ANONIMIZADO
Rol
F-364-2022
Fecha
25 de septiembre de 2023
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO YCONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el artículo 98 de la ley 19.968, en su inciso primero, obliga al Tribunal a dictar una resolución declarando el cumplimiento satisfactorio de las condiciones impuestas, ordenando, asimismo, el archivo de los antecedentes; y, se dispondrá la omisión, en el certifi- cado respectivo de la inscripción practicada. SEGUNDO: Que, en la presente causa, revisado el sistema informático del Tribunal no se registran nuevas denuncias o demandas por actos de violencia intrafamiliar. TERCERO: Que, asimismo, del mérito de...
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TRIBUNAL DE FAMILIA DE TOMÉ Maipú N°1080, interior, Tomé - Fono (41) 2658975 Correo electrónico jftome@pjud.cl Tomé, veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés. VISTO YCONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el artículo 98 de la ley 19.968, en su inciso primero, obliga al Tribunal a dictar una resolución declarando el cumplimiento satisfactorio de las condiciones impuestas, ordenando, asimismo, el archiv
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