Juzgado de Letras y Garantía de Pucon.

MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ ABIGAID NOEMÍ GAJARDO CHACANO

Rol

O-1436-2023

Fecha

24 de junio de 2024

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: OIDOS LOS INTERVINIENTES Y

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que, CARLOS HOFFMANN FLANDES, Abogado, Fiscal del Ministerio Público de Pucón, domiciliado en Ansorena N° 260, Pucón, en Proceso Rol Único de Causa Nº 2310036191-4, RIT Nº 1436 - 2023, sobre el delito de TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4)., en representación del Ministerio Público formuló de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 407 del Código Procesal Penal presentó acusación, en contra de la imputada ABIGAID NOEMÍ GAJARDO CHACANO, cédula nacional de identidad N° 0018945580-1, domiciliada en Calle La Conquista Nº 2380, de la comuna de Conchalí, forma legal de notificación ARTICULO 29 CPP legalmente representada por el defensor penal privado don FERNANDO MARTINEZ, en los siguientes términos: I.- RELACIÓN DE LOS HECHOS Dentro del contexto de una investigación dirigida por la fiscalía local de Pucón en coordinación con personal OS-7 de Temuco, se tomó conocimiento que a través de la red social “GRINDR” se estaban vendiendo sustancias ilícitas en la comuna de Pucón, en virtud de lo anterior, y utilizando la figura del Agente Revelador, con fecha 1 de julio de 2023 alrededor de las 13:46 horas, un funcionario policial tomó contacto por la red social con una persona acordando la venta de droga frente al terminal de buses JAC de la comuna de Pucón. Así, alrededor de las 14:11 horas del mismo día, llegó el agente policial al lugar acordado ubicado en calle Palguín frente al Nº 640 de Pucón, donde se reunió con la acusada ABIGAID NOEMI GAJARDO CHACANO y después de un breve Código: EPXLXXZCPHJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl diálogo la acusada le vendió 7 bolsas contenedoras de una sustancia vegetal que al ser sometida a la prueba de campo arrojó coloración positiva ante la presencia de marihuana y un peso bruto de 7,45 gramos de la droga, en la suma de $40.000 dinero que previamente había sido fijado fotográficamente. Tras la venta, personal policial de apoyo procedió a la detención de la acusada y al practicarse el registro du su domicilio ubicado en calle El Esfuerzo Nº 15, interior, comuna de Pucón, se le incautaron en el interior de su dormitorio una bolsa de nylon contenedora de una sustancia vegetal que al ser sometida a la prueba de campo arrojó coloración positiva ante la presencia de marihuana y un peso bruto de 29,26 gramos de la droga, además de dos balanzas digitales y un teléfono celular. Practicado en análisis químico de la sustancia vendida por la acusada y de aquella encontrada en su domicilio, se determinó que se trataba de fragmentos de hojas, tallos y sumidades floridas de cannabis (elaborada) con presencia de principios activos (cannabinoides) de cannabis SP (cáñamo indiano o marihuana). La acusada mantenía la droga incautada para su venta y distribución al público, sin contar con autorización para su tenencia o distribución. II.- CALIFICACIÓN JURÍDICA Los hechos antes descritos configuran el delito de Tráfico ilícito de pequeñas cantid

Fallo

fallo se encuentre ejecutoriado. DECIMO CUARTO: Que, en relación a las costas, con la sujeción por parte de la acusada a las normas del procedimiento abreviado ha ahorrado al Estado el costo de un juicio oral, razón por la cual no se le condenará al pago de estas. En virtud de lo expuesto, normas citadas y lo dispuesto por los artículos 1, 3, 5, 7, 18, 21, 25, 26 y siguientes del Código Penal, y artículo 4° de la Ley 20.000.- artículos 248, 259, 260, 406 y siguientes Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que se condena a ABIGAID NOEMÍ GAJARDO CHACANO ya individualizada, como autora del delito de Tráfico ilícito de pequeñas cantidades de drogas, perpetrado en esta jurisdicción, el día 1 de julio de 2023, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, multa de media unidad tributaria mensual y al comiso de las especies incautadas por el Ministerio Público autorizando su destrucción o destinación según corresponda. II.- Que la pena corporal deberá ser cumplida en forma efectiva con abono del tiempo que ha permanecido privada de libertad por esta causa. III.- Que, se concede la facultad del artículo 70 del Código Penal, de pagar la multa impuesta en dos cuotas, desde que el fallo quede ejecutoriado y en el evento de no pagarlo íntegramente, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de r

Texto Completo (Preview)

RUC : 2310036191-4 RIT : 1436 - 2023 MATERIA : TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4). IMPUTADO : ABIGAID NOEMÍ GAJARDO CHACANO RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : ABREVIADO Pucón, veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS: OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que, CARLOS HOFFMANN FLANDES, Abogado, Fiscal del Ministerio Público de Pucón, domiciliado en Anso

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