MP C/ HÉCTOR FELIPE COLIHUAL REBECO
Rol
O-5047-2024
Fecha
25 de junio de 2024
Materia
OCULT IDENT EN CONTROL PREVENT ART 496 N: 5 Y 12 LEY 20931
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 24 de junio del 2024 de las 16:10 personal de Carabineros efectuaba control de identidad en la intersección de calles General Lagos con Balmaceda de la ciudad de Temuco procediendo a solicitarle al requerido su individualización, su cédula de identidad, haciendo caso omiso a la solicitud de Carabineros que le entregó toda las facultades para hacerlo, por lo cual, fue trasladado a la Unidad Policial Segunda Comisaría de Temuco donde señaló que su cédula entidad era el número 15258809-7, identidad que correspondía a Víctor Hugo Aravena Vidal. Posteriormente personal de Carabineros lo somete a verificación de esta identidad a través de sus huellas, en el sistema SICPOL, arrojando este que había usurpado la identidad de don Víctor Hugo Aravena Vidal, llamándose HÉCTOR FELIPE COLIHUAL REBECO cédula de identidad 17642019-7. Temuco, veinticinco de junio de dos mil veinticuatro Conforme lo dispone el artículo 4 del acta 40-2014 de fecha 14 de marzo de 2014, en cuanto a que “…la parte resolutiva del fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado Código: NHXPXXGCZPK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que co
Fallo
fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado Código: NHXPXXGCZPK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos. 1, 15, 49, 68, 69, 70, 496 N°5 del Código Penal; lo dispuesto en el artículo 395 y siguientes del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que se CONDENA a HÉCTOR FELIPE COLIHUAL REBECO, ya individualizado, como autor de la falta consumada de OCULTACIÓN DE IDENTIDAD perpetrada el día 24 de junio de 2024 en la ciudad de Temuco a la pena de multa de UN TERCIO (1
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RESUMEN RIT : 5047 - 2024 RUC : 2400723429-1 MATERIA : OCULTACIÓN DE IDENTIDAD EN CONTROL PREVENTIVO IMPUTADO : HÉCTOR FELIPE COLIHUAL REBECO CÉDULA DE IDENTIDAD : 17.642.019-7 DOMICILIO : Calle Los Cedros Nº 01341, Temuco. ATENUANTES : No concurren AGRAVANTES : No concurren. RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO HECHOS: El día 24 de junio del 2024 de las 16:10 personal de Carabineros
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