JUAN IGNACIO RIVAS CORNEJO C/ RACHEL ALEJANDRA FUENTES MORALES
Rol
O-177-2021
Fecha
26 de junio de 2024
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS RECONOCIDOS Con fecha 15 de mayo del año 2020, aproximadamente a las 13:30 horas, en circunstancias que la víctima Samanta Negrón Del Rio, se encontraba en su lugar de trabajo, ubicado en Av. Príncipe de Gales N° 6853 comuna de La Reina, lugar hasta donde llego el imputado JOSE ALBERTO VEAS DIAZ, quien sustrajo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño 12 tizas Soft avaluadas en la suma de $120.000, para luego salir del local, siendo seguido por la victima Negrón Del Rio, instante en que la imputada Rachel Fuentes Morales, aprovecha para sustraer con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, el celular marca Huawei color azul, que la víctima, portaba en un bolsillo de su pantalón, para luego darse a la fuga con la especie en su poder. El celular fue avaluado en la suma de $180.000. Santiago, veintiséis de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDO Y TENIENDO PRESENTE: En virtud de lo dispuesto en los artículos 1º, 3º, 7°, 11 n°6 y 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 25, 30, 67, 69, 70, 79 y 446 n°3 del Código Penal; artículos 1, 2, 4, 47, 297, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal y artículos 1,3 y siguientes y 38 de la Ley 18.216, se declara: I.- Que, se condena a JOSÉ ALBERTO VEAS DÍAZ, chileno, cédula de identidad número 19.173.983-3, domiciliado en Alta Marea n°1918, comuna de La Código: NDGFXXXZPTK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Florida, a la pena de CUARENTA Y UN (41) DÍAS de prisión en su grado máximo, multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL (1/3 UTM) y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, si alguno desempeñare, como autor del delito consumado de hurto simple, tipificado y sancionado en el artículo 446 n°3 del Código Penal, perpetrado el día 15 de mayo de 2020 en la comuna de La Reina. II.- Que, por reunirse los requisitos previstos en el artículo 4° de la Ley N°18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena privat
Fallo
se declara: I.- Que, se condena a JOSÉ ALBERTO VEAS DÍAZ, chileno, cédula de identidad número 19.173.983-3, domiciliado en Alta Marea n°1918, comuna de La Código: NDGFXXXZPTK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Florida, a la pena de CUARENTA Y UN (41) DÍAS de prisión en su grado máximo, multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL (1/3 UTM) y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, si alguno desempeñare, como autor del delito consumado de hurto simple, tipificado y sancionado en el artículo 446 n°3 del Código Penal, perpetrado el día 15 de mayo de 2020 en la comuna de La Reina. II.- Que, por reunirse los requisitos previstos en el artículo 4° de la Ley N°18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad por la de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo el sentenciado quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile Santiago Oriente, ubicado en Américo Vespucio n°645, comuna de Ñuñoa, por el período de UN AÑO. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad o, en su caso, se la reemplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas. En estos casos, se someterá al condenado al cumplimiento del saldo de la pena inicial, abonándose a s
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1 CUARTO JUZGADO DE GARANTÍA SANTIAGO RESUMEN RUC : RUC 2000497983-5 RIT : 177-2021 MATERIA : HURTO SIMPLE 446 N°3 IMPUTADO : JOSÉ ALBERTO VEAS DÍAZ DEFENSOR PÚBLICO : FRANCISCO BRAVO FISCAL : MONTSERRAT CARRILLO RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO ATENUANTES : ARTÍCULO 11 N°6 y n °9 AGRAVANTES : NO SE INVOCAN HECHOS RECONOCIDOS Con fecha 15 de mayo del año 2020, aproxim
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