Tribunal de Juicio Oral en lo Penal San Antonio.

MP C/ RAFAEL ERIKSEN RAMÍREZ SILVA

Rol

O-101-2024

Fecha

19 de junio de 2024

Materia

POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia del juicio, según indicó el auto de apertura de juicio oral, fueron los siguientes: “El día 09 de diciembre del año 2022 siendo aproximadamente las 17:00 horas aproximadamente el acusado Rafael Eriksen Ramirez Silva fue sorprendido portando manipulando en la vía pública por calle Esperidion (sic) Vera 1698 comuna de San Antonio, un arma de fuego tipo escopeta artesanal consistente en dos tubos metálicos, apta para el disparo.” El Ministerio Público calificó estos hechos como constitutivos de un porte ilegal de arma de fuego prohibida, de los art. 13 y 3º de la ley 17.798 sobre control de armas, en grado de consumado, y en imputó participación como autor al acusado. El libelo de cargos indicó que no concurrían circunstancias modificatorias de responsabilidad penal en la especie, y solicitó imponer la pena de 5 años de presido menor en su grado máximo, además de las accesorias legales y el pago de las costas de la causa. Al inicio del juicio, a modo de alegato de apertura, el fiscal afirmó que la prueba daría cuenta de los hechos y la participación del acusado en ellos. Concluida la etapa probatoria, en su discurso de clausura, reseñó la prueba que rindió y dijo que la versión del acusado no tenía sentido. Código: LPBXXGVXPH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 No ejerció su derecho a replicar. TERCERO: Posición y argumentos de la defensa. Comenzando la audiencia, cuando tomó la palabra para su alegato preliminar, la defensora solo dijo que se reservaba sus argumentos para su alegato de clausura. A su turno, durante el alegato de clausura, pidió absolver a su representado por falta de participación, destacando que no se puede sostener que su representado disparara en la vía pública con el arma hechiza y no hay respaldo de vecinos que lo hubieran visto en el lugar. Los policías no realizaron las diligencias, y no instaron por conseguir los testimonios, y dicen que no había cámaras,

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 n.º 6, 14 n.º 1, 49, 50, 68 y 69 del Código Penal; artículo 1º, 3º, 13 y 17 de la ley 17.798 sobre control de armas; artículos 1, 14, 15 bis, 17 y 17 ter de la ley 18.216; artículos 47, 295, 296, 297, 340, 341, 342 y 348 del Código Procesal Penal, y demás normas aplicables en la especie, se declara que: I.- Se condena a RAFAEL ERIKSEN RAMÍREZ SILVA, rol único 20.325.967 – 0, ya individualizado, a sufrir la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, por su responsabilidad como autor de portar un arma de fuego prohibida, delito previsto y sancionado en los artículo 13 y 3º de la ley 17.798 sobre control de armas, en grado de consumado, por los hechos descubiertos el 9 de diciembre de 2023 en San Antonio. II.- Se le condena asimismo a la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. III.- Se sustituye la privativa de libertad impuesta por la libertad vigilada intensiva del artículo 14 inciso segundo de la ley 18.216, por el mismo tiempo de la pena privativa de libertad impuesta. En consecuencia el sentenciado quedará sujeto a un programa de actividades orientado a su reinserción social en el ámbito personal, comunitario y laboral, mediante una intervención individualizada y bajo la aplicación de ciertas condiciones especiales. Además de las condiciones

Texto Completo (Preview)

Tribunal de Juicio Oral en lo Penal San Antonio 1 San Antonio, diecinueve de junio de dos mil veinticuatro. PRIMERO: Individualización de los intervinientes. El 14 de junio de 2024, se llevó a cabo la audiencia de juicio en la causa Rol Interno 101-2024, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, ante la sala integrada por los magistrados Sergio Ortiz Huechapán, quien presidió la ins

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