Juzgado de Garantía de Arica.

JUAN CARLOS GONZALEZ BARRAZA C/ AUGUSTO FUENTES CALDERON

Rol

O-6381-2023

Fecha

22 de junio de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos: “El día 21 de septiembre en 2023, en horas de la tarde, en el Mall Plaza Arica, ubicado en Diego Portales N° 640, específicamente en el patio de comida, frente al restaurante KFC, el requerido AUGUSTO CALDERON FUENTES, ve una cartera color beige marca Michael Kors que se encontraba en el respaldo de una silla y ante un descuido de la víctima Peirina Guajardo Corbane procede a apropiarse de ella con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueña, sacándola de la silla y llevándola con él. La víctima se da cuenta que su cartera no se encontraba donde ella la había dejado, por lo que comenzó a buscarla percatándose que a unos metros del lugar en donde se encontraba el requerido con la cartera, procediendo a pedir ayuda, siendo retenido por el guardia de seguridad hasta la llegada de carabineros. Al interior de la cartera Michel Kors se encontraba un iphone 12 color negro, 01 porta documentos color negro con documentación de la víctima, 01 cosmetiquero rosado y 01 par de lentes de sol marca Prada, las especies fueron avaluadas en la suma total de $ 1.000.000.” Código: RKSSXXDBLTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de hurto simple, previsto en el artículo 446 N° 2 del Código Penal. Se atribuye al requerido la calidad de autor, siendo el grado de desarrollo del delito frustrado. Consulta de admisión: El imputado admite responsabilidad en los hechos del requerimiento. Sentencia. Arica, veintidós de junio de dos mil veinticuatro. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo presente lo establecido en los artículos 1, 3, 7, 11 Nos. 6 y 9, 14, 15 No.1, 24, 25, 30, 49, 67, 70 y 446 No. 2 del Código Penal; 4, 5 y 38 de la Ley 18.216; y 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se decl

Fallo

se declara: I.- Que se condena a AUGUSTO FUENTES CALDERON, cédula de identidad N° 14.849.814-8, ya individualizado, a las penas de veintiún días de prisión en su grado medio, multa de dos tercios de unidad tributaria mensual, y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas, como autor del delito frustrado de hurto simple, previsto y sancionado por el artículo 446 No. 2 del Código Penal, ocurrido en Arica el 21 de septiembre en 2023. II.- Que se sustituye la pena privativa de libertad por la de remisión condicional, consistente en firmas mensuales durante un año en el Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile. Se advierte al sentenciado que el incumplimiento grave o reiterado de la pena sustitutiva o la comisión de un nuevo delito, significará la intensificación o revocación de la misma, ordenándose su cumplimiento efectivo. Para el cumplimiento de la pena sustitutiva, el sentenciado deberá presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Iquique, en un plazo de cinco días. III.- Que la multa se tiene por cumplida con el tiempo que el sentenciado permaneció privado de libertad con motivo de la presente causa, en conformidad al artículo 49 del Código Penal. Regístrese y cúmplase lo dispuesto en los artículos 468 del Código Procesal Penal y 38 de la Ley 18.216. Téngase presente que los intervinientes renuncian a los plazos para deducir recursos contra la sentencia, por lo que se entiende ejecutoriada. Déjese sin

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ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, veintidós de junio de dos mil veinticuatro Magistrado JOSE RODRIGO URRUTIA MOLINA Fiscal CLAUDIA TOLEDO RAMOS Defensor WLADIMIR ROBLES SANTOS Tipo de Audiencia Control de la detención Hora inicio 13:47 Hora termino 13:56 Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica Registro de audio 2301024819-1-992-240622-00-12 - CDET RUM ACG RIT 6381 23 Acta ACG RUC 2301024819-1 RI

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