Juzgado de Garantía de Quillota.

MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ GABRIEL ALEJANDRO ZEBALLOS GUZMÁN

Rol

O-3575-2023

Fecha

17 de junio de 2024

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 16/12/2023, cerca de las 23:45 horas, mientras la víctima don Alonso Segundo Espinoza Andrade se encontraba en el domicilio de calle La Concepción 628 donde arriendo una pieza, en el momento que se dirigía al baño, llegó el imputado que también vive en el domicilio, Gabriel Alejandro Ceballos Guzmán, quien es arrendatario de aproximadamente quince días en el lugar, en calle la Concepción 628 de Quillota, quien sin provocación alguna comenzó a insultarlo, indicándole “voy a mandar a buscar a los perros, te voy a apuñalar, te voy a matar, cochino culiao asqueroso”, en sus manos mantenía un cuchillo, golpeando la puerta del baño con el arma, luego se retiró del lugar continuando con la amenaza e insulto, razón por la que la víctima llamó a Carabineros y procedieron a su detención. Se deja constancia que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, el cual es el registro íntegro de la misma, y la resolutiva es del siguiente tenor: Por estos

Fundamentos

fundamentos y de conformidad a lo previsto en los artículos 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, 296 N° 3 del Código Penal; y demás normas legales,

Fallo

se declara: I.- Que SE ABSUELVE a GABRIEL ALEJANDRO ZEBALLOS GUZMÁN, ya individualizado, de la imputación formulada en su contra por el Ministerio Público, sin costas. II.- Ejecutoriada esta sentencia, déjese sin efecto las medidas cautelares que se hayan impuesto. Ejecutoriada que sea esta sentencia, cúmplase con lo previsto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad.- DICTADA POR DOÑA LAURA JULIETA CATALAN PEÑA, JUEZ DE GARANTÍA TITULAR. RENUNCIA DE PLAZOS Habiendo las partes renunciado a los plazos legales para interponer recursos, la sentencia queda firme y ejecutoriada. Código: MHXFXXZJNXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: MHXFXXZJNXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-18T13:54:31-0400

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TRIBUNAL JUZGADO DE GARANTIA DE QUILLOTA RUC: 2310064204-2 RIT: 3575 - 2023 IMPUTADO: GABRIEL ALEJANDRO ZEBALLOS GUZMÁN RUN IMPUTADO: DOMICILIO: 0013332236-1 Pasaje PJE. 1 VILLA PRIMAVERA, SAN PEDRO CASA Nº 19 DELITO: AMENAZAS SIMPLES PROCEDIMIENTO JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Quillota, diecisiete de junio de dos mil veinticuatro HECHOS: El día 16/12/2023, cerca de las 23:45 horas, mientras la víctima

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