C/ GONZALO EUSEBIO TOBOSQUE PRADENAS
Rol
O-339-2022
Fecha
21 de junio de 2024
Materia
APREMIOS ILEGÍTIMOS COMETIDOS POR EMPLEADOS PÚBLICOS., TORTURAS COMETIDAS P/FUNCIONARIOS PUBL.(ART. 150, A INC 1°)
Resultado
No especificado
Hechos
hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación del Ministerio Público y de la acusación particular contenida en el auto de apertura del juicio oral proveniente del Juzgado de Garantía de Concepción de fecha de octubre de , son los siguientes: Código: XZVPXXQCZHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl “El día 12 de noviembre de 2019, alrededor de las 15:25 horas, los imputados Héctor Pinto Peña, Antonio Alejandro Vera Izquierdo y Gonzalo Tobosque Pradenas, funcionarios de Carabineros de Chile, abusando de su cargo y funciones, en el ejercicio de sus funciones aplicaron y consintieron que se aplicaran apremias ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes a la víctima don Matías Conejeros Cid. En efecto, dicho día y hora, la víctima, estudiante de Kinesiología de la Universidad Andrés Bello, vestía traje clínico indicando su nombre, carrera y universidad, brazalete de la Cruz Roja, llevaba puesta una mascarilla para gases, llevaba también una mochila que contenía insumos de primeros auxilios, y apoyaba como brigadista de salud a los diversos manifestantes que se encontraban en el lugar, a quienes prestaba primeros auxilios, y mientras iba caminando junto a otro compañero por calle O'Higgins, entre Colo Colo y Castellón, en Concepción, se encuentra con un contingente de Carabineros de Chile que comienzan a disparar bombas lacrimógenas y escopetas, ante lo cual Matías Conejeros levanta sus brazos y les muestra su brazalete de la Cruz Roja, diciéndoles que eran voluntarios brigadistas, que estaban para ayudar a la gente, incluso a ellos, refugiándose detrás de un kiosko que hay en el lugar, donde llegan 3 funcionarios de Carabineros de Chile, siendo uno de ellos el Cabo 1° Héctor Pinto Peña quien toma a la víctima fuertemente del cuello, le quita su mascarilla, lo tira al suelo, procediendo a detenerlo por una supuesta amenaza de muerte que la víctima habría preferido en su contra, par
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en este Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Concepción integrado por las juezas titulares Antonella Franchesca Farfarello Galletti, presidente de la sala, Karina Gema Mihovilovic Gutiérrez, en calidad de integrante y Claudia Andrea Vásquez Guíñez, en calidad de redactora, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en causa RIT 339- , RUC 9 - , seguida contra GONZALO EUSEBIO TOBOSQUE PRADENAS, cédula de identidad N° - , fecha de nacimiento de diciembre de 96 , 6 años de edad, casado, jubilado de Carabineros, Suboficial Mayor en la Octava Zona de Carabineros, jefe de seguridad del Gobierno Regional, con domicilio en Abdon Cifuentes N° pasaje casa Lomas de Bellavista, Concepción y en contra de HÉCTOR FELIPE PINTO PEÑA, cédula de identidad N° 6 99 - , fecha de nacimiento 3 de diciembre de 9 , 3 años de edad, casado, Sargento ° de Carabineros de la Primera Comisaria de Concepción, con domicilio en Calle Salas Nº3 9, Concepción. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por el Fiscal Nelson Mauricio Vigueras Caamaño, la parte querellante representada por el abogado Miguel Humberto Vargas Palma y la defensa de los acusados estuvo a cargo del defensor penal público Claudio Antonio Vigueras Smith. Los intervinientes letrados, fijaron su domicilio y forma de notificación en forma previa, en el Tribunal. SEGUNDO: Que, los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación del Ministerio Público y de la acusación particular contenida en el auto de apertura del juicio oral proveniente del Juzgado de Garantía de Concepción de fecha de octubre de , son los siguientes: Código: XZVPXXQCZHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl “El día 12 de noviembre de 2019, alrededor de las 15:25 horas, los imputados Héctor Pinto Peña, Antonio Alejandro Vera Izquierdo y Gonzalo Tobosque Pradenas, funcionarios de Carabineros de Chile, abusando de su cargo y funciones, en el ejercicio de sus funciones aplicaron y consintieron que se aplicaran apremias ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes a la víctima don Matías Conejeros Cid. En efecto, dicho día y hora, la víctima, estudiante de Kinesiología de la Universidad Andrés Bello, vestía traje clínico indicando su nombre, carrera y universidad, brazalete de la Cruz Roja, llevaba puesta una mascarilla para gases, llevaba también una mochila que contenía insumos de primeros auxilios, y apoyaba como brigadista de salud a los diversos manifestantes que se encontraban en el lugar, a quienes prestaba primeros auxilios, y mientras iba caminando junto a otro compañero por calle O'Higgins, entre Colo Colo y Castellón, en Concepción, se encuentra con un contingente de Carabineros de Chile que comienzan a disparar bombas lacrimógenas y escopetas, ante lo cual Matías Conejeros levanta sus brazos y les muestra su brazalete de la Cruz Roja, diciéndoles que eran voluntarios brigadistas, que estaban para ayudar
Fallo
por estas razones no acreditándose los delitos se pide la absolución de ambas acusaciones en su contra. SEXTO: Que, los acusados en la oportunidad procesal correspondiente prevista en el artículo 3 6 del Código Procesal Penal procedieron a prestar declaración: - HÉCTOR FELIPE PINTO PEÑA, señaló que el día de noviembre de 9 se encontraba en la Escuela de Suboficiales cursando para Sub Oficial Mayor y debido a la conmoción existente en el país desde el de octubre en adelante el día de noviembre le dieron de servicio cubrir la Octava Zona de Carabineros Bio Bio donde se mantiene la jefatura desde las : y : horas, ese día hubo una marcha grande donde participaron varias agrupaciones por el descontento que se estaba llevando en el país a nivel nacional, unas pacíficas y otras muy violentas en las que les toco participar, porque la octava zona fue atacada violentamente hacia el personal policial y piquetes que se encontraba en el lugar funcionarios de todas las unidades, hubieron muchos Carabineros lesionados, antes de la detención, producto de los objetos contundentes lanzados al personal policial la marcha fue muy violenta pidieron auxilio a COP que disuelve la marcha con elementos autorizados para tales efectos, y poder zafar momentáneamente de las agresiones de este grupo de personas, bombas molotov, alrededor de las : aproximadamente se saca el piquete desde la Octava Zona haciendo el barrido de limpieza de la Avda O’Higgins, él más atrás del piquete sacando lo que iba quedan
Texto Completo (Preview)
Concepción, veintiuno de junio de dos mil veinticuatro. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en este Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Concepción integrado por las juezas titulares Antonella Franchesca Farfarello Galletti, presidente de la sala, Karina Gema Mihovilovic Gutiérrez, en calidad de integrante y Claudia Andrea Vásquez Guíñez, en calidad de redactora, se llevó a efecto la audi
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