ANONIMIZADO
Rol
C-448-2023
Fecha
25 de septiembre de 2023
Materia
DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA
Resultado
No especificado
Fallo
se resuelve: Que, se hace efectivo el apercibimiento de fecha veintinueve de agosto de dos mil veintitrés, en consecuencia, no se da curso a la demanda. Lo anterior, sin perjuicio de ingresar nuevamente la demanda, si lo estima pertinente, debiendo acompañar acta de cese de la convivencia. Notifíquese a la parte demandante por correo electrónico. RIT: C-448-2023 RUC: 23-2-3989768-1 Proveyó y firmó Juez(a)...
Texto Completo (Preview)
Angol, veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés. No habiéndose cumplido con lo ordenado por el Tribunal en resolución de fecha veintinueve de agosto de dos mil veintitrés, acompañar acta de cese de la convivencia y fundado en lo dispuesto en los artículos 27, 54-1 y 57 de la ley 19.968, se resuelve: Que, se hace efectivo el apercibimiento de fecha veintinueve de agosto de dos mil veintitrés
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