Juzgado de Letras y Garantía de María Elena

GUTIERREZ/INGENIERÍA MAQUINARIAS Y TRANSPORTES CONTRAVAL LIMITADA.LIMITADA

Rol

M-2-2022

Fecha

15 de junio de 2022

Materia

Costas, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

PROCEDIMIENTO MONITORIO CONTINUACIÓN AUDIENCIA ÚNICA DICTACIÓN SENTENCIA FECHA María Elena, quince de junio de dos mil veintidós. RUC 22-4-0379084-6 RIT M-2-2022. MAGISTRADO (S) MIGUEL ÁNGEL MIRANDA FERRADA ENCARGADO DE ACTA Patricio Brito Álvarez HORA DE INICIO 10:08 Hrs. HORA TÉRMINO 13:15 Hrs. RESOLUCIÓN SENTENCIA INDIVIDUALIZACIÓN DE LAS PARTES: DEMANDANTE AMILCAR GUTIÉRREZ VIDAL. RUT 24.756.901-4. ABOGADA Yessenia Torres Bugueño. RUN 17.936.688-6. DEMANDADA PRINCIPAL INGENIERÍA MAQUINARIAS Y TRANSPORTES CONTRAVAL LIMITADA. RUT 76.464.446-8. ABOGADO No Hay. DEMANDADA SOLIDARIA 1 NEGRATIN CHILE SPA RUT 76.190.282-2. ABOGADO Sebastián Hidalgo Olave. 15.377.218-5 DEMANDADA SOLIDARIA 2 ENEL GREEN POWER CHILE LIMITADA. RUT 96.920.110-0. ABOGADO Claudio Muñoz Levill, RUN 17.810.316-4. Jaime González Navarrete, RUN 12.231.820-6. DEMANDADA SOLIDARIA 3 ENEL GREEN POWER CHILE S.A. (EX ENEL GREEN POWER DEL SUR SPA.) RUT 76.412.562-2 ABOGADO Claudio Muñoz Levill, RUN 17.810.316-4. Jaime González Navarrete, RUN 12.231.820-6. Incidencias Previas: No se producen. La audiencia se verifica mediante videoconferencia por plataforma Zoom. La demandada Ingeniería Maquinarias y Transportes Contraval Limitada no asiste presencialmente ni vía remota no obstante encontrarse válidamente notificada. La parte demandante previene que se desiste de la prueba confesional respecto de las demandadas solidarias. El tribunal dispensa a los absolventes que asistieron para estos efectos. Escritos pendientes: Al escrito “delega poder” de fecha 15/06/2022: se tiene presente. Continuación Audiencia Única: Se procede a la continuación de la audiencia única suspendida con fecha 18/04/2022. Recepción de Pruebas: Luego de que cada parte ofreciera su prueba y habiéndose resuelto incidencia respecto de la inexistencia de la minuta de prueba con antelación a la audiencia de parte de la demandante, se abre el juicio y se rinden las siguientes pruebas

Fundamentos

fundamentos de su demanda, la prueba rendida y los apercibimientos que deben aplicarse, que se acojas las demandas de autos. Demandada solidaria Negratin Chile Spa: El apoderado de esta parte, relacionando su teoría de defensa con la prueba testimonial rendida, solicita que se acoja la excepción de falta de legitimación pasiva y se rechace la demanda de autos, con costas. Demandadas solidarias Enel Green Power Chile Limitada y Enel Green Power Chile S.A: Los apoderados de esta parte, relacionando su teoría de defensa con la prueba documental aportada, plantea que se acoja la excepción de falta de legitimación pasiva, rechazando las demandas de autos, con costas. SENTENCIA: El tribunal, luego de un breve receso, procede a dictar sentencia en audiencia, cuya resolutiva es la siguiente: VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: I.- Que, existió una relación laboral entre el demandante don Amilcar Gutiérrez Vidal y la demandada principal Ingeniería Maquinarias y Transportes Contraval Limitada, ya individualizados, cuyo término ocurrió por vencimiento del plazo convenido en el contrato, adeudándose a la fecha las prestaciones reclamadas en su demanda y sin que se haya realizado el pago de las cotizaciones previsionales y de seguridad social y salud que corresponden al actor. II.- Que, como consecuencia de lo dicho en el punto anterior, se condena a la demandada principal Ingeniería Maquinarias y Transportes Contraval Limitada, al pago de: a) la suma de $ 1.331.867.- por 28 días trabajados en noviembre de 2021. b) la suma $ 95.133.- por 2 días trabajados durante diciembre de 2021. c) la suma de $ 59.458.- por concepto de feriado proporcional. d) Las sumas indicadas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses de conformidad al artículo 63 del Código del Trabajo. III.- Que, se acoge la demanda por nulidad del despido interpuesta por don Amilcar Gutiérrez Vidal en contra de Ingeniería Maquinarias y Transportes Contraval Limitada, y, en consecuencia, se le condena al pago de las remuneraciones devengadas desde el término de la relación laboral y hasta la convalidación del despido, a razón de $ 1.427.000.- mensuales. IV.- Que, se condena en costas a la demandada principal Ingeniería Maquinarias y Transportes Contraval Limitada, que se regulan en la suma de $ 500.000.- por resultar totalmente vencida. V.- Que, se rechazan las demandas deducidas contra Negratín Chile SpA, sin costas, por carecer de legitimidad pasiva la demandada. VI.- Que, se rechazan las demandas deducidas contra Enel Green Power Chile Limitada y Enel Green Power Chile S.A., sin costas, por carecer de legitimidad pasiva en el presente caso. Anótese, regístrese, certifíquese su ejecutoriedad en su oportunidad. Todas las partes quedan notificadas de todo lo obrado y resuelto en audiencia, y se pone término a la misma. Todas las partes quedan notificadas de todo lo obrado y resuelto en audiencia, especialmente la parte inasistente al quedar incursa en el apercibimiento legal aplicable al ca

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PROCEDIMIENTO MONITORIO CONTINUACIÓN AUDIENCIA ÚNICA DICTACIÓN SENTENCIA FECHA María Elena, quince de junio de dos mil veintidós. RUC 22-4-0379084-6 RIT M-2-2022. MAGISTRADO (S) MIGUEL ÁNGEL MIRANDA FERRADA ENCARGADO DE ACTA Patricio Brito Álvarez HORA DE INICIO 10:08 Hrs. HORA TÉRMINO 13:15 Hrs. RESOLUCIÓN SENTENCIA INDIVIDUALIZACIÓN DE LAS PARTES: DEMANDANTE AMILCAR GUTIÉRR

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