1º Juzgado Civil de Viña del Mar

ROJAS/ROJAS

Rol

C-698-2021

Fecha

15 de abril de 2021

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que con fecha 25 de febrero de 2021 comparecen Alejandro Luis Rojas Echeverr aí , chileno, trabajador, C.I. N°5.779.059-8, domicilio en calle Oscar Cristi N°256, Achupallas, Vi a del Mar; ñ Danizza del Carmen Rojas Echeverr aí , labores, C.I. N°6.630.856-1, domiciliada en Diego Medellin N°215, Poblaci n Sol Naciente, Miraflores Alto, Vi a del Mar; ó ñ Elizabeth Elcira Rojas Echeverr aí , labores, C.I. N°7.717.294-7, domiciliada en calle Las Palmas N°45, Llay Llay; Hern n Am rico Rojas Echeverr a,á é í trabajador, C.I. N°5.991.909-1, calle Bellavista N°1520, Miraflores Alto, Vi a del Mar; yñ solicitan se cite a do a ñ Astrid del Carmen Rojas Echeverr aí , labores, C.I. Nº 7.713.269-4, domiciliada en calle Prat N°1388, esquina calle Seis, Miraflores Alto, Vi a del Mar, a la audiencia de designaci n de juez arbitro parañ ó proceder a la liquidaci n de la comunidad de bienes mantenida con ella. ó Fundan su solicitud se alando que al fallecimiento del padre de losñ solicitantes y solicitada don Hernan Rojas Salas, ocurrido el 1 de abril de 2005, sus hijos adquirieron la calidad de herederos y adquirieron por sucesi nó por causa de muerte: 1) Bien Ra z ubicado en Vi a del Mar , Achupallas, Sectorí ñ Empleados Particulares, Manzana Letra R, signado como lote Uno, actualmente Anita Lizana N°925, Empleados P blicos, Achupallas inscrito a fojas 1883ú vuelta N°2110 del Registro de Propiedad del a o 2018, en el Conservador deñ Bienes Ra ces de Vi a del Mar, Rol de Avaluo N°2193-7; y 2) Lote n meroí ñ ú Dos, ubicado en Cerro Miraflores, Poblaci n Nueva Miraflores, actualmente calleó Prat N°1388, Miraflores Alto, Vi a del Mar, inscrito a fojas 1883 N°2109ñ del Registro de Propiedad del a o 2018, en el Conservador de Bienes Ra ces deñ í Vi a del Mar, Rol de Aval o 504-8.ñ ú Agregan que su voluntad es no permanecer en indivisi n por lo queó procede que se nombre a un Juez Partidor, que ponga fin a esa comunidad de acuerdo a lo que indican en los art culos 1317 del C digo Civil y art culoí ó í 227 N°2 del C digo Org nico de Tribunales.ó á Segundo: Que, la parte solicitante acompa una serie de documentosñó que acreditan que se decret el divorcio del matrimonio que existi entre lasó ó partes y que el mismo ten a como r gimen patrimonial la sociedad conyugal, porí é ello al disolverse entre las partes existe una comunidad de bienes, cuya partici n,ó conforme lo dispone el art culo 227 N°1 del C digo Org nico de Tribunales debeí ó á ser conocida por un juez rbitro, por lo que la demanda aparece procedente. á Tercero: Que, en la audiencia de estilo, presente el apoderados de los demandanes y la demandada, las partes no arribaron a acuerdo en la designaci n del rbitro por la inasistencia de algunos, por lo que corresponde aló á tribunal la designaci n del juez rbitro, tal como prescribe el inciso 2 del art culoó á í 232 del C digo Org nico de Tribunales. ó á

Fallo

Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 227á í N°2 y siguientes del C digo Org nico de Tribunales y los art culos 414 yó á í siguientes del C digo de Procedimiento Civil, se declara: ó 1.- Que se nombra a don Cristobal Troncoso Rudloff, abogado, con domicilio en 6 Norte 829, Vi a del Mar ( tel fono 990949183 correoñ é ctroncosor@gmail.com), en calidad de juez rbitro de derecho, aá fin que practique la partici nó . Notif quese al rbitro designado a fin de que acepte del cargo y presteí á juramento, conforme a derecho. El juez rbitro tendr el plazo m ximo de dosá á á a os para evacuar su encargo, contado desde su aceptaci n.ñ ó 2.- P ngase en conocimiento de las partes para que dentro de tercero d aó í deduzcan su oposici n si tienen alguna incapacidad legal que reclamar contra eló nombrado, y vencido dicho plazo sin que se formule oposici n, se entenderó aceptado el nombramiento. 3.- Que cada una de las partes pagara sus costas. Reg strese electr nicamente, notif quese y arch vese, en su oportunidad.í ó í í Pronunciada por do a Gabriela Guajardo Aguilera, Jueza Titular delñ Primer Juzgado Civil de Vi a del Mar. ñ En Vi a del Marñ , a quince de Abril de dos mil veintiuno, dejo constancia que se di cumplimiento con lo dispuesto en el art culo 162 del C digo deó í ó Procedimiento Civil. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril

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FOJA: 17 .- diecisiete .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-698-2021 CARATULADO : ROJAS/ROJAS Vi a del Marñ , quince de Abril de dos mil veintiuno Visto y considerando: Primero: Que con fecha 25 de febrero de 2021 comparecen Alejandro Luis Rojas Echeverr aí , chileno, trabajador, C.I. N°5.779.059-8, domicilio en calle Oscar Cristi N°256, Achu

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