CONDOMINIO BAHIA HORIZONTE/MIRANDA
Rol
I-32-2022
Fecha
14 de junio de 2022
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos y circunstancias que así lo acreditarían. 2.- Razones que justificarían el monto de las sanciones aplicadas. Pruebas de la parte reclamante I.- Documental 1.- Acta de comparendo de conciliación de fecha 2 de mayo de 2022. 2.- Acta de audiencia única juicio monitorio de fecha 8 de junio de 2022, causa M-174-2022. 3.- Captura de pantalla correo electrónico enviado con fecha 2 de mayo de 2022 desde la casilla de correo waltercanedo@gmail.com a la casilla mgallardo@dt.gob.cl, cuyo asunto indica: certificado imposiciones Rubén Parra Marín. 4.- Certificado cotizaciones previsionales emitido con fecha 2 de mayo de 2022, periodo 2017-2018-2019. II.- Testimonial 1.- Walter Canedo Díaz, C.I. N°5.359.427-1, (declaración vía zoom). III.- Exhibición de documentos Copia correo electrónico enviado con fecha 2 de mayo de 2022 desde la casilla de correo electrónico waltercanedo@gmail.com a la casilla electrónica mgallardo@dt.gob.cl, cuyo asunto indica: certificado Imposiciones Rubén Parra Marín y los documentos adjuntos a ese correo electrónico. Pruebas de la parte reclamada I.- Documental 1.- Copia simple de informe egreso de reclamo N° 0404.2022.513, incluye presentación del trabajador, notificación de la presentación del reclamo, incluye poder simple de representación, presentación del reclamo, incluye declaración jurada y poder simple del empleador. 2.- Copia simple de acta de comparendo de conciliación de fecha 02.05.2022. 3.- Copia simple Resolución de multa N°3512/22/47 de fecha 02.05.2022, su notificación y fórmula de cálculo. Prueba del tribunal: Se ordena verificar a la IPT si registra carta de aviso. Observaciones a la prueba: Sí. RESUMEN DE LA SENTENCIA La Serena, 14 de junio de 2022. VISTOS, OÍDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 73, 489, 499, 501, 502, 503, 506, 512 del Código del Trabajo y artículos 31 y 32 DFL N°2 de 1967, se declara: I.- Que se rechaza el reclamo presentado por doña Carolina Canedo Cortés en representación de Condominio Bahía Horizonte en contra de la Inspección del Trabajo de Coquimbo en cuanto se solicitó dejar sin efecto las multas contenidas en la resolución N°3512/22/47 y asimismo la solicitud de rebaja subsidiaria planteada respecto de la multa contenida bajo el numeral 1 de dicha resolución; acogiéndose, sin embargo, su solicitud de rebaja respecto de las multas señaladas con los numerales 2 y 3, de la resolución referida, rebajando el monto de las mismas de 5 UTM, que se había aplicado por cada una de ellas, a 2 UTM por cada una. II.- Atendido lo resuelto, cada parte deberá hacerse cargo de sus costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. DICTADA POR RODRIGO PATRICIO DÍAZ FIGUEROA, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE LA SERENA Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones dictadas en audiencia. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de las partes.
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO RECLAMO FECHA 14 DE JUNIO DE 2022 RUC 22-4-0405264-4 RIT I-32-2022 MAGISTRADO RODRIGO PATRICIO DÍAZ FIGUEROA ADMINISTRATIVO DE ACTAS YENIFER RASJIDO GUTIÉRREZ SALA 4 HORA DE INICIO 10:35 HORA DE TERMINO 12:40 Nº REGISTRO DE AUDIO 2240405264-4-1337 PARTE RECLAMANTE CONDOMINIO BAHIA HORIZONTE ABOGADA CAROLIN
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