7º Juzgado de Garantía de Santiago

MP C/ MANUEL BOLIVAR PEÑAFIEL REZABALA

Rol

O-1968-2024

Fecha

18 de junio de 2024

Materia

ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 18 de febrero de 2024, a las 19:20 horas aproximadamente, en en el paradero de locomoción colectiva ubicado en calle Santo Domingo frente al número 1031, de la comuna de Santiago, el imputado, ya individualizado, se abalanzó sobre la víctima ROOS PILAR CACHIQUE FALCON y sorpresivamente le arrebató desde su mano su teléfono móvil MARCA SAMSUNG, MODELO A51, COLOR NEGRO, CARCAZA NEGRO CON BLANCO, que la víctima llevaba consigo, para posteriormente el imputado darse a la fuga del lugar con la especie sustraída. SE RESUELVE: I.- Que se condena a MANUEL BOLIVAR PEÑAFIEL REZABALA ya individualizado, a la pena de CIENTO VEINTE DIAS de presidio menor en su grado mínimo y a las accesorias de suspensión de cargos y oficios públicos por el tiempo que dure la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el artículo 436 Nº 2 del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el cual se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que la pena privativa de libertad se da por cumplida dado el tiempo que el imputado estuvo privado de libertad cumpliendo la medida cautelar de prisión preventiva, correspondiente a 120 días, de acuerdo a lo previsto en el artículo 348 del Código Procesal Penal. III.- Que se le exime del pago de las costas de la causa al haber admitido responsabilidad en los hechos y haber evitado la realización de un juicio oral. IV.- Una vez ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Ofíciese al Registro Civil e Identificación para los efectos que esta condena no figure en el certificado de antecedentes del sentenciado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216. Código: YLXTXXBCMXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Regístrese y archívese en su oportunidad. Se renuncia a plazos. Dictada por CARLA VALERIA CAPPELLO VALLE Juez Titular d

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que se condena a MANUEL BOLIVAR PEÑAFIEL REZABALA ya individualizado, a la pena de CIENTO VEINTE DIAS de presidio menor en su grado mínimo y a las accesorias de suspensión de cargos y oficios públicos por el tiempo que dure la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el artículo 436 Nº 2 del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el cual se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que la pena privativa de libertad se da por cumplida dado el tiempo que el imputado estuvo privado de libertad cumpliendo la medida cautelar de prisión preventiva, correspondiente a 120 días, de acuerdo a lo previsto en el artículo 348 del Código Procesal Penal. III.- Que se le exime del pago de las costas de la causa al haber admitido responsabilidad en los hechos y haber evitado la realización de un juicio oral. IV.- Una vez ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Ofíciese al Registro Civil e Identificación para los efectos que esta condena no figure en el certificado de antecedentes del sentenciado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216. Código: YLXTXXBCMXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Regístrese y archívese en su oportunidad. Se renuncia a plazos. Dictada por CARLA VALERIA CAPPELLO VALLE Juez Titular del Séptimo Juzgado de Garantí

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. FECHA: Santiago, dieciocho de junio de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CARLA VALERIA CAPPELLO VALLE RUC: 2400198081-1 RIT: 1968-2024 IMPUTADO: MANUEL BOLIVAR PEÑAFIEL REZABALA C.I. 14952092-9 NACIONALIDAD Ecuador DELITO robo por sorpresa ARTICULO Art. 436 N°2 del Código Penal PARTICIPACI

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