MP C/ SERGIO ANTONIO BECERRA VERGARA
Rol
O-2440-2020
Fecha
21 de junio de 2024
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 18 de septiembre de 2020 siendo entre las 11:00 y 12:00 horas del día, en circunstancias que la víctima José Luis Cabrera Mardones se encontraba en su domicilio ubicado en Pasaje Isaías 179 Boca Sur, comuna de San Pedro de la Paz, a raíz de una discusión recibió golpe de pie y puño en su espalda y cabeza por parte del imputado SERGIO ANTONIO BECERRA VERGARA causándole lesiones clínicamente leves consistente en un traumatismo lumbar y auricular izquierdo. Asimismo procedió el imputado a amenazarlo seria y verosímil manifestado “TE VOY A ACUCHILLAR, TE VOY A MATAR, TE VOY A DESCUARTIZAR CON UN CUCHILLO Y NO TE VOY DEJAR TRANQUILO HASTA QUE CUMPLA LO PROMETIDO CONCHETUMADRE”, temiendo la victima por su integridad. IMPUTADO ADMITE RESPONSABILIDAD. Código: XFYFXXGZDJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SENTENCIA RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 2010049540-7 2440-2020 CAUSA.: R.U.C=2010049540-7 R.U.I.=2440-2020 Fecha de deliberación 2024/06/21 Juez redactor MARIANNE SCHUCK DANNENBERG RELACIONES.: BECERRA VERGARA SERGIO ANTONIO / AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES A Resultado Condenado. Procedimiento Simplificado. La presente acta solo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo solo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro de audio 2010049540-7-1075 PARTE RESOLUTIVA DE LA SENTENCIA San Pedro de la Paz, veintiuno de junio de dos mil veinticuatro. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11N°9, 14, 50, 296N°3 del Código Penal, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 4 y siguientes de la Ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a don SERGIO ANTONIO BECERRA VERGARA, cédula nacional de identidad N° 15.491.933-3, ya individualizado, como autor del delito AME
Fallo
se declara: I.- Que se condena a don SERGIO ANTONIO BECERRA VERGARA, cédula nacional de identidad N° 15.491.933-3, ya individualizado, como autor del delito AMENAZAS descrito y sancionado en el artículo 296N°3 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido el día 18 de septiembre de 2020, en la comuna de San Pedro de la Paz a las siguientes penas: 1. SESENTA Y UN (61) DÍAS de presidio menor en su grado mínimo. 2. Accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Código: XFYFXXGZDJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3. Que no se condena en costas por haber admitido responsabilidad en estos hechos y evitado la realización de un juicio al Estado y los gastos que ello implica. II. Que cumpliéndose en la especie los requisitos artículo 4° de la ley 18.216 modificada por la ley 20.603, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena sustitutiva de REMISIÓN CONDICIONAL debiendo el sentenciado permanecer bajo la sujeción y vigilancia de la sección correspondiente Gendarmería de Chile por el lapso de UN AÑO y cumplir con las demás exigencias artículo 5° de la citada ley, debiendo el sentenciado presentarse con su cédula de identidad en la Sección De Tratamiento Del Medio Libre ubicada en calle Barros Arana N° 323 de Concepción dentro del quinto día de ejecutoriada la sentencia, esto es el día 05 de julio de 2024 entre la
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AUDIENCIA DE CONTROL DE LA DETENCIÓN. Fecha San Pedro de la Paz., veintiuno de junio de dos mil veinticuatro Magistrado MARIANNE SCHUCK DANNENBERG Fiscal Andrea Melo Sanhueza Defensor Alexis Aravena Valenzuela Imputado SERGIO ANTONIO BECERRA VERGARA, cédula de identidad N°15.491.933-3, domiciliado en calle 2 casa N°79 Los Altos de Chiguayante, yesero, 41 años. Delito Amenazas simples Hora inicio
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