2º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

BARRERA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD ANTOFAGASTA

Rol

C-343-2021

Fecha

14 de abril de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

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No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 comparece doña Jacqueline De Las Mercedes Barrera Barrera, chilena, divorciada, Chofer Profesional, Cedula Nacional de Identidad N° 10.517.692-9, con domicilio en esta ciudad, calle Lastenia N° 11.975, Block I, Departamento N° 53, Portada Norte VI, quien interpone demanda de prescripción de la deuda del permiso de circulación en contra de la Ilustre Municipalidad de esta ciudad, representada legalmente por su alcalde don Wilson Manuel Díaz Vásquez, con domicilio en Avenida Séptimo de Línea N° 3.505, de esta ciudad. Señala que, es propietaria del vehículo tipo automóvil, Marca Hyundai, modelo Accent GLS 1.6, año 2.007, Placa Patente Única RW-1109, según consta en Certificado de Inscripción y Anotaciones Vigentes, que se acompaña en autos. Sostiene que, el vehículo actualmente se encuentra con los permisos de circulaciones impagos desde el año 2.011 a la fecha, deuda que asciende a un total a pagar de $524.597.- pesos, conforme consta en el Certificado Consulta de Morosidad de Placas, Permiso de Circulación, emitido por la Ilustre Municipalidad de Antofagasta con fecha 28 de Enero de 2021. Expone que, el artículo 2.521 del Código Civil dispone que: “Prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos”, motivo por el cual se cumplen los requisitos para que la prescripción extintiva opere en este caso en particular, 1 R siendo susceptibles de prescripción de corto tiempo los permisos de circulaciones correspondientes a los años 2.011 al año 2.018, ambos periodos inclusive, correspondiente a la suma de $ 491.832.- pesos. Solicita acoger la demanda en contra de la I. Municipalidad de Antofagasta y en definitiva declarar la prescripción de las sumas de dinero correspondientes a los permisos de circulaciones referentes al automóvil Placa Patente Única RW-1109, para el periodo comprendido entre el año 2.011 al año 2.018, debidamente reajustados a la fecha, con expresa condenación en costas. SEGUNDO: Que, a folio 4 consta la notificación personal efectuada a don Wilson Manuel Díaz Vásquez en representación de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta. TERCERO: Que, a folio 5 comparece don Raúl Aran Cortés, Abogado, en representación de la demandada Ilustre Municipalidad de Antofagasta, quien contesta la demanda y se allana parcialmente a la misma, toda vez que, el permiso de circulación es el impuesto que deben pagar anualmente todos los dueños de vehículos motorizados que va en beneficio de las municipalidades. Dice que, el artículo 15 N° 1 del D.L. 3.063 de Rentas Municipales señala que: “… Para automóviles, a partir del 1 de Febrero y hasta el 31 de Marzo. Para taxis y buses, el plazo es hasta el 31 de Mayo; para vehículos de carga, motos y motonetas, hasta el 30 de Septiembre, aunque estas fechas son aproximadas, se recomienda confirmar con la municipalidad donde paga su permiso pues hay variaciones”. Agrega que, a la fecha de la no

Fallo

Por estas consideraciones y vistos además lo preceptuado en los artículos 144, 160, 170, 254 y 313 del Código de Procedimiento Civil, y lo dispuesto en los artículos 1.698 y 2.521 ambos del Código Civil, y el Decreto Ley 3.063, se declara: I.- Que, se acoge parcialmente la demanda deducida por doña Jacqueline Del Carmen Barrera Barrera, en contra de la Ilustre Municipalidad de esta ciudad, y en consecuencia se declaran prescritos los derechos municipales correspondientes a permiso de circulación respecto del vehículo marca Hyundai, modelo Accent GLS 1.6, año de fabricación 2.007, color blanco, chasis N° KMHCN41CP7U136035, motor N° G4ED7687751, placa patente RW 1.109-0, correspondientes a los años 2.011, 2012, 2013, 2014, 2.015, 2016 y 2017 y se rechaza en lo restante. II.- Que cada parte pagara sus costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol C-343-2.021. Dictada por doña Elizabeth Verónica Araya Julio, Juez Titular. En Antofagasta, a catorce de abril del año dos mil veintiuno, se anotó en el estado diario la presente sentencia de acuerdo a lo previsto en el artículo 162 inciso final del Código de Procedimiento Civil. 5 R Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientr

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NOMENCLATURA : 1. [40]SENTENCIA. JUZGADO : 2º JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE ANTOFAGASTA. CAUSA ROL : C-343—2.021. MATERIA : PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES. CÓDIGO : P-18A. DEMANDANTE : JACQUELINE DE LAS MERCEDES BARRERA BARRERA. R.U.T. : 10.517.692-9. DEMANDADO : ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ANTOFAGASTA. R.U.T. : 69.020.300-6. FECHA INICIO : 06.02.2.021. Antofagasta, a catorce de Abril del año dos mi

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