Juzgado de Garantía de Antofagasta.

MPA C/ ANDRES ANTONIO HENAO VARGAS

Rol

O-11160-2023

Fecha

21 de junio de 2024

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., DAÑOS SIMPLES., LESIONES GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: Hecho 1 El día 26 de noviembre de 2023, a las 02:00 horas aproximadamente, la victima R.S.R.V. se dirigía a su domicilio en el Campamento Caleta de La Chimba, de esta comuna, cuando es interceptado por un grupo de personas que lo agreden, entre ellos el imputado ANDRES ANTONIO HENAO VARGAS, ya individualizado, quien, con un machete en mano, lo ataca, poniendo la victima su mano en el rostro para defenderse, cortándole el imputado los dedos, índice y del medio de mano derecha. A raíz Código: CVXYXXXXXVK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de este hecho, la víctima resultó con lesiones contusas faciales, herida cortante en el dorso de la F1 del segundo y tercer dedo de la mano derecha, con compromiso extensor, con fractura expuesta transversa de F1 del segundo y tercer dedo de la mano derecha, de carácter médico legal grave según informe de lesiones N° ANT-LS-2024-00001. Hecho 2 A primeras horas del día 12 de diciembre de 2023, el imputado ANDRES ANTONIO HENAO VARGAS, ya individualizado, llegó hasta el domicilio ubicado en el Campamento los Pimpineles o también conocido como Campamento de Caleta la Chimba, N° 33, casa 13 de Antofagasta, donde habita la víctima S.D.C.M.P., donde procedió a romper una cámara de vigilancia y sacar su memoria, causando daños por la suma de $ 62.000, para luego, a eso de las 20:45 horas, proceder el mismo imputado a enviarle a la víctima un audio amenazándola seriamente y de forma verosímil, en términos de que “si entragai la información, vai a ser la segunda con el machetazo”, ello en referencia a los hechos relatados en el N° 1 precedente. Hecho 3. El día 14 de diciembre de 2024, aproximadamente a las 17:00 horas, en calle Benito Ocampo esquina Oficina Anita, de esta ciudad, la victima R.S.R.V. fue interceptado por el imputado ANDRES ANTONIO HENAO VARGAS, ya individualizado, quien sin motivo o causa justificada, luego de insultarlo, procede a amenazarlo de forma

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO. Individualización. Que ante este Juzgado de Garantía se ha tramitado la causa RIT 11.160-2023, RUC N° 2301376011-K, de conformidad a las normas del procedimiento abreviado, en virtud de lo dispuesto en los artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, habiéndose formalizado la investigación y luego acusado a Andrés Antonio Henao Vargas, cédula nacional de identidad N° 28.311.321-3, colombiano, con domicilio en caleta La Chimba S/N, Antofagasta y para efectos del artículo 26 del Código Procesal penal en Balmaceda 3536, tercer piso, de Antofagasta; representado por el defensor penal público Stephen Kendall Craig; atribuyendo participación como autor de los delitos consumados de lesiones graves, previsto y sancionado en el artículo 397 N° 2 del Código Penal, un delito consumado de daños simples, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código penal y dos delitos de amenazas simples, previsto y sancionado en los artículos 296 N° 3 del Código Penal; ofertando la fiscal para el procedimiento abreviado la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio por el delito de lesiones graves; dos penas de 61 días de presidio menor en su grado mínimo por los delitos de amenazas y la pena de multa de 2 UTM por el delito de daños simples. La oferta de pena se ajustó a derecho al no concurrir modificatorias de responsabilidad penal y encontrase en el mínimo legal para cada delito. SEGUNDO. Acusación. Que la acusación presentada en contra del imputado se refirió a los siguientes hechos: Hecho 1 El día 26 de noviembre de 2023, a las 02:00 horas aproximadamente, la victima R.S.R.V. se dirigía a su domicilio en el Campamento Caleta de La Chimba, de esta comuna, cuando es interceptado por un grupo de personas que lo agreden, entre ellos el imputado ANDRES ANTONIO HENAO VARGAS, ya individualizado, quien, con un machete en mano, lo ataca, poniendo la victima su mano en el rostro para defenderse, cortándole el imputado los dedos, índice y del medio de mano derecha. A raíz Código: CVXYXXXXXVK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de este hecho, la víctima resultó con lesiones contusas faciales, herida cortante en el dorso de la F1 del segundo y tercer dedo de la mano derecha, con compromiso extensor, con fractura expuesta transversa de F1 del segundo y tercer dedo de la mano derecha, de carácter médico legal grave según informe de lesiones N° ANT-LS-2024-00001. Hecho 2 A primeras horas del día 12 de diciembre de 2023, el imputado ANDRES ANTONIO HENAO VARGAS, ya individualizado, llegó hasta el domicilio ubicado en el Campamento los Pimpineles o también conocido como Campamento de Caleta la Chimba, N° 33, casa 13 de Antofagasta, donde habita la víctima S.D.C.M.P., donde procedió a romper una cámara de vigilancia y sacar su memoria, causando daños por la suma de $ 62.000, para luego, a eso de las 20:45 horas, proceder el mismo imputado a enviarle a la víctima un audio am

Fallo

Se declara: I.- Que se condena a Andrés Antonio Henao Vargas, cédula nacional de identidad N° 28.311.321-3, a sufrir la pena de quinientos cuarenta y un (541) días de presidio menor en su grado medio, más la accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de lesiones graves, previsto y sancionado en el artículo 397 N° 2 del Código Penal, por hechos cometidos con fecha 26 de noviembre de 2023, en el territorio jurisdiccional de este tribunal. II.- Que se condena a Andrés Antonio Henao Vargas, cédula nacional de identidad N° 28.311.321-3, a sufrir dos (2) penas de sesenta y un (61) días de presidio menor en su grado mínimo, más la accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor de dos delitos consumado de amenazas no condicionales, previsto y sancionado en el artículo 296 N° 3 del Código Penal, por hechos cometidos con fecha 12 y 14 de diciembre de 2023, en el territorio jurisdiccional de este tribunal. III.- Que se condena a Andrés Antonio Henao Vargas, cédula nacional de identidad N° 28.311.321-3, a sufrir la pena de multa de dos (2) unidades tributarias mensuales, como autor del delito consumado de daños simples, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, por hechos cometidos con fecha 12 de diciembre de 2023, en el territorio jurisdiccional de este tribunal. IV.- Que no reuniendo el sentenciado los requisitos de la Ley N°18.216, el cumpli

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Individualización de Audiencia de lectura de sentencia.. Fecha Antofagasta., veintiuno de junio de dos mil veinticuatro Magistrado HANS ELADIO DURAN VASQUEZ Fiscal CARMEN CASTILLO RIVERA Defensor SERGIO BALCAZAR ARIAS Hora inicio 12:20PM Hora termino 12:25PM Sala SEGUNDA SALA Tribunal Juzgado de Garantía de Antofagasta. Acta LD RUC 2301376011-K RIT 11160 - 2023 COMPARECE PRESO NOMBRE IMPUTADO RUT

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