MINISTERIO PÚBLICO C/ MIGUEL ANTONIO CÁRCAMO PAREDES
Rol
O-18-2023
Fecha
18 de junio de 2024
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS EL día 25 de abril de 2020 a las 08:10 horas aproximadamente, los acusados llegan hasta la empresa BATA, ubicada en calle Damián Navarro sin número, comuna de Peñaflor. MIGUEL CÁRCAMO PAREDES, FRANCISCO PÉREZ DÍAZ, SEBASTIÁN NAVARRO NAVARRO, CLAUDIO FLORES MÁRQUEZ Y EDMUNDO CONTRERAS MÁRQUEZ, movilizados en un vehículo Chevrolet Spark color rojo patente GHCY-80. Los acusados JORGE SALVO JIMÉNEZ, MATÍAS CÁCERES CONTRERAS Y OSCAR FERREIRA MALIQUEO, movilizados en un vehículo Mazda CX-3 color blanco, patente LDCR- 66. Y el acusado, JAVIER JARA MARTÍNEZ, conduciendo un camión marca Hino color blanco patente HCDC-40 la que resultó ser falsa. Una vez en el lugar, al que se habían desplazado para sustraer especies, de lo que se tenía conocimiento por escuchas telefónicas previamente autorizadas, ingresan los primeros mencionados a la empresa BATA escalando distintos puntos del cierre perimetral y por pasos no habilitados, que se movilizaban en el vehículo Spark, mientras los imputados del vehículo Mazda y del camión mencionado les prestaban cobertura desde el exterior. Una vez en el interior donde se encontraba la guardia de seguridad de iníciales S.M.J.C el imputado MIGUEL CÁRCAMO PAREDES la apunta con un arma con apariencia de fuego señalándole que venían a robar y observa a varios sujetos que corrían por el interior de la empresa, uno de ellos dice “sapiaron” y salen todos huyendo por un forado del cierre perimetral hacia el exterior. Mientras otros de los sujetos abordaron al guardia de iníciales FEGB y le sustraen una radio y un marcador de ronda de propiedad de la empresa avaluadas en un millón Código: DSQQXXPTXXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 ochocientos mil pesos, lo intimidan señalándole que andaban con armas de fuego y que les entregara las llaves de las dependencias. Al ser auxiliado por otros trabajadores que llegan al lugar los acusados huyen por el cierre perimetral y son de
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que en audiencia de los días doce y trece de junio del presente año, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talagante, constituida por los jueces doña Daniela Pérez Vivallo, en su calidad de jueza presidente, don Paulo Jara Sepúlveda, como juez redactor, y don Darío Díaz Peña y Lillo como tercer juez integrante, se llevó a efecto el juicio oral en Rol Único de Causa 2000416791-1, Rol Interno del Tribunal RIT 18- 2023, seguido en contra del acusado EDMUNDO ALEJANDRO CONTRERAS MARQUEZ, cédula de identidad N° 11.973.520-3, nacido el 21 de marzo de 1972, en Quinta Normal, alias Jano, domiciliado en Remar Chile, ubicado en San Pedro de la Paz, Enrique Soro 7816, soltero, comerciante, quien es representado por el defensor penal público don Felipe Silva. Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado por el fiscal Heriberto Reyes. PRIMERO: ACUSACIÓN. HECHOS EL día 25 de abril de 2020 a las 08:10 horas aproximadamente, los acusados llegan hasta la empresa BATA, ubicada en calle Damián Navarro sin número, comuna de Peñaflor. MIGUEL CÁRCAMO PAREDES, FRANCISCO PÉREZ DÍAZ, SEBASTIÁN NAVARRO NAVARRO, CLAUDIO FLORES MÁRQUEZ Y EDMUNDO CONTRERAS MÁRQUEZ, movilizados en un vehículo Chevrolet Spark color rojo patente GHCY-80. Los acusados JORGE SALVO JIMÉNEZ, MATÍAS CÁCERES CONTRERAS Y OSCAR FERREIRA MALIQUEO, movilizados en un vehículo Mazda CX-3 color blanco, patente LDCR- 66. Y el acusado, JAVIER JARA MARTÍNEZ, conduciendo un camión marca Hino color blanco patente HCDC-40 la que resultó ser falsa. Una vez en el lugar, al que se habían desplazado para sustraer especies, de lo que se tenía conocimiento por escuchas telefónicas previamente autorizadas, ingresan los primeros mencionados a la empresa BATA escalando distintos puntos del cierre perimetral y por pasos no habilitados, que se movilizaban en el vehículo Spark, mientras los imputados del vehículo Mazda y del camión mencionado les prestaban cobertura desde el exterior. Una vez en el interior donde se encontraba la guardia de seguridad de iníciales S.M.J.C el imputado MIGUEL CÁRCAMO PAREDES la apunta con un arma con apariencia de fuego señalándole que venían a robar y observa a varios sujetos que corrían por el interior de la empresa, uno de ellos dice “sapiaron” y salen todos huyendo por un forado del cierre perimetral hacia el exterior. Mientras otros de los sujetos abordaron al guardia de iníciales FEGB y le sustraen una radio y un marcador de ronda de propiedad de la empresa avaluadas en un millón Código: DSQQXXPTXXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 ochocientos mil pesos, lo intimidan señalándole que andaban con armas de fuego y que les entregara las llaves de las dependencias. Al ser auxiliado por otros trabajadores que llegan al lugar los acusados huyen por el cierre perimetral y son detenidos los primeros mencionados en el exterior de la empresa. JORGE SALVO JIMÉNEZ, MATÍAS CÁCERES C
Fallo
fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, que guarda relación con la imposibilidad de aplicar el artículo 449 n° 1, del código penal, ya que el marco rígido solo se aplica a delitos consumados y en este caso solo es tentado a lo mas frustrado. TERCERO: DECLARACIÓN DEL ACUSADO. Que el acusado EDMUNDO ALEJANDRO CONTRERAS MARQUEZ, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 326 del Código Procesal Penal, renunció a su derecho a guardar silencio, y prestó declaración en el juicio oral manifestando que reconoce su participación en el hecho, su intención no era perjudicar a personas, al haber personas, como se llevaba armamento de fogueo, el grita que los zapearon, y que se fueran, a quien hizo el contacto lo conoce en la pesca de investigaciones, no tiene relación con esa persona, Jonathan Rojas Aravena es quien organiza todo, presta su casa en Peñaflor, asume responsabilidad, pide perdón. Sabe que estan todos detenidos, que lo odian, porque el habría organizado todo, en el calabozo se entera que había otros detenidos, no los conocía, no tiene relación con ellos, esto se planifica por Jonathan, le había advertido que no había gente en el lugar, está arrepentido. Al Fiscal se señala que la idea era realizar un robo en un lugar sin personas, se suponía que no había nadie, al ingresar ve que hay personas, por lo que grita vámonos que los zapearon, Jonathan Rojas les dice que no debía haber nadie, Magnolia era la administradora del lugar, quien le dio la información, ellos
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1 RUC 2000416791-1 RIT 18-2023. MINISTERIO PÚBLICO C/ EDMUNDO ALEJANDRO CONTRERAS MARQUEZ Talagante, dieciocho de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: Que en audiencia de los días doce y trece de junio del presente año, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talagante, constituida por los jueces doña Daniela Pérez Vivallo, en su calidad de jueza presiden
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