OS 7 CARABINEROS C/ MARCELA DEL CARMEN RAMÍREZ AGUILAR
Rol
O-5476-2021
Fecha
18 de junio de 2024
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: A mediados de marzo de 2021, el Departamento Antidrogas OS7 de Carabineros recibió una orden, destinada a investigar conductas acciones contrarias a la ley 20.000.-, enfocándose la labor investigativa, en la vigilancia de determinados domicilios, obteniéndose como resultado una autorización judicial de entrada, registro e incautación que fue dictada por el Primer Juzgado de Garantía de Santiago, que el 11 de noviembre de 2021, alrededor de las 13:10 horas, se materializó de manera coetánea en distintos domicilios que a continuación se indican: Pje. Francisco Coloane Nro. 1353, comuna de Pudahuel. Los funcionarios ingresaron al domicilio señalado en el punto 1.1., en cuyo interior se encontraba el acusado, FABIAN ANDRÉS GONZALEZ FIGUEROA. Al ingresar encontraron, en el antejardín, el acusado mantenía sobre una mesa 02 pesas digitales grameras sin marca ni modelo y una bolsa con indeterminada cantidad de bolsas dosificadoras. Asimismo, en el interior de su cuarto el acusado tenía para su comercialización 10 bolsas de nylon transparente contenedoras de marihuana, que arrojaron un peso bruto de 07 gramos, levantadas bajo NUE 5811343. Además, guardaba y mantenía en la cocina, sobre un refrigerador, una 01 bolsa de nylon contenedora de marihuana a granel, la que arrojó un peso bruto de 69 gramos, siendo Código: XPVNXXRBCQH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl levantada bajo NUE 5811344. Finalmente, mantenía en su cuarto, en otro cajón de misma cómoda, sumas de dineros provenientes de la comercialización de sustancias ilícitas ascendentes a $ 118.000.- en dinero en efectivo de distinta denominación, y en el interior del entretecho de la misma habitación otra cantidad ascendente a la suma de $ 180.000.- en efectivo y billetes de distinta denominación. A juicio de la Fiscalía, los hechos anteriormente descritos son constitutivos del delito de delito de microtráfico o tráfico de pequeñas cantidades, pr
Fundamentos
considerando 30 días. IV.- Que se decreta el comiso de los elementos y efectos del delito incautados durante el procedimiento, en especial, de la suma de $298.000, NUE 5811346 y NUE 5811345; la que será destinada al fondo especial del ministerio del interior, descrito en el artículo 46 de la ley 20.000; asimismo se decreta el comiso de la droga NUE 5811343 y 5811344, la que deberá ser destruida por el Ministerio público. V.- Que en atención a la naturaleza del procedimiento, se exime al sentenciado del pago de las costas. Tómese muestra biológica al sentenciado para determinación de Huella Código: XPVNXXRBCQH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Genética, hecho, inclúyasela en el Registro de Condenados. Habiendo las partes renunciado a recursos y plazos cúmplase con el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Código: XPVNXXRBCQH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-19T13:40:21-0400
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a don FABIAN ANDRES GONZALEZ FIGUEROA, cédula de identidad número 19.560.523-8, a sufrir la pena de novecientos diecinueve días de Presidio menor en grado medio, accesoria de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, comiso y al pago de una multa a beneficio fiscal de 10 UTM, en su calidad de autor de un delito de Tráfico en pequeñas cantidades del artículo 4° de la ley 20.000, cometido en la jurisdicción de este Tribunal el 11 de noviembre del año 2021.- II.- Que la pena privativa impuesta se le da por cumplida con el tiempo que paso privado de libertad en la presente causa entre el 12 de noviembre de 2021 y el día de hoy ambas fechas inclusive, por un total de 949 días. III.- Que, la multa impuesta se le da por cumplida con el tiempo que paso privado de libertad en la presente causa entre el 12 de noviembre de 2021 y el día de hoy ambas fechas inclusive, por un total de 949 días, considerando 30 días. IV.- Que se decreta el comiso de los elementos y efectos del delito incautados durante el procedimiento, en especial, de la suma de $298.000, NUE 5811346 y NUE 5811345; la que será destinada al fondo especial del ministerio del interior, descrito en el artículo 46 de la ley 20.000; asimismo se decreta el comiso de la droga NUE 5811343 y 5811344, la que deberá ser destruida por el Ministerio público. V.- Que en atención a la naturaleza del procedimiento, se exime al sentenciado del pago de las costa
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, dieciocho de junio de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: PRIMER JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: LILIAN SÁEZ LEMARI (S) RUC: 2100484395-6 RIT: 5476-2021 IMPUTADO: FABIAN ANDRES GONZALEZ FIGUEROA C.I. 19.560.523-8 FECHA DE NAC. DIRECCION FRANCISCO COLOANE Nº 1353 COMUNA: PUDAHUEL DELITO TRAFICO EN PEQUEÑAS CANTIDADES A
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