Juzgado de Garantía de Copiapo.

MP C/ CRISTÓBAL ALEXIS NOVOA RIQUELME

Rol

O-3828-2024

Fecha

25 de junio de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 24 de junio de 2024 aproximadamente a las 18:20 horas en calle Chacabuco N°120 de la comuna de Copiapó, correspondiente al Supermercado Líder, el imputado Cristobal Alexis Novoa Riquelme sustrajo desde la sala de venta un bolón de carne avaluado en la suma de $ 38.620 pesos, especie que ocultó entre sus vestimentas traspasando la caja registradora sin pagar el valor de las mismas, siendo sorprendido por funcionarios de seguridad del supermercado mientras intentaba hacer abandono del lugar con las especies en su poder y sin cancelar el valor de las mismas. SE DECLARA: I. Que se condena a CRISTÓBAL ALEXIS NOVOA RIQUELME, ya individualizado, en calidad de AUTOR del delito de Hurto simple por un valor de media a menos de 4 utm, grado de desarrollo TENTADO perpetrado en la comuna de Copiapó el día 24 de junio de 2024, a la pena de 1 DÍA DE PRISIÓN EN SU GRADO MINIMO, MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, ACCESORIAS del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. La Pena principal se tendrá por cumplida por el día que el imputado estuvo privado de libertad entre el día 24 y 25 de junio de 2024. III. Se fija plazo al imputado para el pago de la multa impuesta, hasta el día 25 de julio de 2024, mismo plazo que el imputado tendrá para manifestar su voluntad de sustituir la multa por servicios comunitarios. Si no paga la multa o no manifiesta voluntad, se dispondrá la sustitución de la multa por días de privación de libertad, al tenor del artículo 49 del Código Penal. El no pago de una de las cuotas hará exigible los apremios del artículo 49 del Código Penal. IV. Se EXIME del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. Código: WGXXXXXFKPK Este documento tiene firma electrónica

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a CRISTÓBAL ALEXIS NOVOA RIQUELME, ya individualizado, en calidad de AUTOR del delito de Hurto simple por un valor de media a menos de 4 utm, grado de desarrollo TENTADO perpetrado en la comuna de Copiapó el día 24 de junio de 2024, a la pena de 1 DÍA DE PRISIÓN EN SU GRADO MINIMO, MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, ACCESORIAS del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. La Pena principal se tendrá por cumplida por el día que el imputado estuvo privado de libertad entre el día 24 y 25 de junio de 2024. III. Se fija plazo al imputado para el pago de la multa impuesta, hasta el día 25 de julio de 2024, mismo plazo que el imputado tendrá para manifestar su voluntad de sustituir la multa por servicios comunitarios. Si no paga la multa o no manifiesta voluntad, se dispondrá la sustitución de la multa por días de privación de libertad, al tenor del artículo 49 del Código Penal. El no pago de una de las cuotas hará exigible los apremios del artículo 49 del Código Penal. IV. Se EXIME del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. Código: WGXXXXXFKPK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl “La sentencia

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Copiapó., veinticinco de junio de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Copiapo. MAGISTRADO: CRISTIAN ENRIQUE MEDINA KIRSTEN RUC: 2400723545-K RIT: 3828 - 2024 IMPUTADO: CRISTÓBAL ALEXIS NOVOA RIQUELME C.I. 0017758768-0 FECHA DE NAC. 04 de enero de 1991 DIRECCION Calle Cerro La Ternera Nº 1864 COMUN A: Copiapó. DE

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