Juzgado de Garantía de San Carlos.

MINISTERIO PUBLICO C/ SEGUNDO GERMÁN ACUÑA HERNÁNDEZ

Rol

O-2096-2023

Fecha

24 de junio de 2024

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 1º, 5°, 7°, 11 N° 9, 14, 15 Nº 1, 18, 29, 50, 440 del Código Penal; artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales; artículo 17 de la Ley 19.970; artículo 47, 295, 343, 351 del Código Procesal Penal; artículo 17 y siguientes de la Ley 18.216 se declara: Código: WZEXXXXBHYJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I. Que se condena al imputado don SEGUNDO GERMÁN ACUÑA HERNÁNDEZ, cédula nacional de identidad N° 0015699576-2, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos el tiempo que dure la condena por si responsabilidad como autor del ilícito de robo en lugar destinado a la habitación, perpetrado en territorio jurisdiccional de este tribual el día 09 de noviembre del año 2023, en grado de ejecución frustrado. II. Que, reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 17 de la Ley 18.216 se le sustituye al sentenciado la pena privativa de libertad impuesta por la libertad vigilada intensiva por el periodo de tres años y un día, quedando sujeto al control de Gendarmería debiendo satisfacer las condiciones impuestas en el artículo 17 y 17 ter a) y b) de la ley 18.216. Ofíciese en su oportunidad a Gendarmería, Carabineros y Policía de Investigaciones. III. Que, en el evento que la pena fuese revocada o dejada sin efecto deberá cumplirla desde que se presente o sea habido, teniendo como abono los 227 de privación de libertad dada la cautelar que se le impuso en su oportunidad, desde 10 de noviembre de 2023 a la fecha. IV. Que igualmente se va a recabar respecto del imputado la obtención de la huella genética en conformidad al artículo 17 de la Ley 19.970. V. Que se dará cumplimiento en su oportunidad a lo establecido en el artículo 468 del Códi

Fallo

Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 1º, 5°, 7°, 11 N° 9, 14, 15 Nº 1, 18, 29, 50, 440 del Código Penal; artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales; artículo 17 de la Ley 19.970; artículo 47, 295, 343, 351 del Código Procesal Penal; artículo 17 y siguientes de la Ley 18.216 se declara: Código: WZEXXXXBHYJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I. Que se condena al imputado don SEGUNDO GERMÁN ACUÑA HERNÁNDEZ, cédula nacional de identidad N° 0015699576-2, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos el tiempo que dure la condena por si responsabilidad como autor del ilícito de robo en lugar destinado a la habitación, perpetrado en territorio jurisdiccional de este tribual el día 09 de noviembre del año 2023, en grado de ejecución frustrado. II. Que, reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 17 de la Ley 18.216 se le sustituye al sentenciado la pena privativa de libertad impuesta por la libertad vigilada intensiva por el periodo de tres años y un día, quedando sujeto al control de Gendarmería debiendo satisfacer las condiciones impuestas en el artículo 17 y 17 ter a) y b) de la ley 18.216. Ofíciese en su oportunidad a Gendarmería, Carabineros y Policía de Investigaciones. III. Que, en el evento que la

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Individualización de Audiencia de Procedimiento abreviado. Fecha San Carlos., veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro Magistrado IVAN SANTIBAÑEZ TORRES Fiscal PABLO FRITZ HOCES Víactoma DANIELA FABRES DELGADO Defensor CECILIA OPAZO TORRES Hora inicio 12:08PM Hora termino 12:33PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de San Carlos. Acta cda RUC 2301223926-2 RIT 2096 - 2023 Actuaciones efe

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