MP C/ VÍCTOR ALEJANDRO VEGA MUÑOZ
Rol
O-1564-2022
Fecha
25 de junio de 2024
Materia
PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°), POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL
Resultado
No especificado
Hechos
hechos ocurridos el día 5 de mayo del año , en la comuna de Los Ángeles, a sufrir por cada uno de ellos, la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo la condena. II.- se ordena el comiso de un revólver calibre 38 corto, con empuñadura cubierta con huincha aislante y dos municiones y de una pistola a fogueo adaptada marca Blow de 9 mm con su cargador, cuatro municiones artesanales y una quinta percutada. III.- Reuniéndose los requisitos previsto del artículo 5 de la ley 8 6, se sustituye cumplimiento de las penas privativas de libertad que fueron impuestas en esta sentencia, por Libertad Vigila Intensiva por igual término de la condena, debiendo quedar durante este tiempo sujeto al tratamiento, vigilancia, orientación de la sección pertinente de Gendarmería de Chile, debiendo cumplir durante el periodo de intervención con el plan de intervención individual que en su momento se apruebe y condiciones de las letras a), b) y c) del artículo 7° ley 8 6. El condenado deberá presentarse con su cédula de identidad en el C.R.S. de Los Ángeles ubicado en la calle Almagro 9 de la comuna de los Ángeles, dentro de quinto día de que se encuentre firme y ejecutoriada la presente sentencia, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Para la aprobación de plan de intervención individual se hace presente que una vez recibido los antecedentes se procederá a su aprobación Código: RFXSXXTHXFK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl y formará parte integrante de la sentencia para todos los efectos legales, debiendo ajustarse a la misma. IV.- Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada deberá cumplir en forma íntegra o efectivamente la pena impuesta sometiendo al condenado al cumplimiento del saldo de la pena inicial, abonándose a su favor el tiempo de ejecución de la pena sustitutiva y los días que permaneció privado
Fallo
se declara; I.- Que se condena a Víctor Alejandro Vega Muñoz RUN 16984017-2, ya individualizado como autor de un delito de porte de arma convencional previsto sancionado en el artículo 9 de la ley 7.798 y por un delito de porte de arma no convencional o artesanal, previsto y sancionado en el artículo 4 de la ley 7.798, ambos ilícitos en grado de desarrollo consumado, hechos ocurridos el día 5 de mayo del año , en la comuna de Los Ángeles, a sufrir por cada uno de ellos, la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo la condena. II.- se ordena el comiso de un revólver calibre 38 corto, con empuñadura cubierta con huincha aislante y dos municiones y de una pistola a fogueo adaptada marca Blow de 9 mm con su cargador, cuatro municiones artesanales y una quinta percutada. III.- Reuniéndose los requisitos previsto del artículo 5 de la ley 8 6, se sustituye cumplimiento de las penas privativas de libertad que fueron impuestas en esta sentencia, por Libertad Vigila Intensiva por igual término de la condena, debiendo quedar durante este tiempo sujeto al tratamiento, vigilancia, orientación de la sección pertinente de Gendarmería de Chile, debiendo cumplir durante el periodo de intervención con el plan de intervención individual que en su momento se apruebe y condiciones de las letras a), b) y c) del artículo 7° ley 8 6. El condenado deberá presentarse con su cédula de identidad en el C.R.S. de Los Ángeles ubicado en
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Individualización de Audiencia de preparación juicio oral.. Fecha Los Angeles., veinticinco de junio de dos mil veinticuatro Magistrado ALICIA VALENTINA BRAVO OJEDA Fiscal RODRIGO GARCÍA MALDONADO Defensor CAROLINA VALENZUELA VALDES Defensa particular JESSICA RAMÍREZ NAVARRO Hora inicio : 5AM Receso :4 AM Hora termino :48AM : PM Sala Sala 3 Tribunal Juzgado de Garantía de Los Angeles. Acta giac
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