Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca.

INSTITUTO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS C/ JAIME GONZALO MANSILLA HILLMANN

Rol

O-132-2022

Fecha

26 de junio de 2024

Materia

APREMIOS ILEGÍTIMOS COMETIDOS POR EMPLEADOS PÚBLICOS.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Que entre los días 17 a 21 de junio del año en curso, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa, RIT N° 132-2022 de este Tribunal, para conocer la acusación deducida en contra de JAIME GONZALO MANSILLA HILLMANN, 45 años de edad, casado, nacido en Llaitén, el 6 de enero de 1979, Mayor de Carabineros en retiro, cédula de identidad 13.594.549-8, domiciliado en 21 Norte B N° 3966, Valles del Country, Talca.- La acción penal fue sostenida por el Ministerio Público, representado por el Fiscal don Héctor de la Fuente Bastías, con domicilio en calle 4 Norte N° 703, de esta ciudad. La parte Querellante del INDH, estuvo representado por las abogadas, doña Paz Díaz Baeza y doña Ángela Hernández Ramírez, ambas domiciliadas en 6 Norte 952, Talca.- La defensa del acusado fue asumida por la el Defensor Penal Pública, abogado, don Joaquín García Reveco, domiciliado en 1 Norte 931, sexto piso oficina 606, Talca.-

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la imputación efectuada por el Ministerio Público en contra del acusado, según el auto de apertura, es del tenor siguiente: HECHOS: “El día 25 de Octubre del año 2019, siendo alrededor de las 20:30 horas, a la altura de la intersección de las calles 1 Oriente con 1 Norte esquina norponiente de la Plaza de Armas de esta ciudad y a un costado de la Ilustre Municipalidad de Talca, G.B.L.S. a la fecha de los hechos adolescente de 17 años de edad participaba en las manifestaciones sociales que comenzaban a desarrollarse a partir del 18 de Octubre del mencionado año. En el señalado contexto, diversos funcionarios de Carabineros concurrieron hasta dicho lugar, provistos estos de bombas lacrimógenas y armamento no letal, especialmente escopeta antidisturbios, ante el desarrollo de desórdenes con resultado de daños y utilización de terceros de elementos contundentes en la vía pública. A la hora señalada el imputado Mayor de Carabineros Jaime Mancilla Hillman provisto de una escopeta antidisturbios calibre 12 calificada como no letal, abusando de sus funciones, toda vez que el adolescente G.B.L.S. no mantenía elementos contundentes en sus manos ni tampoco ejecutó conductas que le atribuyeran participación activa ni Código: DYPTXXTMXQK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 pusieran en peligro la vida ni la integridad física del imputado ni de terceros y encontrándose a una distancia máxima de 15,49 metros, aplicó conductas constitutivas de apremio ilegítimo respecto del menor de edad al dispararle directamente a sus piernas, resultando el adolescente con un total de 10 impactos de perdigones, localizándose dos en el muslo izquierdo, uno en la pierna abajo en el lado izquierdo, cuatro impactos en el muslo derecho, uno en la parte inferior de la misma pierna, sufriendo lesiones de carácter menos graves con un tiempo de duración de 21 días aproximadamente con igual tiempo de incapacidad, sin perjuicio de posibles complicaciones o cirugías posteriores por la presencia de cuerpo extraño o serios daños derivados de la presencia en su estructura anatómica de tres cuerpos extraños alojados en las partes blandas a profundidad mayor que la piel, constituyéndose todo esto por los llamados perdigones que a la fecha no habían sido aún extraídos”. Al parecer del Ministerio Público, los hechos descritos constituyen el delito de apremios ilegítimos, previsto y sancionado en el artículo 150 letra D inciso segundo del Código Penal y al acusado, JAIME GONZALO MANSILLA HILLMANN le corresponde la calidad de autor del delito mencionado, encontrándose éste en grado consumado. A juicio del persecutor penal, al acusado JAIME GONZALO MANSILLA HILLMANN, le favorece la atenuante de la responsabilidad penal contemplada en el artículo 11 N°6 del Código Penal y no concurren otras modificatorias de responsabilidad penal.- Por tales consideraciones, el Ministerio Público solicita se condene a J

Fallo

se acuerda si alguien tiró piedras o palos contra carabineros.- Los carabineros estaban en fila, uno al lado de otro, con escudos, atrás, había un carro blanco de carabineros y atrás habían más patrullas o vehículos de carabineros.- Solo vio que portaban escudos y no se percató que portaran algo más.- Aparte de los perdigones, se sentía mal por las bombas lacrimógenas. Los perdigones los disparó un carabinero.- Recuerda haber visto a más de un carabinero de los que estaban más atrás de los que estaban con escudo, con una especie de escopeta, a una distancia de unos seis metros más atrás de los funcionarios que estaban con escudo.- Estos estaban en dirección a la Alameda por el lado de la Municipalidad, estaba tomada esa calle, pero no recuerda con exactitud si estaban en la calle o en la vereda.- Estuvo como hasta las 8 de la noche, o sea hasta cuando le dispararon y después se fue al hospital.- Instantes antes que le dispararan, estaba a la misma distancia; después que los Carabineros lanzan gas pimienta, empiezan a avanzar y lanzan lacrimógenas.- El lanzamiento de las lacrimógenas es primero y después ellos retroceden.- Él tenía su skate, el que no utilizó en contra de carabineros, tampoco los tocó por casualidad.- Antes que él, habían personas que participaron en un juego, patinaban delante de carabineros.- Ninguno de sus amigos o del grupo lanzó algo a Carabineros.- Se le exhibe el video del N° 9, en el cual se reconoce, mostrando dónde él estaba; en el segundo 14 del mis

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1 Talca, veintiséis de junio de dos mil veinticuatro. Visto: Que entre los días 17 a 21 de junio del año en curso, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa, RIT N° 132-2022 de este Tribunal, para conocer la acusación deducida en contra de JAIME GONZALO MANSILLA HILLMANN, 45 años de edad, casado, nacido en Llaitén, el 6 de enero de 1979, Mayor de Carabineros en retiro, cédula de i

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