6º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

JORGE SAN JUAN TOLEDO C/ DYANGO STEVEN MONTECINO IBÁÑEZ

Rol

O-497-2022

Fecha

21 de junio de 2024

Materia

CONDUC.BAJO INFLUEN DEL ALCOHOL CON O SIN DAÑOS O LES.LEVES., NO DAR CUENTA DE ACCIDENTE DE TRANSITOART. 195LEY DE TRA.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos de la acusación. Que los hechos materia del debate fueron los siguientes: “El día de Enero de , a las : horas aproximadamente, el requerido DYANGO STEVEN MONTECINO IBAÑEZ, conducía la retroexcavadora marca JBC, placa patente única FYLX- 8, en manifiesto estado de ebriedad y sin atender a las condiciones del tránsito, instante en que al llegar a la intersección de calle Departamental con calle Haydn, de la comuna de San Joaquín, colisiona al vehículo Chevrolet, placa patente única TU-553 , conducido por la victima JORGE SAN JUAN TOLEDO, a raíz de lo cual dicho vehículo resulto con diversos daños en su estructura. Además de lo anterior una ocupante del vehículo de la víctima, identificada como: INES BRIONES ESCALON; resultó con “contusión glútea derecha”, calificada como lesión de carácter leve, según señala Dato de Atención de Urgencia N° 8 89, emitido por el Sapu Villa O´Higgins Luego del hecho referido precedentemente, el acusado DYANGO STEVEN MONTECINO IBAÑEZ, pese haber tenido conocimiento del hecho, no detuvo su marcha, siguiendo su conducción, no prestó la ayuda posible como tampoco dio cuenta del hecho a la Código: XEESXXWTQXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl autoridad pública, para acto seguido, darse a la fuga en dirección desconocida; siendo posteriormente detenido por personal de Carabineros de Chile en la intersección de calle Gerónimo de Alderete con Avenida México, comuna de La Florida. En virtud de lo anterior personal de Carabineros de Chile al fiscalizar al acusado se percató que conducía en manifiesto estado de ebriedad, debido a su rostro congestionado, fuerte hálito alcohólico, inestabilidad al caminar e incoherencia al hablar; en virtud de lo anterior personal de Carabineros de Chile, procede a realizarle la prueba respiratoria Alcotest, la cual dio como resultado de , g/l de alcohol en su sangre, arrojando la muestra de sangre extraída para la práctica del examen de alc

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Intervinientes. Que, el día diecisiete de junio del año en curso, en la Sala de este Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por don Hugo Espinoza Castillo, quien presidió la audiencia y por los magistrados doña Paola Orellana Torres como redactora y don Heber Rocco Martínez como integrante, se llevó a efecto el juicio oral en esta causa RIT N° - , RUC N° - , para conocer de la acusación deducida por el Ministerio Público en contra de DYANGO STEVEN MONTECINO IBAÑEZ, cédula de identidad N° - , nacido en Linares el 9 de noviembre de 988, de 35 años, casado, operador de retroexcavadora, domiciliado en Del Prado N° 99 , casa , comuna de San Bernardo, legalmente representado por el defensor penal público Rodrigo Codoceo Hernández; también con la presencia del Fiscal Patricio Pérez Rojas. SEGUNDO: Hechos de la acusación. Que los hechos materia del debate fueron los siguientes: “El día de Enero de , a las : horas aproximadamente, el requerido DYANGO STEVEN MONTECINO IBAÑEZ, conducía la retroexcavadora marca JBC, placa patente única FYLX- 8, en manifiesto estado de ebriedad y sin atender a las condiciones del tránsito, instante en que al llegar a la intersección de calle Departamental con calle Haydn, de la comuna de San Joaquín, colisiona al vehículo Chevrolet, placa patente única TU-553 , conducido por la victima JORGE SAN JUAN TOLEDO, a raíz de lo cual dicho vehículo resulto con diversos daños en su estructura. Además de lo anterior una ocupante del vehículo de la víctima, identificada como: INES BRIONES ESCALON; resultó con “contusión glútea derecha”, calificada como lesión de carácter leve, según señala Dato de Atención de Urgencia N° 8 89, emitido por el Sapu Villa O´Higgins Luego del hecho referido precedentemente, el acusado DYANGO STEVEN MONTECINO IBAÑEZ, pese haber tenido conocimiento del hecho, no detuvo su marcha, siguiendo su conducción, no prestó la ayuda posible como tampoco dio cuenta del hecho a la Código: XEESXXWTQXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl autoridad pública, para acto seguido, darse a la fuga en dirección desconocida; siendo posteriormente detenido por personal de Carabineros de Chile en la intersección de calle Gerónimo de Alderete con Avenida México, comuna de La Florida. En virtud de lo anterior personal de Carabineros de Chile al fiscalizar al acusado se percató que conducía en manifiesto estado de ebriedad, debido a su rostro congestionado, fuerte hálito alcohólico, inestabilidad al caminar e incoherencia al hablar; en virtud de lo anterior personal de Carabineros de Chile, procede a realizarle la prueba respiratoria Alcotest, la cual dio como resultado de , g/l de alcohol en su sangre, arrojando la muestra de sangre extraída para la práctica del examen de alcoholemia una dosificación de alcohol al momento de los hechos superior a ,8 gramos por mil de alcohol en la sangre ” A juicio del Ministerio Público

Fallo

por tanto, no configura el delito de manejo en estado de ebriedad, sino que más bien el delito de conducción bajo la influencia del alcohol y solicita desde ya la absolución por falta de congruencia. Respecto del segundo hecho, las alegaciones se harán de acuerdo a la prueba que se rinda. Su defendido prestará declaración, dirá que detuvo la marcha, prestó auxilio, Carabineros no llegó con la rapidez suficiente, pero él esperó la presencia policial. Es la primera vez que su defendido se encuentra en esta instancia. En su clausura, la defensa pide la absolución por el delito de conducción en estado de ebriedad. Por seguridad jurídica el delito de manejo en estado de ebriedad se acredita con la prueba de sangre, la alcoholemia, el legislador no establece que se pueda acreditar con testigos y el resultado de la prueba no da para establecer que estaba conduciendo en estado de ebriedad y por congruencia pedirá su absolución. No es responsabilidad de su defendido que Carabineros no haya arribado al lugar de inmediato, o que no lo haya trasladado de inmediato al Código: XEESXXWTQXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl centro asistencial, no se negó a la prueba respiratoria y el resultado de la alcoholemia no da el estándar que exige la ley y por ende solicita su absolución. Respecto del segundo delito, hará las alegaciones las hará en la etapa procesal que corresponda. QUINTO: Convenciones. Que las partes no acordar

Texto Completo (Preview)

R. I. T. N° - R. U. C. N° : . . . - DELITO : Manejo en estado de ebriedad causando daños y otros ACUSADO : DYANGO STEVEN MONTECINO IBAÑEZ Santiago, veintiuno de junio de dos mil veinticuatro. Vistos, oídos los intervinientes y considerando: PRIMERO: Intervinientes. Que, el día diecisiete de junio del año en curso, en la Sala de este Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada

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