Juzgado de Garantía de Vicuña.

RODRIGO ANDRES ASTETE ALCAINO C/ DIXON ALEXIS BARRAZA TELLO

Rol

O-889-2023

Fecha

19 de junio de 2024

Materia

CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50)., PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 17/05/2023, alrededor de las 16:40 horas, al interior del cuartel policial de la 5ta comisaria de vicuña ubicado en Avenida Las Delicias n°566, comuna de Vicuña, el Requerido DIXON ALEXIS BARRAZA TELLO, fue sorprendido portando en sus vestimentas un arma blanca tipo cuchillo sin marca con un largo total de 22 centímetros. Así mismo, poseía un envoltorio de papel de diario contenedor de una sustancia vegetal con olor y características a la Cannabis sativa, Se hace presente que la droga encontrada, a la prueba de campo respectiva, confirmo la presencia de THC CANNABIS SATIVA con un peso de 1,8 gramos. Los hechos antes descritos constituyen los delitos de: porte de armas contendido en el artículo 288 bis, inciso 2° del Código Penal y la falta de tener o portar en lugares públicos drogas de las mencionadas en el artículo 1º de la Ley Nº 20.000, destinadas al consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo, prevista y sancionada en el artículo 50 de la referida Ley 20.000 hechos en que el imputado ha tenido participación en calidad de autor en grado consumado. Es por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 15 N°1, 21, 30, 49, 51, 67, 69, 70, 288 bis inciso 2°, del Código Penal; 1 y 50 ley N°20.000; 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que, se condena a DIXON ALEXIS BARAZA TELLO, rut N°12.941.526-6, ya individualizado, al pago de una multa de 1/3 de unidad tributaria mensual por el delito de porte de armas; y al pago de una multa de 1/3 de unidad tributaria mensual por la falta de portar drogas en lugares públicos destinadas al consumo personal y próximo en el tiempo, por su responsabilidad en calidad de autor de los delitos ya señalados, perpetrado en la comuna de Vicuña el día 17 de mayo de 2023, en grado de desarrollo de consumado. II.- Se concede al sentenciado las facilidades contempladas en el artículo 70 del Código Penal, debiendo pagar la multa en seis (6) p

Fallo

por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 15 N°1, 21, 30, 49, 51, 67, 69, 70, 288 bis inciso 2°, del Código Penal; 1 y 50 ley N°20.000; 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que, se condena a DIXON ALEXIS BARAZA TELLO, rut N°12.941.526-6, ya individualizado, al pago de una multa de 1/3 de unidad tributaria mensual por el delito de porte de armas; y al pago de una multa de 1/3 de unidad tributaria mensual por la falta de portar drogas en lugares públicos destinadas al consumo personal y próximo en el tiempo, por su responsabilidad en calidad de autor de los delitos ya señalados, perpetrado en la comuna de Vicuña el día 17 de mayo de 2023, en grado de desarrollo de consumado. II.- Se concede al sentenciado las facilidades contempladas en el artículo 70 del Código Penal, debiendo pagar la multa en seis (6) parcialidades iguales, mensuales y sucesivas. El pago de la primera cuota deberá efectuarse una vez formalizados los trabajos que realiza el sentenciado en Centro Penitenciario, en donde se encuentra recluido por causa diversa; debiéndose oficiar a Gendarmería de Chile para tal efecto. Código: CXPPXXJYQRH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Atendido que la requerida ha admitido su responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento se le libera del pago de las costas. Cúmplase en su oportunidad con lo dispu

Texto Completo (Preview)

Vicuña, diecinueve de junio de dos mil veinticuatro. Hechos: El día 17/05/2023, alrededor de las 16:40 horas, al interior del cuartel policial de la 5ta comisaria de vicuña ubicado en Avenida Las Delicias n°566, comuna de Vicuña, el Requerido DIXON ALEXIS BARRAZA TELLO, fue sorprendido portando en sus vestimentas un arma blanca tipo cuchillo sin marca con un largo total de 22 centímetros. Así mis

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