Juzgado de Garantía de Ovalle.

MAURICIO ESTEBAN BRITO GONZALEZ C/ JOSÉ GUILLERMO CORTÉS GUERRERO

Rol

O-3515-2023

Fecha

24 de junio de 2024

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos:El día 09 de Agosto de 2020, alrededor de las 19:20 horas, por la ruta D-505, de la comuna de Ovalle, el imputado José Guillermo Cortés Guerrero, sin haber obtenido licencia para conducir vehículos motorizados, condujo en estado de ebriedad con una dosificación de 2,25 gramos por mil del alcohol en la sangre, el vehículo tipo automóvil, marca Chevrolet, modelo Astra, placa patente única DLCD.41, en una curva existente en la citada ruta, perdió el control del móvil sobrepasando el eje central de la vía, colisionando la parte trasera costado izquierdo de la camioneta marca DODGE, modelo RAM2500, placa patente única CYZC.11, que conducía la víctima don Luis Antonio Contreras Flores, siendo su acompañante la víctima doña Perla Yanire Contreras Valenzuela, quien resultó con “contusión frontal por choque”, lesiones clínicamente de carácter leve. Parte resolutiva Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y 9, 14, 15, 18, 30, 67, del Código Penal; artículos 1, 4, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 110, 196 y 209 inciso segundo de la Ley 18.290 y Ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a José Guillermo Cortes Guerrero, cédula nacional de identidad N° 10.438.295-9, ya individualizado, a sufrir la pena de (41) cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, multa de (01) una unidad tributaria mensual y suspensión de su licencia para conducir vehículos motorizados por el término de dos años, por el delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir y causando lesiones leves, articulo 196 en relación artículos 110, 209 y 183 todos de la Ley 18.290, consumado, hecho perpetrado en la comuna de Ovalle, el día 09 de agosto de 2020. Se le impone asimismo, la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas por haber admitido su responsabilidad. II.- Que se concede al sentenciado la pena sustitutiva de la privativa de libertad de re

Fallo

se declara: I.- Que se condena a José Guillermo Cortes Guerrero, cédula nacional de identidad N° 10.438.295-9, ya individualizado, a sufrir la pena de (41) cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, multa de (01) una unidad tributaria mensual y suspensión de su licencia para conducir vehículos motorizados por el término de dos años, por el delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir y causando lesiones leves, articulo 196 en relación artículos 110, 209 y 183 todos de la Ley 18.290, consumado, hecho perpetrado en la comuna de Ovalle, el día 09 de agosto de 2020. Se le impone asimismo, la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas por haber admitido su responsabilidad. II.- Que se concede al sentenciado la pena sustitutiva de la privativa de libertad de remisión condicional, debiendo quedar sujeto a la vigilancia de la Sección Tratamiento en el Medio Libre de Gendarmería de Chile, por el periodo de un año y cumplir las demás instrucciones que ese organismo le imparta. El sentenciado deberá presentarse dentro de quinto día de ejecutoriada esta sentencia, ante el Centro de Reinserción Social de Ovalle, para iniciar el cumplimiento de la pena sustitutiva concedida, bajo apercibimiento de revocarle esta, si abonos que considerar. III.- Si el sentenciado no pagaren la multa impuesta sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose,

Texto Completo (Preview)

/acb SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Ovalle., veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro Tribunal Juzgado de Garantía de Ovalle Magistrado RODRIGO BARRERA YAÑEZ RUC 2000829491-8 RIT 3515-2023 Delito Conducción de Vehículo Motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido Licencia de Conducir, causando lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 196, e

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