Juzgado de Garantía de La Calera.

SERVICIO NACIONAL ADUANA C/ GUDELIA DEL CARMEN SALINAS PÉREZ

Rol

O-187-2023

Fecha

24 de junio de 2024

Materia

CONTRAB. INFRAC A LA ORD. DE ADUAN ART 168. LEY 20.780

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: Con fecha 31/03/2022, aproximadamente a las 09:15, en circunstancias que personal de Carabineros de Chile, efectuaban un patrullaje preventivo por Calle Gonzalo Lizasoaín esquina Arturo Prat de la Ciudad de La Calera, proceden a fiscalizar a un individuo de sexo femenino, mediante un control de identidad, siendo identificada como GUDELIA DEL CARMEN SALINAS PEREZ, quien se desplazaba en un triciclo, percatándose el personal policial, que mantenía una gran cantidad de cajetillas de cigarrillos, logrando incautar 836 cajetillas de cigarrillos de diversas marcas, todas nuevas y de origen extranjero, cuya importación se encuentra prohibida, conforme a lo dispuesto en el artículo 168 inciso 2° de la Ordenanza de Aduanas, en relación con el artículo 12 del Decreto Ley N° 828, de fecha 31 de Diciembre de 1974, del Ministerio de Hacienda, que establece normas sobre el cultivo, elaboración, comercialización e impuestos que afectan al tabaco y Resolución Exenta N° 904, del Ministerio de Salud, que autoriza la comercialización de los productos de tabaco que indica, con un valor aduanero ascendente a la suma de US$3.012,22, equivalente a $2.340.796.- pesos, conforme al tipo de cambio vigente del mes de marzo de 2022, correspondiente a $777,10.-. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 3, 5, 11 nº 6 y n° 9, 14 n°1, 15 n° 1, 18, 25, 30, 49, 30, y 70 del Código Penal; artículos 168, 178, 179 y 182, todos de la Código: LYVKXXREWXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Ordenanza General de Aduana; artículos 297, 340, 341 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 4°, 38 y demás pertinentes de la Ley 18.216, modificada por la Ley 20.603, se declara: I.- Se condena

Fallo

se declara: I.- Se condena a GUDELIA DEL CARMEN SALINAS PÉREZ, Cédula Identidad 10.122.391-4, ya individualizado, a sufrir la pena de Prisión en su grado máximo, a una multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual, a accesoria legal suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, todo ello por su responsabilidad como autor del delito consumado de CONTRABANDO, INFRACCIÓN A LA ORDENANZA GENERAL DE ADUANA, cometido con fecha 31 de mazo de 2022, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- a) Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4° de la ley 18.216, se sustituye la pena por la remisión condicional, debiendo someterse a la observación y vigilancia de la autoridad de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio, esto es C.R.S. de Quillota, por el término de un año. Se establece como fecha de presentación el día 31 de julio de 2024 a las 09:00 horas. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra en caso de no presentarse. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta o, en su caso, se la remplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas. En estos casos, se someterá al condenado al cumplimiento del saldo de la pena inicial, abonándose a s

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO La Calera, veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro. Hechos: Con fecha 31/03/2022, aproximadamente a las 09:15, en circunstancias que personal de Carabineros de Chile, efectuaban un patrullaje preventivo por Calle Gonzalo Lizasoaín esquina Arturo Prat de la Ciudad de La Calera, proceden a fiscalizar a un individuo de sexo femenino, mediante un control

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