Juzgado de Garantía de Limache.

CARAB LIMACHE C/ JHON ESTEBAN RENDON MOLINA

Rol

O-297-2024

Fecha

24 de junio de 2024

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El día 24 de febrero del año 2024 alrededor de las 17 horas es la intersección de Avenida José Tomás Urmeneta con calle Serrano de la comuna Limache personal de carabineros fiscalizó al imputado John Esteban Rendón Molina ya que existía una denuncia previa de que el imputado estaría aportando un cuchillo en la vía pública con ese índice se le efectuó el control de identidad respectivo y se la encontró en la mochila que portaba un armamento corto punzante el tipo cuchillo carnicero sin que diera explicación razonable acerca del porte de dicha.” SENTENCIA: En Limache, veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 11 n° 6 y 9, 15 Nº1, 31, 50, 70 y 288 bis del Código Penal; artículos 388 y siguientes y 468 del Código Procesal Penal, se declara: I. Que, se CONDENA a JHON ESTEBAN RENDON MOLINA, CI 14875302-4, a sufrir la pena de multa de un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad como AUTOR del delito CONSUMADO de PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, perpetrado el día 28 de enero de 2024, en esta jurisdicción. II.- Que se le tiene por cumplida la pena con el tiempo que pasó privado de libertad en esta causa, equivalente a un día, sin que existan otros abonos. III.- Que, se decreta el comiso de las especies incautadas. IV.- Que, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. V.- El Registro Civil dará aplicación al art. 38 de la Ley N° 18.216. VI.- Téngase presente la renuncia a los plazos y recursos legales; sentencia firme. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese. RUC 2410009737-7 RIT 297 – 2024 DICTADA POR SERGIO BRUSTAVO MARTINEZ, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE LIMACHE Código: NNHXXXXQYKJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: NNHXXXXQYKJ Este do

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 11 n° 6 y 9, 15 Nº1, 31, 50, 70 y 288 bis del Código Penal; artículos 388 y siguientes y 468 del Código Procesal Penal, se declara: I. Que, se CONDENA a JHON ESTEBAN RENDON MOLINA, CI 14875302-4, a sufrir la pena de multa de un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad como AUTOR del delito CONSUMADO de PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, perpetrado el día 28 de enero de 2024, en esta jurisdicción. II.- Que se le tiene por cumplida la pena con el tiempo que pasó privado de libertad en esta causa, equivalente a un día, sin que existan otros abonos. III.- Que, se decreta el comiso de las especies incautadas. IV.- Que, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. V.- El Registro Civil dará aplicación al art. 38 de la Ley N° 18.216. VI.- Téngase presente la renuncia a los plazos y recursos legales; sentencia firme. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese. RUC 2410009737-7 RIT 297 – 2024 DICTADA POR SERGIO BRUSTAVO MARTINEZ, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE LIMACHE Código: NNHXXXXQYKJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: NNHXXXXQYKJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-24T14:17:13-0400

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PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO HECHOS: “El día 24 de febrero del año 2024 alrededor de las 17 horas es la intersección de Avenida José Tomás Urmeneta con calle Serrano de la comuna Limache personal de carabineros fiscalizó al imputado John Esteban Rendón Molina ya que existía una denuncia previa de que el imputado estaría aportando un cuchillo en la vía pública con ese índice se le efectuó el control

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