MP C/ LUIS MAXIMILIANO MORALES PACHECO
Rol
O-583-2023
Fecha
24 de junio de 2024
Materia
CONDUC.VEHIC DURANTE VIG ALG.SANCI IMPUEST ART209 LEY 18290., HURTO SIMPLE POR UN VALOR SOBRE 40 UTM., USURPACION DE NOMBRE.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 24 de febrero de 2023 alrededor de las 23:00 horas, en los estacionamientos de la empresa Maxagro, ubicada en el Sector El Toco de la comuna de Pichidegua, el imputado Luis Maximiliano Morales Pacheco sustrajo con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño, un vehículo tipo camioneta, marca Greatwall, modelo Gingle, color rojo, placa patente RGW-91, tomando las llaves que la víctima mantiene en la caseta de guardia de dicho estacionamiento y retirándose con la especie en su poder. Al percatarse la victima Mario González Soto, de la situación, interpela a los guardias de la empresa y procede además a llamar a Carabineros para denunciar el hecho, percatándose que el imputado MORALES PACHECO, regresa a la empresa, conduciendo el vehículo sustraído pese a mantener una sanción vigente que le inhabilita a la conducción de vehículos motorizados, en condena en la causa RIT 1928-2018, del Juzgado de Garantía de La Ligua, con fecha 23 de septiembre de 2019, en la que lo condenó entre otras penas, a la inhabilidad de 5 años de conducir vehículos motorizados, sanción que a la fecha de estos hechos se encontraba vigente. Es menester indicar que cuando se procedió a la detención del acusado, éste se identificó con un nombre supuesto de Andrés Rodríguez Martínez, aportando incluso una cédula de identidad que a la verificación de personal policial se advierte que no correspondía a la del sujeto detenido, momento en el cual aportó una segunda identidad señalada como Andrés Eduardo Rodríguez Acuña, también con una cédula de identidad en este caso la Código: ERGXXXMFWLJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 17.197.252-3 la cual verificada tampoco correspondía a la identidad del imputado, finalmente debiendo verificar a través del sistema policial y la cédula que realmente es la identidad del imputado correspondía a la de Luis Maximiliano Morales Pacheco, quien mantenía ordenes de detenciones vigen
Fundamentos
CONSIDERANDO: INDIVIDUALIZACIÓN PRIMERO: Que ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituida por los magistrados don Raúl Baldomino Díaz, quien presidió, don César Torres Mesías y don Cristian Fredes Hernández, el día miércoles 19 de junio pasado se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en la causa RIT N° 583-2023, RUC N° 2300213828-K, seguida en contra de LUIS MAXIMILIANO MORALES PACHECO, cédula nacional de identidad N° 18.671.714-7, nacido en Puente Alto el 30 de septiembre de 1993, 29 años, soltero, contratista en obras civiles, domiciliado en Los Silos s/n, Quilicura, comuna de Las Cabras. Sostuvo la acusación del Ministerio Público el fiscal don Claudio Riobó Loyola, en tanto que la defensa del acusado estuvo a cargo del abogado de la Defensoría Penal Pública don Gonzalo Silva Vásquez, ambos con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. ACUSACIÓN SEGUNDO: Que la acusación materia de este juicio se fundó –a la letra- en los siguientes hechos: “El día 24 de febrero de 2023 alrededor de las 23:00 horas, en los estacionamientos de la empresa Maxagro, ubicada en el Sector El Toco de la comuna de Pichidegua, el imputado Luis Maximiliano Morales Pacheco sustrajo con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño, un vehículo tipo camioneta, marca Greatwall, modelo Gingle, color rojo, placa patente RGW-91, tomando las llaves que la víctima mantiene en la caseta de guardia de dicho estacionamiento y retirándose con la especie en su poder. Al percatarse la victima Mario González Soto, de la situación, interpela a los guardias de la empresa y procede además a llamar a Carabineros para denunciar el hecho, percatándose que el imputado MORALES PACHECO, regresa a la empresa, conduciendo el vehículo sustraído pese a mantener una sanción vigente que le inhabilita a la conducción de vehículos motorizados, en condena en la causa RIT 1928-2018, del Juzgado de Garantía de La Ligua, con fecha 23 de septiembre de 2019, en la que lo condenó entre otras penas, a la inhabilidad de 5 años de conducir vehículos motorizados, sanción que a la fecha de estos hechos se encontraba vigente. Es menester indicar que cuando se procedió a la detención del acusado, éste se identificó con un nombre supuesto de Andrés Rodríguez Martínez, aportando incluso una cédula de identidad que a la verificación de personal policial se advierte que no correspondía a la del sujeto detenido, momento en el cual aportó una segunda identidad señalada como Andrés Eduardo Rodríguez Acuña, también con una cédula de identidad en este caso la Código: ERGXXXMFWLJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 17.197.252-3 la cual verificada tampoco correspondía a la identidad del imputado, finalmente debiendo verificar a través del sistema policial y la cédula que realmente es la identidad del imputado correspondía a la de Luis Maximiliano Morales Pacheco, quien mantenía ordenes de detenci
Fallo
se acuerda qué auto era; él se enojó porque le dijo que no tenía que sacar sus cosas. No llamó al guardia; preguntado si los otros guardias lo llamaron, responde que había apagado el teléfono, nunca contestó. Carabineros demoraría una media hora en llegar; escuchó que él decía que había ocupado el vehículo para una emergencia, que tenía al niño enfermo; le preguntó por qué no traía un papelito de que el niño estaba enfermo, pero no tenía nada. Revisó su vehículo, faltaban unas monedas y se ocupó toda la bencina, estaba casi lleno el estanque, pero no sabe por dónde anduvo; no le faltaba nada más; él se bajó de la camioneta y las llaves las dejó puestas. Era el jefe de los guardias, decían que era el jefe; no había tenido ningún problema, con el acusado ni con nadie. Al defensor responde que, cuando vuelve, el guardia [el acusado] se baja y se dirige hacia él, no le pide disculpas solo le dice que lo ocupó por una emergencia, que tenía al niño enfermo; él estaba con los guardias y los jefes de la planta. No faltaba nada en la camioneta. Asiente que como a los 30 minutos llegaron los carabineros. El sargento 1º de carabineros, Cristian ORTIZ SEPÚLVEDA, dijo que el 25 (sic) de febrero, lo acompañaba el cabo 2º González, recibieron un comunicado radial de la guardia para que se trasladaran al sector El Toco, empresa Maxagro, porque a una víctima le habían sacado el vehículo. Este señor manifestó que dejaba su camioneta estacionada en el lugar y que dejaba las llaves con los gua
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1 TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE RANCAGUA C/ LUIS MAXIMILIANO MORALES PACHECO RUC 2300213828-K RIT 583-2023 DELITO HURTO AGRAVADO Rancagua, veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: INDIVIDUALIZACIÓN PRIMERO: Que ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituida por los magistrados don Raúl Baldomino Díaz, q
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