FISCALIA C/ JAVIER EDUARDO VALERO CARDENAS
Rol
O-3085-2023
Fecha
25 de junio de 2024
Materia
ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 30 de Julio de 2023, a las 15:00 horas aproximadamente, instantes en que la víctima JOSE MOYA PEREZ se encontraba en la intersección de calle Riquelme con Huaytiquina de la ciudad de Calama, manipulando su teléfono celular marca Oppo, modelo CPH2205, de color negro, avaluado en $200.000 pesos, se percata que el imputado JAVIER EDUARDO VALERO CARDENAS pasa frente a él, quien vestía polera de color blanco, jeans tradicional y tenía teñido su cabello de color amarillo, para luego regresar donde se encontraba la víctima y -con la finalidad de apropiarse de especies muebles ajenas en contra de la voluntad de su dueño- le arrebata de sus manos –de manera sorpresiva- el teléfono celular que la víctima mantenía en su poder, dándose a la fuga, siendo seguido por la víctima, quien solicita ayuda a terceros que estaban en la vía pública y en compañía de estos logra retener al imputado, quien aún mantenía la especie sustraída en su poder, siendo detenido posteriormente por personal de carabineros de Chile. El imputado admite responsabilidad y el Tribunal resuelve: Calama, veinticinco de junio de dos mil veinticuatro Y de conformidad con lo previsto en el artículo 436 inciso 2°del Código Penal, en relación con los artículos 1, 7, 11 N°6, 14, 15, 21, 30, 67, 69 del mismo cuerpo legal, artículos 1, 2, 7, 9, 93, 297, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 1° y 34de la Ley 18.216; se declara: I. Que, se condena a JAVIER EDUARDO VALERO CARDENAS, cédula de identidad N°0028203522-7, ya individualizado, a la pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo y la pena accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad a título de autor del delito de ROBO POR SORPRESA, en grado de consumado, ocurrido en esta jurisdicción el día 30 de Julio de 2023. II. Que se concede al sentenciado la pena sustitutiva de EXPULSIÓN DEL TERRITORIO NACIONAL ya que se reúnen los requisitos del artículo 34 de la
Fallo
se declara: I. Que, se condena a JAVIER EDUARDO VALERO CARDENAS, cédula de identidad N°0028203522-7, ya individualizado, a la pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo y la pena accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad a título de autor del delito de ROBO POR SORPRESA, en grado de consumado, ocurrido en esta jurisdicción el día 30 de Julio de 2023. II. Que se concede al sentenciado la pena sustitutiva de EXPULSIÓN DEL TERRITORIO NACIONAL ya que se reúnen los requisitos del artículo 34 de la ley 18.216, para estos efectos ofíciese al Servicio Nacional de Migraciones, para que lleve a cabo la implementación de esta pena, ordenando la internación del condenado hasta la ejecución de la misma, la deberá llevarse a cabo en un plazo no superior a 30 días, a contar de la fecha de ejecutoria de la sentencia. Una vez verificada la expulsión el sentenciado no podrá reingresar a Chile en un plazo de 10 años, si lo hace, deberá dar cumplimiento efectivo a la condena de manera efectiva, reconociéndole Código: NZLXXXXPCXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl para estos efectos como días de abono, desde el día 31 de Julio de 2023 hasta el día 03 de Agosto de 2023. III. Que, se exime a los sentenciados del pago de las costas de la causa en atención que ha sido asesorado por la Defensa Penal Pública Licitada y con su admisión de responsabilidad le
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ACTA DE AUDIENCIA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO RIT : 3085 - 2023 RUC : 2300818902-1 FECHA : veinticinco de junio de dos mil veinticuatro HORA INICIO : 11:36 hrs. HORA TÉRMINO : 12:20 hrs. DELITO : Robo por sorpresa. JUEZ : ELSA MARIA CASTRO LILLO FISCAL : MARCELO ALEJANDRO BRAVO VALENZUELA DEFENSOR : KAELY MACKARENA LABRAÑA TRINCADO IMPUTADO 1 : JAVIER EDUARDO VALERO CARDENAS, Cdp. Calama. RUT : 002
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