Juzgado de Garantía de Limache.

MINISTERIO PÚBLICO C/ MARCO ANTONIO JOFRÉ ÁVILA

Rol

O-1522-2023

Fecha

18 de junio de 2024

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: El día 17 de agosto de 2023, a las 19:10 horas aproximadamente, previa orden judicial emanada del Juzgado de Garantía de Limache, funcionarios de La Policía de Investigaciones de Chile, BICRIM Limache, ingresaron al domicilio del acusado Marco Antonio Jofré Ávila ubicado en pasaje Pitisporos sin número, población Municipal de Limache; quien mantenía en su poder diversas cantidades de sustancias estupefacientes, según el siguiente detalle: entre las vestimentas del acusado Marco Jofré Ávila, en el bolsillo izquierdo de su chaqueta, los funcionarios le encontraron 5 envoltorios de papel cuadriculado, contenedores de 0,3 gramos netos de cocaína. Por su parte, efectuada una revisión de la propiedad, los funcionarios encontraron encima de un mueble de cocina, una bolsa de nylon de color blanco, contenedora de 13,6 gramos netos de cannabis sativa y en el patio lateral del inmueble, dentro del cajón de un velador de madera, los funcionarios encontraron 30,6 gramos netos de cannabis sativa. Finalmente, en un cuarto de madera ubicado en el sector norte de la vivienda, en el entretecho, el personal policial encontró dos pesas digitales de color blanco sin marca ni modelo visible. La totalidad de la droga incautada al acusado Marco Antonio Jofré Ávila estaba destinada para su comercialización y/o transferencia a terceras personas, sin que se haya acreditado de manera alguna que estuviera destinada a un consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo. SENTENCIA En Limache, a dieciocho de junio de dos mil veinticuatro. Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 n°9, 14 n°1, 15 n°1, 30, 31, 67, 68, 69 y 70 del Código Penal; 406 y siguientes y 468 del Código Procesal Penal; Ley 20.000 (de Drogas) y Ley 18.216, se declara: I. Que, se CONDENA al acusado MARCO ANTONIO JOFRÉ ÁVILA, cédula de identidad n° 15.085.106-8, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio y multa de un tercio de unidad tributar

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 n°9, 14 n°1, 15 n°1, 30, 31, 67, 68, 69 y 70 del Código Penal; 406 y siguientes y 468 del Código Procesal Penal; Ley 20.000 (de Drogas) y Ley 18.216, se declara: I. Que, se CONDENA al acusado MARCO ANTONIO JOFRÉ ÁVILA, cédula de identidad n° 15.085.106-8, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio y multa de un tercio de unidad tributaria mensual, y accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito consumado de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de sustancias estupefacientes, prescrito y sancionado en el artículo 4 de la Ley N° 20.000, perpetrado el día 17 de Agosto de 2023, en la comuna de Limache. II.- Que, se sustituye el cumplimiento de la pena corporal por la de reclusión parcial (artículo 8 Ley 18.216) domiciliaria nocturna, por el término de quinientos cuarenta y un días, sin abonos que considerar. Esta pena sustitutiva consistirá en el encierro del condenado en su domicilio, entre las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente. Conforme al artículo 7 inciso 2° de la Ley 18.216, se dispone que el control de la pena por monitoreo telemático. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Quilpué el día 25 de junio de 2024, bajo apercibimiento de debatirse la revocación de la pena sustitutiva. Si esta pena fuese revocada o quebr

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO ABREVIADO HECHOS: El día 17 de agosto de 2023, a las 19:10 horas aproximadamente, previa orden judicial emanada del Juzgado de Garantía de Limache, funcionarios de La Policía de Investigaciones de Chile, BICRIM Limache, ingresaron al domicilio del acusado Marco Antonio Jofré Ávila ubicado en pasaje Pitisporos sin número, población Municipal de Limache; quien mantenía en su poder dive

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica