MP C/ MICHAEL ANDRÉS ARIAS FUENTEALBA
Rol
O-44-2024
Fecha
22 de junio de 2024
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. El 17 de junio del presente año, ante los jueces Christian Leyton Serrano, como juez presidente, Scarlet Quiroga Jara, como jueza integrante, y Patricio Troncoso González, como juez redactor, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en la causa RIT Nº 44- 2024, seguida en contra de MICHAEL ANDRÉS ARIAS FUENTEALBA, cédula de identidad 17.171.910-0, nacido el día 2 de septiembre de 1984 en Linares, 39 años de edad, soltero, educación media completa, maestro conero, domiciliado en población Emilio Gidi, pasaje el Morro N° 736 Linares, por dos delitos de robo con fuerza en lugar habitado. Fue parte acusadora en este juicio el Ministerio Público, representado por Paulina Salazar Hernández, mientras que la defensa del acusado estuvo a cargo del defensor público Francisco Flores Whipple, ambos con domicilios y formas de notificación registradas previamente en el tribunal. SEGUNDO: Acusación. El ente persecutor fundó la acusación formulada en contra del imputado en los siguientes hechos: El día 7 de agosto de 2023, aproximadamente a las 10:20 horas, el acusado Michael Andrés Arias Fuentealba procede a ingresar por medio del escalamiento, saltando el cierre perimetral de la casa habitación ubicada en Avenida Presidente Ibáñez N° 1453, de la comuna de Linares, para una vez en el interior romper una ventana de dicho domicilio y también forzarla, fracturando la puerta de la cocina del mismo, para luego una vez en el interior de la casa Código: JNSKXXXXXQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl propiamente tal recorrer dicho domicilio, para, con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, sustraer diversas especies, entre ellas un equipo de música marca Sony de color negro, una estufa a gas pequeña de color negro, un cilindro de gas de 15 kilos marca Abastible nuevo, un cilindro de gas de 11 kilos marca Abastible vacío, una encimera nueva, no se recuerda la marca, un horno eléctrico de color negro, un hervidor de color blanco, 20 botellas de licor de distintos tipos, diferentes tipos de herramientas manuales, distintas prendas de vestir, 2 gatas de vehículo de color negro, 1 piso plástico de color naranjo, 1 botella de vino Santa Rita, 1 botella de aceite de oliva, diferentes tipos de cosméticos, todas las especies avaluadas por la víctima en la suma superior a $ 1.000.000 de pesos, especies que fueron sustraídas desde diversas dependencias que fueron recorridas por parte del imputado. Posteriormente, luego de esto, procede a saltar el muro perimetral interno que divide esta casa habitación con el domicilio ubicado en Avenida Presidente Ibáñez N° 85, de la comuna de Linares, para una vez desde este domicilio, específicamente desde el patio del mismo, procedió a sustraer un cilindro de gas, una escalera, y distintos tipos de herramientas, luego de lo cual el acusado vuelve al primer domicilio, traspasando nuevamente el cierre perimetral entr
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N°6, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 24, 25, 26, 28, 50, 70, 74, 432, 440 N°1, 449 del Código Penal; los artículos 1, 45, 46, 47, 281, 295, 296, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I. Que se condena a MICHAEL ANDRÉS ARIAS FUENTEALBA ya individualizado, como autor del delito de DOS DELITOS DE ROBO CON FUERZA EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 440 N° 1 en relación con lo dispuesto en el artículo 432 del Código Penal, ambos en grado consumado, cometidos el día 7 de agosto de 2023, aproximadamente a las 10:20 horas aproximadamente, en los domicilios Nº 85 y 1453, ubicados en Avenida Presidente Ibáñez, comuna de Santiago, a sufrir DOS PENAS de CINCO AÑOS Y UN DÍA de presidio mayor en su grado mínimo; y a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. En atención a que en la especie no se reúnen los requisitos de la Ley 18.216, sobre medidas alternativas a la pena privativa de la libertad, no se concede al sentenciado ninguna de las penas alternativas establecidas en esa ley, debiendo ser cumplida de forma efectiva, y sirviéndole de abono los 321 días de privación de libertad, mencionados en el considerando décimo séptimo. II. Que se exime al sentenciado de su obligación de pagar
Texto Completo (Preview)
PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL LINARES CONTRA : MICHAEL ANDRÉS ARIAS FUENTEALBA. DELITO : ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACIÓN. R. U. C. : N° 2300850822-4 R. I. T. : N° 44-2024 Linares, veintidós de junio de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. El 17 de junio del presente año, ante los jueces Christian Leyton Serrano, c
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