INVERSIONES TRAFALGAR SPA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA
Rol
C-15189-2020
Fecha
15 de abril de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 05 de octubre de 2020, mediante presentaci n ingresada aó trav s de la Oficina Judicial Virtual, comparece don Juan Pablo Castroé Chaigneau, chileno, soltero, abogado, c dula de identidad N 17.959.553-2,é ° en representaci n de Inversiones Trafalgar SpA, sociedad del giro de suó denominaci n, rol nico tributario N 76.078.251-3, ambos con domicilioó ú ° para estos efectos en Cerro El Plomo N 5420, piso 19, oficina 1903,° comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana, quien interpone demandaó en juicio ordinario de menor cuant a de declaraci n de prescripci n deí ó ó acciones de cobro de patente municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, representada legalmente por su alcalde, don Crist bal Lira Ib ez, chileno, casado, ingeniero comercial, ambos conó áñ domicilio en Avenida El Rodeo N 12.777, comuna de Lo Barnechea,° Regi n Metropolitana. ó Funda su demanda en que con fecha 04 de agosto de 2020, la demandada procedi a emitir un certificado de Informe de Deuda de suó “ ” representada, y que acompa a junto con su presentaci n, en m rito del cualñ ó é se adeudar a a dicha municipalidad la suma total de $355.802.- porí concepto de patentes adeudadas, por el periodo comprendido entre el primer semestre de 2016 y el segundo semestre de 2020, seg n cuadro queú inserta junto con su presentaci n. ó Precisa que de la deuda total girada por la demandada, la cantidad total de $169.602.- proviene de periodos impagos que van desde el primer semestre de 2016 al segundo semestre de 2017, per odos prescritos deí conformidad a la ley, en particular, por lo dispuesto por el art culo 2521 delí C digo Civil. Indica que las referidas patentes se han hecho exigibles desdeó los periodos que indica en el recuadro inserto en su presentaci n, habiendoó transcurrido el plazo de la prescripci n extintiva de las acciones de cobroó judicial. Sostiene que procede se declare prescritas las acciones de cobro de las patentes comerciales correspondientes a dichos pe
Fundamentos
CONSIDERANDO: I.- EN CUANTO A LA DEMANDA PRINCIPAL: PRIMERO: Que, en autos comparece don Juan Pablo Castro Chaigneau, abogado, en representaci n de Inversiones Trafalgar SpAó , quien deduce acci n a fin de que se declare la prescripci n extintiva de lasó ó acciones de cobro de patentes comerciales en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, representada legalmente por don Crist baló Lira Ib ez, todos ya individualizados, basado en los fundamentos de hechoáñ y de derecho que ya fueron rese ados en la parte expositiva de estañ sentencia. RIT« » Foja: 1 SEGUNDO: Que, la demandada contestando la demanda dentro de plazo legal, se allan a la pretensi n de la parte demandante, respecto deló ó periodo comprendido entre el primer semestre de 2016 al segundo semestre de 2017, ambos incluidos. TERCERO: Que, seg n dispone el art culo 2492 del C digo Civil, laú í ó prescripci n es un modo de extinguir las acciones y derechos ajenos, por noó haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, concurriendo los dem s requisitos legales.á Que, as la prescripci n es la sanci n de ineficacia jur dica queí ó ó í extingue las acciones por no haberse ejercido stas durante cierto lapso deé tiempo y concurriendo los dem s requisitos legales, defini ndola el art culoá é í 2492 del C digo Civil. Agrega el art culo 2493 del mismo cuerpo legal, queó í qui n quiera aprovecharse de la prescripci n debe alegarla, no pudiendo uné ó juez declararla de oficio. Que, ya el art culo 2521 del C digo Civil establece que prescribení ó “ en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de lasñ Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos .” CUARTO: Que, el art culo 24 del Decreto Ley N 3063, de 1979,í º sobre Rentas Municipales, establece el pago de una patente que grava la actividad que se ejerce por un mismo contribuyente, en su local, oficina, establecimiento, kiosko o lugar, cuyo valor ser por doce meses, y seg n elá ú art culo 29 corresponde a la patente de doce meses comprendidos entre elí ° 1 de julio del a o de la declaraci n y el 30 de junio del a o siguiente, laº ñ ó ñ que se puede pagar al contado o en dos cuotas iguales, en la municipalidad respectiva, dentro de los meses de julio y enero de cada a o. ñ QUINTO: Que, con el fin de acreditar sus pretensiones el actor acompa al expediente electr nico como prueba instrumental, pertinenteñó ó para el asunto de marras, copia del informe de deuda emitido por la Direcci n de Administraci n y Finanzas de la Municipalidad de Loó ó Barnechea de fecha 04 de agosto de 2020. SEXTO: Que, por su parte, el demandado acompa a comoñ documento un informe de deuda, emitido por la Direcci n deó Administraci n y Finanzas de la Municipalidad de Lo Barnechea de fechaó 11 de marzo de 2021. S PTIMOÉ : Que valorada la prueba de conformidad a la ley, y no siendo objetada por la contraparte, se tiene que es efectivo que el demandante, adeuda patentes comerciales comprendidas en el periodo que va
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los art culos 1698,í 2492, 2493, 2514, 2515 y 2521 del C digo Civil; art culos 23 a 34 bis deló í D.L. N 3.063 Ley de Rentas Municipales; y art culos 144, 160, 170 y 254º í del C digo de Procedimiento Civil, se declara:ó I.- Que se acoge la demanda de fecha 05 de octubre de 2020, deducida por don Juan Pablo Castro Chaigneau, abogado, en representaci n de Inversiones Trafalgar SpAó en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, representada legalmente por don Crist baló Lira Ib ez, declar ndose prescritas las acciones para perseguir el pago de laáñ á patente comercial que grava a la actora, correspondiente a aquellas devengadas con fecha de vencimiento entre el 31 de enero de 2016 al 31 de julio de 2017, ambas fechas inclusive, las que equivalen a un monto de $184.566.-, la cual incluye los respectivos reajustes e intereses, seg nú certificado de deuda acompa ado por la demandada por ser m s actual; ñ á II.- Que se acoge la demanda reconvencional deducida por la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, representada legalmente por don Crist baló Lira Ib ez, en contra de Inversiones Trafalgar SpA, conden ndose a laáñ á demandante y demandada reconvencional a pagar la suma de $233.496.-, reajustes e intereses incluidos, por concepto de patentes comerciales devengadas entre el 31 de enero de 2018 y el 31 de enero de 2021, ambas fechas inclusive; III.- Que cada parte pagar sus costas. á Reg strese, notif quese y, en su oportu
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-15189-2020 CARATULADO : Inversiones Trafalgar SpA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA Santiago, quince de Abril de dos mil veintiuno VISTOS: Con fecha 05 de octubre de 2020, mediante presentaci n ingresada aó trav s de la Oficina Judicial Virtual, comparece don Juan Pablo Castroé C
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