Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la Serena.

C/ RUBÉN HERNÁN TRONCOSO MUÑOZ

Rol

O-296-2023

Fecha

18 de junio de 2024

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha trece de junio del año en curso, ante esta Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, integrada por las juezas E. Victoria Gallardo Labraña quien presidió la audiencia, Eugenia Gorichon Gómez y Nury Benavides Retamal, se llevó a efecto el juicio oral relativo a la causa Rol Nº 296- 2023, seguido en contra de Rubén Hernán Troncoso Muñoz, chileno, soltero, cédula de identidad N°18.757.600-8, nacido en La Serena el día 12 de mayo del año1994, 30 años de edad, soltero, maestro en obras civiles, domiciliado en calle Las Rosas Nº3632, Compañía Alta, comuna de La Serena. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por el Fiscal Nicolás Nicoreanu Rodrigo, Fiscal Adjunto de La Serena, domiciliado en calle Eduardo de La Barra N°315, La Serena La defensa del imputado la sostuvo la abogada defensora penal pública Scarlett Charlot Pino Espinoza domiciliada en calle Colón N°352, oficina 309, La Serena. SEGUNDO: Que los hechos materia de la acusación, según el auto de apertura del juicio oral, son del siguiente tenor: “El 09 de enero de 2023, aproximadamente a las 18:25 horas, en Avenida del Mar, frente a la numeración 2550, La Serena, el acusado Rubén Hernán Troncoso Muñoz, en el interior de la camioneta color blanco, placa patente UD.7973, portaba y guardaba consigo, en un banano adosado a su cuerpo, 01 bolsa con 7,34 gramos netos de Código: XQVDXXXNMZG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT 296-2023.- 2 marihuana, y 16 bolsas con 51,32 gramos netos de ketamina. Además, mantenía en su poder, las especies destinadas a cometer el delito, consistentes en una balanza digital color gris, sin marca; un teléfono celular marca Huawei, color negro; y un teléfono celular, marca Oddo, color negro; y el producto de su actividad ilícita, consistente en $9.900 en dinero efectivo”. El hecho antes descrito configura, a juicio de la Fiscalía, el delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4º de la Ley 20.000 con relación al inciso 1° del artículo 1 del mismo cuerpo legal, hechos en que se le atribuye al acusado participación en calidad de autor, en grado de consumado; y solicitando que sea condenado, pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo y multa de cuarenta Unidades Tributarias Mensuales, a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, y al comiso de la droga, y elementos incautados (celulares y dinero), con costas. Para la aplicación de las penas antes indicadas, hizo presente la fiscalía, que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. TERCERO: Que la fiscalía en su alegato de inicio sostuvo que con su prueba logrará acreditar los hechos y la participación del imputado más allá de toda duda razonable. Que en

Fallo

por estas sentenciadoras en la forma dispuesta en el artículo 297 del Código Procesal Penal, esto Código: XQVDXXXNMZG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT 296-2023.- 8 es, con libertad, pero sin contradecir los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados conforman un cúmulo de antecedentes con capacidad probatoria suficiente para formar convicción en estas juezas acerca de la existencia de los siguientes hechos: Que el día 9 de enero de 2023, en horas de la tarde, en Avenida del Mar, frente a la numeración 2550, La Serena, Rubén Hernán Troncoso Muñoz, en el interior de la camioneta color blanco, placa patente UD.7973, portaba y guardaba consigo, en un banano adosado a su cuerpo, 1 bolsa conteniendo 7,34 gramos netos de marihuana, y 16 bolsas contenedoras de 51,32 gramos netos de ketamina. Además, mantenía en su poder, especies destinadas a cometer el delito, tales como, una balanza digital de color gris; dos teléfonos celulares de color negro además de la suma de $9.900 en dinero en efectivo, producto de su actividad ilícita. Los hechos antes descritos configuran un delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades del artículo 4° en relación con el artículo 1° de la ley 20.000. SÉPTIMO: Que, para la calificación jurídica de los hechos antes descritos en la forma ya señalada, se ha tenido en cuenta que, a través de los dichos de los funcion

Texto Completo (Preview)

RIT 296-2023.- 1 C/ RUBÉN HERNÁN TRONCOSO MUÑOZ TRÁFICO DE ESTUPEFACIENTES ROL ÚNICO: N°2300.034.626-8 ROL INTERNO: N° 296-2023. - La Serena, dieciocho de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha trece de junio del año en curso, ante esta Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, integrada por las juezas E. Victoria Gallardo Labraña quie

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica