédula Nacional de Identidad N° 17.153.912-9, ignoro profesión u oficio, domiciliado en sector Comunidad Pailahueque S/N de la comuna de Victoria, fonos de contacto 971301846 y 983598112, en su calidad de autor del ilícito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 110 inciso segundo en relación 196 de la Ley de Tránsito Nº 18.290, en grado de desarrollo consumado, fundado en los siguientes hechos: “El día 30 de diciembre del año 2023, a las 14:30 horas aproximadamente, en el marco de un patrullaje preventivo efectuado por el personal de Carabineros en la intersección de las calles Saavedra con Arturo Prat de la comuna de Victoria, sorprendieron transitando por el lugar a un auto marca Nissan, modelo Versa, color blanco, Placa Patente Única HLSY-13, el que era conducido por el requerido JAIRO ABEL MELIÑAN COLICHEO, siendo fiscalizado por personal policial, quienes constataron que lo hacía en estado de ebriedad, dado su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado e incoherencia al hablar. Cabe señalar que el imputado al realizar el examen Intoxilyzer arrojó un resultado de 1.94 gramos por mil de alcohol en la sangre. En tanto, la alcoholemia que le fue practicada arrojó un resultado de 2.26 gramos por mil de alcohol en la sangre.” Los antecedentes que fundamentan el requerimiento son: 1.- Parte Detenidos Nº 1926, evacuado por la 4ta Comisaría de Carabineros de Victoria, con fecha 30/12/2023, que da cuenta del hecho y contiene en sus anexos: a) Declaración de personal aprehensor GONZALO LARENAS ARIAS. b) Declaración de personal aprehensor EDUARDO FICA SEPÚLVEDA. c) Declaración de personal aprehensor ARIEL CANDIA GUTIERREZ. d) Hoja atención de urgencia y certificado de lesiones N° 618150 del requerido emitido por el Hospital San José de Victoria

Fundamentos

considerando lo establecido en el artículo 196 inciso primero de la ley 18.290, será otorgada por el término de dos años según se dirá, todo con exención de costas estimando que la aceptación del procedimiento evitó la realización del correspondiente juicio oral.

Fallo

Por estas consideraciones, y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 14, 15 N° 1, 18, 21, 24, 25, 30, 49, 50, 67, 68, 69, 70 todos del Código Penal; 45, 46, 47, 297, 342, 346, 348, 388, 393, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, ley 18.290 de Tránsito en sus artículos pertinentes, ley 18.216, se declara: I.- Que, se condena a don JAIRO ABEL MELIÑAN COLICHEO, ya individualizado a sufrir la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a un tercio de unidad tributaria mensual, suspensión de la licencia de conducir vehículos Código: QKXLXXBXKEL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 motorizados por el término de dos años y accesorias de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena como autor, en grado de consumado, del ilícito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad por los hechos acaecidos el día treinta de diciembre del año dos mil veintitrés en la comuna de Victoria. II.- Que, cumpliéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4° de la ley 18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la de remisión condicional quedando sujeto al control administrativo del Centro de Cumplimiento Penitenciario o Centro de Reinserción Social más cercano a su domicilio por el término de un año debiendo además cumplir con las exigencias del artículo 5 de la men

Texto Completo (Preview)

1 Victoria, veinticinco de junio del año dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el Ministerio Público, ha formulado requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don JAIRO ABEL MELIÑAN COLICHEO, Cédula Nacional de Identidad N° 17.153.912-9, ignoro profesión u oficio, domiciliado en sector Comunidad Pailahueque S/N de la comuna de Victoria, fonos de contacto 9713

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