ZAMORANO/CLÍNICA LAS CONDES S.A.
Rol
O-35-2022
Fecha
14 de junio de 2022
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
antecedentes de hecho y de derecho que pasa a exponer a continuación: Indica que comenzó a trabajar desde el 22 de enero de 2015 en el área de esterilización de la demandada, su jornada laboral se distribuía en turnos rotativos, los cuales incluía el trabajo los domingos, su remuneración era variable, el cual se conformaba por un sueldo base, gratificación mensual, movilización, horas extraordinarias, bonos, entre otras prestaciones. Con fecha 2 de noviembre de 2021, mediante una reunión general con todo el departamento de esterilización de la Clínica Las Condes, se les hizo saber por el encargado de recursos humanos que todo el departamento había sido despedido, y que las cartas de despidos ya las habían mandado el viernes pasado (por el 29 de octubre de 2021) y que era por necesidades de la empresa. En esa misma reunión les indican que la clínica había tomado la decisión de externalizar el servicio a través de una sociedad cuya razón social es Insumos y Servicios Médicos SpA, pero que en realidad seguirían todos trabajando al interior de la clínica desarrollando exactamente las mismas funciones y mismo trabajo, y que debíamos pasar por fuera a firmar las ofertas de trabajo y que en unos días les darían el contrato de trabajo correspondiente por esta nueva sociedad. Obviamente esta situación causo revuelo inmediato, ya que obviamente tanto de la forma en que se comunicó, sus despidos, como también el trasfondo de la situación que evidenciaba que realmente no se estaban terminando los contratos por una real necesidad de la empresa sino que se mostraba que lo que se estaba buscando por la clínica era básicamente despojarnos de todos los beneficios que se habían logrado a través de los años por negociaciones con la empresa, manteniéndonos en los mismos puestos de trabajo, pero ahora a través de una empresa externa, prestando exactamente los mismos servicios. Tan burda fue la situación de esta supuesta separación por la causal de necesidad de la empresa, que varios de
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece doña YASSNA ZAMORANO ZAMORA, técnico en enfermería, cédula de identidad nacional número 17333672-1, con domicilio en Avenida Macul 3700 depto. 2105 A, Macul, región Metropolitana quien deduce demanda en procedimiento de aplicación general en contra de su ex empleador, la sociedad CLÍNICA LAS CONDES S.A., sociedad del giro de su denominación, representada por su gerente general JERÓNIMO GARCÍA BACCHIEGA, ignora profesión u oficio, ambos con domicilio en calle ESTORIL 450, COMUNA DE LAS CONDES, Región Metropolitana, esto por los antecedentes de hecho y de derecho que pasa a exponer a continuación: Indica que comenzó a trabajar desde el 22 de enero de 2015 en el área de esterilización de la demandada, su jornada laboral se distribuía en turnos rotativos, los cuales incluía el trabajo los domingos, su remuneración era variable, el cual se conformaba por un sueldo base, gratificación mensual, movilización, horas extraordinarias, bonos, entre otras prestaciones. Con fecha 2 de noviembre de 2021, mediante una reunión general con todo el departamento de esterilización de la Clínica Las Condes, se les hizo saber por el encargado de recursos humanos que todo el departamento había sido despedido, y que las cartas de despidos ya las habían mandado el viernes pasado (por el 29 de octubre de 2021) y que era por necesidades de la empresa. En esa misma reunión les indican que la clínica había tomado la decisión de externalizar el servicio a través de una sociedad cuya razón social es Insumos y Servicios Médicos SpA, pero que en realidad seguirían todos trabajando al interior de la clínica desarrollando exactamente las mismas funciones y mismo trabajo, y que debíamos pasar por fuera a firmar las ofertas de trabajo y que en unos días les darían el contrato de trabajo correspondiente por esta nueva sociedad. Obviamente esta situación causo revuelo inmediato, ya que obviamente tanto de la forma en que se comunicó, sus despidos, como también el trasfondo de la situación que evidenciaba que realmente no se estaban terminando los contratos por una real necesidad de la empresa sino que se mostraba que lo que se estaba buscando por la clínica era básicamente despojarnos de todos los beneficios que se habían logrado a través de los años por negociaciones con la empresa, manteniéndonos en los mismos puestos de trabajo, pero ahora a través de una empresa externa, prestando exactamente los mismos servicios. Tan burda fue la situación de esta supuesta separación por la causal de necesidad de la empresa, que varios de sus compañeros aceptaron este nuevo empleador, haciendo entrega de la credencial de la clínica, pero yendo a trabajar nuevamente al mismo puesto de trabajo que estaba realizando ese mismo día antes de la reunión informativa, o sea, hubo continuidad laboral inmediata sin que existiere realmente por parte de la clínica Las Condes de una separación efectiva de los trabajadores de su puesto de trabajo. En efecto, la clínica Las
Fallo
fallo de unificación rol 27.722-2019 de fecha 9 de abril de 2021. Concluye solicitando tener por interpuesta demanda en procedimiento de aplicación general, en contra su ex empleador CLÍNICA LAS CONDES S.A., sociedad ya individualizada, pidiendo que se declare: 1) Que su despido de fecha 2 de noviembre de 2021, ha sido injustificado, ilegal e improcedente; 2) Que la demandada sea condenada al pago de las prestaciones de: a) Aumento del artículo 168 del Código del Trabajo: $1.797.398 b) rembolso del pago aporte empleador al AFC, por la suma de $1.038.499, esto conforme al desglose indicado o bien lo que se determine conforme lo que estime pertinente según el mérito de la prueba y de los antecedentes que se incorporen a la causa, todo lo anterior, con reajustes, intereses de los articulo 63 y 173 del Código del Trabajo, y con expresa condena en costas. SEGUNDO: Que, comparece ALFREDO VALDÉS RODRÍGUEZ, abogado, por la demandada CLÍNICA LAS CONDES S.A, quien contesta la demanda por despido improcedente y cobro de prestaciones interpuesta, solicitando que sea rechazada en todas sus partes, con costas, en consideración a los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que a continuación expone: Primeramente señala que controvierte todos los hechos contenidos en la demanda, salvo aquellos que expresamente se reconozcan. Sostiene la demandante que prestó servicios para CLÍNICA LAS CONDES desde el 22 de enero de 2015, que se desempeñaba en el área de esterilización de la Clínica
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, catorce de junio de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece doña YASSNA ZAMORANO ZAMORA, técnico en enfermería, cédula de identidad nacional número 17333672-1, con domicilio en Avenida Macul 3700 depto. 2105 A, Macul, región Metropolitana quien deduce demanda en procedimiento de aplicación general en contra de
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