2º Juzgado de Letras de Los Angeles

AM EÓLICA ALENA SPA/

Rol

V-185-2020

Fecha

19 de abril de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO En folio 1, con fecha 21 de julio de 2020, a las 15:45 horas, se presenta don GENARO ANDRES CURIA MIRANDA, chileno, casado, abogado, cédula de identidad Nº 10.978.723-K, en representación convencional de AM EOLICA ALENA SPA, empresa constituida en Chile, del giro de su denominación, R.U.T. 76. 296.428-7, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo, 4800, torre 2, piso 15, oficina 1501-A, Las Condes, Santiago, y expone: Que en terrenos abiertos y sin cultivo, ubicados en la comuna de Los Ángeles, Provincia de Biobío, Región del Biobío, ha encontrado manifestaciones de sustancias concesibles, por lo que viene en presentar el pedimento con el objeto de constituir en favor de su representada una concesión de exploración que denominara ALENA 1. Dice que el Punto Medio de la cara superior del pedimento está ubicado en la intersección de las coordenadas U.T.M. Norte 5.848.801,00 metros; Este 715.568,00 metros, referidas al Elipsoide Internacional de 1924, Datum La Canoa de 1956, Zona 18. Agrega que el pedimento tendrá la forma de un rectángulo, una orientación Norte-Sur UTM, una superficie de 200 hectáreas de terreno con 1.000 metros de largo en el sentido Norte- Sur por 2.000, metros de ancho en sentido Este- Oeste. En mérito de lo expuesto, solicita tener por efectuado este pedimento, admitirlo a tramitación, ordenar su inscripción y publicación y, en definitiva, otorgar a su representada la concesión de exploración solicitada. Con fecha 31 de julio de 2020, en folio 3, se ordenó inscribir y publicar el pedimento minero solicitado en folio 1, lo que se llevó a efecto en el ejemplar N°42.738 del Boletín Oficial de Minería de 24 de agosto de 2020, según consta del documento acompañado por el solicitante en folio 8, con fecha 19 de octubre de 2020. Con fecha 19 de octubre de 2020, en folio 8, se solicitó dictar sentencia constitutiva de concesión de exploración y acompañó Formulario 10, comprobante de pago de Tasa de Pedimento en la Tesorería General de la República

Fallo

En mérito de lo expuesto, solicita tener por efectuado este pedimento, admitirlo a tramitación, ordenar su inscripción y publicación y, en definitiva, otorgar a su representada la concesión de exploración solicitada. Con fecha 31 de julio de 2020, en folio 3, se ordenó inscribir y publicar el pedimento minero solicitado en folio 1, lo que se llevó a efecto en el ejemplar N°42.738 del Boletín Oficial de Minería de 24 de agosto de 2020, según consta del documento acompañado por el solicitante en folio 8, con fecha 19 de octubre de 2020. Con fecha 19 de octubre de 2020, en folio 8, se solicitó dictar sentencia constitutiva de concesión de exploración y acompañó Formulario 10, comprobante de pago de Tasa de Pedimento en la Tesorería General de la República con timbre de caja del Banco de Crédito e Inversiones de fecha 14 de agosto de 2020, y Formulario 41, comprobante de pago de Patente Concesión Exploración en la Tesorería General de la República, con timbre de caja del Banco de Crédito e Inversiones de fecha 13 de octubre de 2020. Asimismo, con esa misma fecha, se acompañó copia autorizada de la inscripción del pedimento en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Los Ángeles, inscrito con fecha 12 de agosto de 2020, a fojas 383 N° 163 del año 2020; y plano de concesión de exploración solicitada con 3 ejemplares. Con fecha 28 de enero de 2021, en folio 20, Rola informe del Director Regional de Sernageomin Zona Sur, ORD. N° 00155 de fecha 25 de enero de 202

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Los Angelesº CAUSA ROL : V-185-2020 CARATULADO : AM E LICA ALENA SPA/Ó Los Angeles, diecinueve de Abril de dos mil veintiuno VISTO En folio 1, con fecha 21 de julio de 2020, a las 15:45 horas, se presenta don GENARO ANDRES CURIA MIRANDA, chileno, casado, abogado, cédula de identidad Nº 10.978.723-K, en representación convencional de

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