AGRICOLA Y FORESTAL SIRAGRO LI C/ NN NN NN
Rol
O-139-2023
Fecha
24 de junio de 2024
Materia
INCENDIO SOLO C/DAÑOS O SIN PELIGRO PROPAGACION.ART.477,478., ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos “El día 09 de marzo del año 2023 alrededor de las 09:30 horas, mientras la víctima de iniciales C.E.R.G realizaba labores de resguardo patrimonial en los predios de propiedad de Agrícola y Forestal Siragro Limitada y Cristian Sironvalle Cordero, conducía la camioneta marca Mazda modelo BT doble cabina 4x4, color blanco, año 2015, PPU HH.SY.37, de propiedad de la empresa Pocuro SA, por la Ruta CH-1 1, en dirección a la comuna de Curacautín, tras pasar por el cruce Selva Oscura en el kilómetro 20,5 aproximadamente de la comuna de Victoria, fue interceptado por dos vehículos tipo camioneta, una de ellas de color azul que se posicionó en la parte trasera del móvil que conducía la víctima, la segunda camioneta marca Nissan modelo Terrano, color plateado, año 2013 PPU FL.JS.5 se ubicó en la parte delantera del vehículo conducido por la víctima. Desde el interior de la camioneta PPU FL.JS.5 descendieron 03 sujetos masculinos a rostro descubierto, el conductor LUIS ALEXIS HUENCHULLAN MILLANAO quien portaba un objeto con apariencia de arma de fuego procedió a intimidar a la víctima manifestando textualmente “párate concha de tu madre o quieres que te Código: XPKEXXXERXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mate, te vamos a quemar tu huea de camioneta, me tienen aburrido con esta huea de andar cagando a los Peñis” para posteriormente conducirlo y escoltarlo de manera obligada hasta el ingreso del predio “Entre Ríos” ubicado en la ruta CH- 1 1 kilómetro 21 de la comuna de Victoria. En dicho lugar el imputado LUIS ALEXIS HUENCHULLAN MILLANAO descendió de la camioneta PPU FL.JS.5 portando un elemento contundente tipo hacha en sus manos, intimidando a la víctima y manifestándole nuevamente “y vos quien soy conchetumadre para quien trabajai’, habla po’ hueon o queri´que te mate aquí mismo” quebrando el vidrio de la camioneta y obligando a la víctima a descender del vehículo para posteriormente los imputados LU
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, ante este Juzgado de Garantía, el día 18 de junio de 2024, se desarrolló audiencia de abreviado, en causa RUC 2310012505-6 y cuyo RIT es 139-2023, con la asistencia del abogado don Michael Francois Schulz, Abogado Asistente de la Fiscalía Local de Victoria; de la querellante Delegación Presidencial, representada en audiencia por la abogada doña Macarena Gonzalez Vargas; de la querellante Agrícola y Forestal Siragro Limitada, representada en audiencia por el abogado don Reinaldo Osorio Ulloa; del acusado don JORGE LUIS HUENCHULLAN NAMONCURA, cédula de identidad N° 11.079.899-7, casado, nacido el 13/08/1965, 58 años de edad, agricultor, domiciliado en Comunidad Ignacio Queipul II, Victoria; y del Abogado Defensor Público, don Luis Acuña Tapia; audiencia en la cual el Ministerio Público, conforme al artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal, solicitó aplicación del procedimiento abreviado. SEGUNDO: Acusación verbal. Que, la acusación formulada por el Fiscal Adjunto se fundó en lo siguiente: Hechos “El día 09 de marzo del año 2023 alrededor de las 09:30 horas, mientras la víctima de iniciales C.E.R.G realizaba labores de resguardo patrimonial en los predios de propiedad de Agrícola y Forestal Siragro Limitada y Cristian Sironvalle Cordero, conducía la camioneta marca Mazda modelo BT doble cabina 4x4, color blanco, año 2015, PPU HH.SY.37, de propiedad de la empresa Pocuro SA, por la Ruta CH-1 1, en dirección a la comuna de Curacautín, tras pasar por el cruce Selva Oscura en el kilómetro 20,5 aproximadamente de la comuna de Victoria, fue interceptado por dos vehículos tipo camioneta, una de ellas de color azul que se posicionó en la parte trasera del móvil que conducía la víctima, la segunda camioneta marca Nissan modelo Terrano, color plateado, año 2013 PPU FL.JS.5 se ubicó en la parte delantera del vehículo conducido por la víctima. Desde el interior de la camioneta PPU FL.JS.5 descendieron 03 sujetos masculinos a rostro descubierto, el conductor LUIS ALEXIS HUENCHULLAN MILLANAO quien portaba un objeto con apariencia de arma de fuego procedió a intimidar a la víctima manifestando textualmente “párate concha de tu madre o quieres que te Código: XPKEXXXERXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mate, te vamos a quemar tu huea de camioneta, me tienen aburrido con esta huea de andar cagando a los Peñis” para posteriormente conducirlo y escoltarlo de manera obligada hasta el ingreso del predio “Entre Ríos” ubicado en la ruta CH- 1 1 kilómetro 21 de la comuna de Victoria. En dicho lugar el imputado LUIS ALEXIS HUENCHULLAN MILLANAO descendió de la camioneta PPU FL.JS.5 portando un elemento contundente tipo hacha en sus manos, intimidando a la víctima y manifestándole nuevamente “y vos quien soy conchetumadre para quien trabajai’, habla po’ hueon o queri´que te mate aquí mismo” quebrando el vidrio de la camioneta y obligando a la
Fallo
SE DECLARA: Código: XPKEXXXERXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I. Que, se condena a don JORGE LUIS HUENCHULLAN NAMONCURA, cédula de identidad N° 11.079.899-7, ya individualizado, como AUTOR, en grado de desarrollo CONSUMADO, por los hechos acaecidos el día 09 de marzo de 2023, en la comuna de Victoria, a las siguientes penas: a) Por el delito de ROBO CON VIOLENCIA, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso primero en relación con el artículo 433 y 439 del Código Penal, a las penas de: TRES (3) AÑOS Y 1 DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, COMISO de las especies incautadas, e inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, SIN COSTAS. b) Por el delito de INCENDIO, previsto y sancionado en el artículo 477 N° 1 del Código Penal, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, multa de un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, SIN COSTAS. II. Que, se sustituye al sentenciado Huenchullan Namoncura, el cumplimiento de las penas privativas de libertad impuestas, por la pena de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, esto es, 3 (tres) años y un (1) día + quinientos cuarenta y un (541) días, derivado de la suma de los dos deli
Texto Completo (Preview)
RUC : 2310012505-6 RIT : 139-2023 MATERIA : Robo con violencia Incendio del 477 N° 1 Código Penal IMPUTADO : Jorge Luis Huenchullan Namoncura RESOLUCIÓN : sentencia definitiva PROCEDIMIENTO : abreviado Victoria, veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro VISTO, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, ante este Juzgado de Garantía, el día 18 de junio de 2024, se desarrolló
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica