Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique.

MP C/ OSCAR LEANDRO RIVAS RUIZ

Rol

O-50-2024

Fecha

18 de junio de 2024

Materia

OTROS DELITOS DE LA LEY 20.000.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1.- Comparecientes. En este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique, ante sala única integrada por los jueces Mónica Coloma Pulgar, quien la presidió, Patricio Zúñiga Valenzuela y Rosalía Mansilla Quiroz, se realizó juicio oral en contra del acusado OSCAR LEANDRO RIVAS RUIZ, RUN N°20.031.261-9, nacido el 26 de septiembre de 1998, 25 años de edad, dependiente, con domicilio en calle MAFHOUD MASSIS N°1098, población Pablo Neruda, Coyhaique. Por el Ministerio Público asistió la fiscal María Inés Núñez Briso, con domicilio en 21 de Mayo N°605 de esta ciudad, y por la defensa del acusado el defensor penal público Ricardo Flores Tapia, con domicilio en calle Freire N°274 de Coyhaique. Ambos con forma de notificación a correo electrónico registrado en el tribunal. 2.- Acusación. Conforme al auto de apertura del Juzgado de Garantía de Coyhaique, la acusación presentada por fiscal del Ministerio Público es del siguiente tenor: Hechos. El día 13 de julio de 2023 alrededor de las 11.15 horas don OSCAR LEANDRO RIVAS RUIZ concurrió hasta el centro de detención preventiva de Coyhaique, ubicado en calle Independencia 12 de esta comuna, y al momento que se disponía a ingresar al sector de visitas del citado recinto, es sorprendido por personal de gendarmería portando entre sus vestimentas, específicamente entre sus prendas de vestir un envoltorio contenedor de sustancia vegetal dubitada como cannabis, peso neto 0.88 gramos la que el imputado pretendía entregarlo a un interno. Además el imputado portaba un teléfono celular a través del cual coordinó el tráfico de drogas. Las sustancias vegetales dubitadas como cannabis fueron sometidas a la respectiva prueba de campo, arrojó positivo a la presencia de tetrahidrocannabinol (THC) y posteriormente fue analizada dando positivo a la presencia de cannabinoides, correspondiendo en consecuencia a hierba de la planta del género cannabis. Todas las especies portadas y que poseía el imputado eran utilizados para el tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, no justificando que la droga estuviese destinada para el consumo exclusivo y próximo en el tiempo ni para algún tratamiento médico. Código: SGVXXXTQXXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Calificación jurídica, grado de desarrollo y participación. A juicio de esta Fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de tráfico de drogas previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley 20.000, en grado consumado, y a todos los acusados les cabe participación en calidad de autores ejecutores del artículo 15 Nº 1 del Código Penal, esto es por haber ejecutado el hecho de manera inmediata y directa. Modificatorias de responsabilidad penal. Según la acusación, favorece al imputado la atenuante de responsabilidad penal del artículo 11 N° 6 del Código Penal, pero le perjudica la agravante de responsabilidad penal del artículo 19 letra h) de la Ley 20.000. Pena cuya aplic

Fallo

Por tanto, no era una sustancia para traficar, sino que correspondía como ya dijo a la sustancia que le dio su amiga para su consumo personal. El acta de recepción incorporada, consigna que el Servicio de Salud recibió de la PDI, da cuenta que el peso neto de la sustancia corresponde a 0,88 gramos, lo que coincide con lo afirmado por el perito Araus Miranda, quien expresó que tomó 0,5 gramos para el análisis y los 0,3 quedaron como contramuestra. En cuanto al análisis propiamente, manifestó que efectuó verificación química, la que arrojó positivo a la presencia de cannabinoides, lo que significa que corresponde a planta del género cannabis, porque los cannabinoides son propios de dichas plantas. A la misma conclusión arribó, a partir de la observación macroscópica y microscópica, pues percibió el olor propio de la marihuana y, al microscopio observó los tricomas propios de las plantas de la cannabis. Además, constó los peligros que representa el consumo de la cannabis para el individuo y para la sociedad, con la declaración del perito Araus Miranda, al referirse a los efectos de la candis en el organismo, demostrándose así la afectación del bien jurídico protegido. Código: SGVXXXTQXXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl De esta forma, no queda duda alguna del hecho que al acusado se le encontró un envoltorio contenedor de marihuana entre sus vestimentas, pero no existe información precisa del lugar o parte d

Texto Completo (Preview)

Coyhaique, dieciocho de junio del año dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1.- Comparecientes. En este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique, ante sala única integrada por los jueces Mónica Coloma Pulgar, quien la presidió, Patricio Zúñiga Valenzuela y Rosalía Mansilla Quiroz, se realizó juicio oral en contra del acusado OSCAR LEANDRO RIVAS RUIZ, RUN N°20.031.261-9, nacido el 2

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