SALINAS/ARÉVALO
Rol
C-243-2021
Fecha
15 de abril de 2021
Materia
ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Al folio 01, comparece doña ALISON ODETTE SALINAS SOTO, domiciliada en calle Barros Arana N° 457, comuna de Quilleco, quién solicita se cite a una audiencia de designación de juez partidor a doña ALICIA ISABEL ARÉVALO ARÉVALO, domiciliada en calle Manuel Rodríguez S/N, colindante con Río Quilleco; a don ABRAHAN ARÉVALO ARÉVALO y a don ELÍAS ALEJANDRO ARÉVALO ARÉVALO, ambos domiciliados en Hijuela el Mañío, Sector La Hoyada, Duqueco, comuna de Quilleco. Sostiene que es comunera junto con los demandados según dan cuenta las inscripciones de fojas 1432 N° 1041 del año 2001, de fojas 6379 N° 4159 del año 2001 y de fojas 6882 N° 5911 del año 2020, todas pertenecientes al Registro de Propiedad a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, de una propiedad ubicada en el sector Villa Quilleco, de la comuna de Quilleco. Refiere que no existiendo acuerdo para terminar con la indivisión y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1317 y siguientes del Código Civil, solicita designar el juez partidor que liquide la comunidad. Al folio 10, se desarrolló la audiencia en ausencia de la citada. Al folio 12, se citó a las partes a oír sentencia. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Que dada la existencia de la comunidad respecto de la sucesión reseñada en la parte expositiva de la presente sentencia W (documentos del folio 01) y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 414, 416 y 646 del Código de Procedimiento Civil y 232 del Código Orgánico de Tribunales,
Fallo
se declara: I. Que se acoge la demanda del folio 01. II. Que, en consecuencia, nómbrese como Juez Partidor al abogado don Raúl Garretón Romero, domiciliado en calle Valdivia N° 300, oficina 801, Los Ángeles, para que proceda a liquidar la comunidad de bienes existente entre las partes, específicamente lo que diga relación con el inmueble individualizado en la presentación. III. Póngase el nombramiento en conocimiento de los interesados, para que dentro de tercero día deduzcan oposición si tienen alguna incapacidad legal para reclamar en contra del nombrado. IV. Ejecutoriada esta sentencia notifíquese al Juez designado para que acepte el cargo y proceda a su desempeño. V. Notifíquese por cédula a los demandados, lo que se ordena en uso de la facultad que me confiere el artículo 48 inciso final, última parte, del Código de Procedimiento Civil. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Los Angeles, quince de Abril de dos mil veintiuno. W Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 202
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NOMENCLATURA: 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Los Angeles CAUSA ROL : C-243-2021 CARATULADO : SALINAS/ARÉVALO Los Angeles, quince de Abril de dos mil veintiuno Visto: Al folio 01, comparece doña ALISON ODETTE SALINAS SOTO, domiciliada en calle Barros Arana N° 457, comuna de Quilleco, quién solicita se cite a una audiencia de designación de juez partidor a doña ALICIA ISABEL ARÉV
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