15º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ CARLOS LIONEL ÁLVAREZ VIDELA

Rol

O-609-2023

Fecha

19 de junio de 2024

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

RESUMEN: RUC : 2300194280-8 RIT : 609 - 2023 MATERIA : Tráfico de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 1 en relación 4 de la ley 20.000. IMPUTADO : CARLOS LIONEL ÁLVAREZ VIDELA CEDULA DE IDENTIDAD : 19.830.864-1 DOMICILIO : Pasaje Islas Thasos Nº 1808, Puente Alto. FISCAL : Silvana Silva Jeria DEFENSOR : Allison Fuentes Torres TRIBUNAL : 15° Juzgado de Garantía de Santiago MODIF. RESP. PENAL : 11 N° 9 del Código Penal TIPO DE RESOLUCIÓN : PROCEDIMIENTO ABREVIADO Santiago., diecinueve de junio de dos mil veinticuatro Por estos

Fundamentos

fundamentos y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 1, 2, 3, 11 N 9, 14, 15, 24, 25, 30, 40, 50, 68, del Código Penal; artículos 1, 407 y siguientes del Código Procesal Penal, y artículo 1 y 8 de la ley 18216, articulo 1, 4, 46, ley 20000 y articulo 17 de la ley 17790

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, se condena a CARLOS LIONEL ALVAREZ VIDELA, cédula de identidad N° 19830864-1, ya individualizado en su calidad de autor, por un delito consumado, de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 1 en relación 4 de la ley 20.000 A LA PENA DE QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, A LA MULTA DE MEDIA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, A LA ACCESORIA DE SUSPENSION DE CARGO Y OFICIO PUBLICO DURANTE LA CONDENA Y AL COMISO DE LAS NUE 6428989, 6429101, 5428801, 6429101, 648801, 6428989,6429105 II.- Que la multa se le dará POR CUMPLIDA por el día que pasó a control de detención 20 de febrero de 2023. III.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 8 de la Ley N°18.216 se sustituye a la sentenciada el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL, por igual término que el de la Código: GYBPXXHXZJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl pena privativa de libertad que se sustituye bajo la modalidad de reclusión nocturna, consistente en el encierro en el domicilio del, entre las 22 horas de cada día hasta las 06 horas del día siguiente. Para los efectos de la conversión de la pena inicialmente impuesta, se computarán ocho horas continuas de reclusión parcial por cada día de privación o restricción de libertad. Teniendo en consideración el informe de factibilidad técnica favorable elaborado por

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RESUMEN: RUC : 2300194280-8 RIT : 609 - 2023 MATERIA : Tráfico de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 1 en relación 4 de la ley 20.000. IMPUTADO : CARLOS LIONEL ÁLVAREZ VIDELA CEDULA DE IDENTIDAD : 19.830.864-1 DOMICILIO : Pasaje Islas Thasos Nº 1808, Puente Alto. FISCAL : Silvana Silva Jeria DEFENSOR : Allison Fuentes Torres TRIBUNAL : 15° Juzgado de Garantía de

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